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Médico Deberá Mantener A Niño Que No Murió En Un Aborto

barnavas

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El aborto es un tema polémico y sus consecuencias también.

Así por lo menos queda demostrado luego de que un médico español fuera condenado a pagar la manutención de un niño que nació luego de un aborto fallido practicado por él.

El hecho, que ha sorprendido según relata el diario El País, tuvo lugar en abril de 2010, cuando una joven de 22 años recurrió a una clínica de Mallorca para interrumpir su embarazo. Al término de la intervención, el médico tratante le aseguró que el aborto se había realizado con éxito.

A las dos semanas la mujer regresó al centro médico para un chequeo y el mismo ginecólogo le realizó una ecografía donde le confirmó que no estaba embarazada.

Sin embargo, en agosto del mismo año, la joven se presentó en la clínica creyendo que estaba de nuevo embarazada y los médicos le informaron que sí, pero que su estado en cinta era de 22 semanas, o sea, el aborto había fracasado. A esas alturas, no podía interrumpir el embarazo debido a que había sobrepasado el tiempo autorizado por la ley para realizarse un aborto.

Ante esto, tras el nacimiento del niño, la mujer presentó una demanda por daños morales contra el médico además de reclamar su manutención. La justicia falló a favor de ella, estableciendo que el doctor deberá pagar cerca de mil euros mensuales hasta que el pequeño cumpla 25 años.

También tendrá que cancelar una indemnización por daño moral ya que la joven madre se vio obligada a confesar a sus padres que estaba embarazada.

http://www.emol.com/...-un-aborto.aspx


Estos casos, en el ámbito jurídico, se llaman wrongful birth y wrongful life (el nacimiento y la vida como un perjuicio, respectivamente) y sólo puede entenderse en las legislaciones donde el aborto es un derecho para la mujer (derecho con varios requisitos de ejercicio, en todo caso).

En esos países, lisa y llanamente, las mujeres pueden elegir si interrumpir el nacimiento o no, de tal modo que los médicos tienen la obligación de respetar esa decisión. Si no interrumpen el nacimiento o si lo hacen, pero el aborto no se lleva a cabo, la criatura que nació y que la mujer no deseaba es vista, de cierta manera, como un perjuicio para la misma, sea por los costos de mantención (como en la noticia), sea por los gastos de tratamiento de enfermedades graves (pues la mayoría de los casos -como en Francia con la varicela- se deben a casos donde las criaturas indefectiblemente nacerían con secuelas de altos costos de manutención).

Existe otra variable de esta situación, donde quien demanda los perjuicios no es la madre, sino la misma criatura (representado por sus padres o inclusive a la llegada de la mayoría de edad), fundado en que para ella (la criatura) el nacer es en sí un perjuicio que se hubiera evitado si el médico hubiere cumplido su obligación. O sea, vivir es un perjuicio.

Si la institución es polémica incluso en esos países shuper europeos, me imagino lo que será cuando estos problemas lleguen acá (pues van a llegar bien pronto, a penas se legalice la interrupción del embarazo).
 
tengo claro el hecho de q el medico no realizó la labor q se le encomendo, por lo q el niño nacio y ya. Cosas como q no se cumplió lo q ofrecia el servicio claramente debe haber reclamo por parte del cliente, pero esto tratandose de una vida humana llega a dar verguenza :nonono: , no estoy contra el aborto pero con q cara reclamas q un medico no fue capaz de quitar una vida, mala cuea pal medico pero si estuviera en el lugar de la joven, sentiria vergueza de salir de casa :sm:
 
"Daño moral porque se vió obligada a confesar a sus padres que estaba embarazada"

Una maraca carente de responsabilidad y de respeto a la vida, nada más que decir
 
Si bien el médico deberá sustentarlo económicamente, supongo que el niño será dado en adopción. Todos ganan, ¿No?.
 
Si bien el médico deberá sustentarlo económicamente, supongo que el niño será dado en adopción. Todos ganan, ¿No?.

Aunque ignoro los términos legales, la lógica me indica que si el niño es dado en adopción entonces no tendría ningún sentido que el médico le pagara manutención ya que sus padres adoptivos tendrían la obligación legal de mantenerlo, por lo tanto es lógico suponer que la pseudomadre se hará cargo de su hijo
 
Aunque ignoro los términos legales, la lógica me indica que si el niño es dado en adopción entonces no tendría ningún sentido que el médico le pagara manutención ya que sus padres adoptivos tendrían la obligación legal de mantenerlo, por lo tanto es lógico suponer que la pseudomadre se hará cargo de su hijo
A mi no me parece lógico, pero tienes razón.

El niño nació sietemesino pero «salió bien, gracias a Dios», ha explicado la joven, quien sin embargo no se arrepiente de haberlo tenido. «Ahora me encuentro bien porque lo he asumido, no queda otra, yo estoy bien con mi hijo y para adelante», ha asegurado T.P., aunque ha explicado que cuando vio que no podía abortar se sintió «fatal». «No sabía dónde meterme ni qué hacer, tenía trabajo y lo tuve que dejar», ha añadido la joven, que pasó todo el embarazo «nerviosa» por la salud del feto.

http://www.lavozdegalicia.es/noticia/sociedad/2012/05/24/madre-aborto-fallido-afirma-necesita-dinero/00031337862447622369936.htm
 
Pendejas putas que creen que andar abortando es un chiste.
 
Pendejas putas que creen que andar abortando es un chiste.
 
Qué pensará ese niño cuando crezca y vea que nació de pura suerte y que fue declarado como un "perjuicio que debía haber muerto".... sociedad de mierda :nonono:
 
entonces si ella mas adelante dice que quiere a su hijo el doctor puede apelar ya que la mantencion es porque no queria al hijo, o es muy tintolio lo que estoy diciendo?
 
El 3 de marzo de 2010 se promulgó la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. Esta ley tiene como objeto garantizar los derechos fundamentales en el ámbito de la salud sexual y salud reproductiva establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS), regular las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo y establecer las correspondientes obligaciones de los poderes públicos.[sup]12[/sup] [sup]13[/sup] [sup]14[/sup] La ley entró en vigor el 5 de julio de 2010.
En su Título II, artículos 13 y 14, se concreta la despenalización de la práctica del aborto inducido durante las primeras 14 semanas del embarazo. Durante este tiempo, la mujer podrá tomar una decisión libre e informada sobre la interrupción de su embarazo. No habrá intervención de terceros en la decisión.
En su artículo 15 señala que el plazo de posibilidad de interrupción voluntaria del embarazo aumenta hasta la semana 22 en casos de «graves riesgos para la vida o la salud de la madre o el feto». A partir de la vigésima segunda semana, solo podrá interrumpirse el embarazo en dos supuestos: que «se detecten anomalías en el feto incompatibles con la vida» o que «se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité clínico.[sup]2[/sup]
Artículos 13 y 14 del Título II de la Ley 2/2010

Artículo 13. Requisitos comunes.
Son requisitos necesarios de la interrupción voluntaria del embarazo:
Primero.–Que se practique por un médico especialista o bajo su dirección.
Segundo.–Que se lleve a cabo en centro sanitario público o privado acreditado.
Tercero.–Que se realice con el consentimiento expreso y por escrito de la mujer embarazada o, en su caso, del representante legal, de conformidad con lo establecido en la Ley 41/2002, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Podrá prescindirse del consentimiento expreso en el supuesto previsto en el artículo 9.2.B) de la referida Ley.
Cuarto.–En el caso de las mujeres de 16 y 17 años, el consentimiento para la interrupción voluntaria del embarazo les corresponde exclusivamente a ellas de acuerdo con el régimen general aplicable a las mujeres mayores de edad.
Al menos uno de los representantes legales, padre o madre, personas con patria potestad o tutores de las mujeres comprendidas en esas edades deberá ser informado de la decisión de la mujer.
Se prescindirá de esta información cuando la menor alegue fundadamente que esto le provocará un conflicto grave, manifestado en el peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos, o se produzca una situación de desarraigo o desamparo. Artículo 14. Interrupción del embarazo a petición de la mujer.
Podrá interrumpirse el embarazo dentro de las primeras catorce semanas de gestación a petición de la embarazada, siempre que concurran los requisitos siguientes:
a) Que se haya informado a la mujer embarazada sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad, en los términos que se establecen en los apartados 2 y 4 del artículo 17 de esta Ley.
B) Que haya transcurrido un plazo de al menos tres días, desde la información mencionada en el párrafo anterior y la realización de la intervención.2

Felicitaciones a España por esta legislación, digna de ser imitada por Chile.

Medico weón negligente, aunque me parece bien que la mina haya aceptado su destino y ojalá le brinde los cuidados y cariño que esa criatura requiere.
 
Malaza esta la ley. Por que al menos que se trate de violacion, no se le deberia pagar ninguna idemezacion por hacerle saber a los padres del embarazo.

En cuanto a a mantencion , si bien podria ser logico en una sociedad con tales leyes ,. que derechos tiene el medico ?

Por que la madre podria "obtener beneficios" eventualmente de tener vivo al hijo.

En tal caso, lo mas logico seria conceder la paternidad en adopcion al medico, sin prejuico de lo que la cuide la madre.
 
excelente por mal medico le paso al wn,

aunque con los 1000 euros de manutención ni cagando lo da en adopción :yaoming:
 
Aquí mas que el debate que se quiere imponer cada vez que se habla de aborto (que no parece necesario, puesto que debiera ser un derecho de la mujer) el tema radica en un mal servicio y sus consecuencias, perfectamente esto pudo haber sido un mal tratamiento, un diagnostico negligente, etc. lo importante es como se castiga la falta de seriedad para realizar su trabajo.
 
:zippymmm:

Aún no entiendo como hay gente que da razones wnas para interrumpir un embarazo, como en este caso, "que no se enteren mis padres", creo que por dicho motivo hay tanto detractor aquí
además del juicio y capacidad de los mismos médicos, que a veces hacen pensar que o estudiaron en Aplaplac o simplemente son wns interesados en la plata.
Pero bueno, el wn falló en 2 oportunidades, es decir, cobró por un servicio que no llevó a cabo
y además, al tiempo miente sobre dicho servicio, el wn la sacó barata
fácilmente le hubieses suspendido un tiempo por falta de ética
 
Aquí mas que el debate que se quiere imponer cada vez que se habla de aborto (que no parece necesario, puesto que debiera ser un derecho de la mujer) el tema radica en un mal servicio y sus consecuencias, perfectamente esto pudo haber sido un mal tratamiento, un diagnostico negligente, etc. lo importante es como se castiga la falta de seriedad para realizar su trabajo.

Es una pena que reduzcas todo el asunto a "un trabajo mal hecho", no sé si algún día puedas ser capaz de formar una familia si eres capaz de desligarte de esa manera acerca de un asunto tan serio :nonono:

Por cierto, ¿has visto como queda un feto abortado de 22 semanas?
 
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