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Nueva Arista En Caso Píldora (T.C.): La Prohibición de Distribución Sería Total.

creo que con esto ya los catolicos mejor dicho los "fanaticos catolicos me llenaron "
 
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creo que con esto ya los catolicos mejor dicho los "fanaticos catolicos me llenaron "
 
creo que con esto ya los catolicos mejor dicho los "fanaticos catolicos me llenaron "
 
Garcilaso dijo:
Ese abogado tiene genes totalitarios. Si el T.C. objeta algunos puntos, esos serían los concernientes a su distribución en el sistema de salud público, y con ello, la imposibilidad de su entrega a los usuarios de este sistema. Así como ellos no están, según el comunicado, pronunciándose sobre su comercialización, la lógica que sigue este abogado (que seguramente piensa en su lógica fascistoide Opus Dei), es falaz.

Primero, cito el comunicado del Tribunal Constitucional, a falta del fallo oficial:



Eso significa que se objeta un reglamento emitido por un órgano de la Administración que, como todos sabemos, funciona bajo la regla de oro del Derecho Constitucional. Si no me equivoco, el resto queda intacto y el T.C. sólo se pronunció respecto del artículo interpuesto en el requerimiento. La interpretación que hace el señor abogado respecto del alcance que pueda tener el fallo, entonces, es erróneo considerando lo siguiente:



El tenor del comunicado deja establecido claramente los límites de aplicación de su propio fallo. Así que el proceso de razonamiento llevado por el abogado carece de lógica y sólo se sustenta si tomamos en cuenta premisas fascitas y totalitarias. El T.C., en su carácter de legislador negativo, sólo anuló la disposición llevada a su conocimiento y el resto del Decreto no ha sido objetado en función de sus atribuciones, por lo tanto, es una aberración interpretativa la que este hombre propone, como si fuera poca la estupidez cometida al llevar, en principio, ante el Tribunal este Decreto.

Pero, como sea, tal vez tenga razón, como este país de mierda aún funciona en el medioevo...

El argumento del abogado es otro y más simple en el fondo: prohibida la pildora, se entiende que su comercialización es improcedente, sin necesidad que el T.C. lo indique pues es totalmente consecuencial.

Además, el abogado precisa que el requerimiento no fue relativo sólo a las personas mayores de 14 años y menores de 18 sin autorización de sus padres (que en si era lo que guarda relación con el Decreto en debate), sino que además a toda la contracepción de emergencia.

De ahí que el afirme que la sentencia del T.C. no sólo entiende prohibida la píldora respecto del ámbito de aplicación del Decreto, sino de todos los niveles en que esta puede distribuirse.

Al final, la cuestión se reduce a simples efectos relativos de la sentencia del TC, donde el abogado entiende un amplio alcance de dicha sentencia toda vez que el requerimiento no sólo buscó la impuganación del decreto.

"Nosotros pedimos que (el TC) declarara inconstitucional la contracepción de emergencia, en las normas que fueron declaradas inconstitucionales, las normas técnicas sobre fertilidad, y esa es toda la contracepción de emergencia, o sea, para adultos o para menores, toda, y eso fue lo que acogió el tribunal"

El razonamiento del abogado me parece defendible (jurídicamente hablando), pero creo que sólo se podrá dilucidar cuando la sentencia del TC se expida y pueda ser objeto de análisis.
 
Garcilaso dijo:
Ese abogado tiene genes totalitarios. Si el T.C. objeta algunos puntos, esos serían los concernientes a su distribución en el sistema de salud público, y con ello, la imposibilidad de su entrega a los usuarios de este sistema. Así como ellos no están, según el comunicado, pronunciándose sobre su comercialización, la lógica que sigue este abogado (que seguramente piensa en su lógica fascistoide Opus Dei), es falaz.

Primero, cito el comunicado del Tribunal Constitucional, a falta del fallo oficial:



Eso significa que se objeta un reglamento emitido por un órgano de la Administración que, como todos sabemos, funciona bajo la regla de oro del Derecho Constitucional. Si no me equivoco, el resto queda intacto y el T.C. sólo se pronunció respecto del artículo interpuesto en el requerimiento. La interpretación que hace el señor abogado respecto del alcance que pueda tener el fallo, entonces, es erróneo considerando lo siguiente:



El tenor del comunicado deja establecido claramente los límites de aplicación de su propio fallo. Así que el proceso de razonamiento llevado por el abogado carece de lógica y sólo se sustenta si tomamos en cuenta premisas fascitas y totalitarias. El T.C., en su carácter de legislador negativo, sólo anuló la disposición llevada a su conocimiento y el resto del Decreto no ha sido objetado en función de sus atribuciones, por lo tanto, es una aberración interpretativa la que este hombre propone, como si fuera poca la estupidez cometida al llevar, en principio, ante el Tribunal este Decreto.

Pero, como sea, tal vez tenga razón, como este país de mierda aún funciona en el medioevo...

El argumento del abogado es otro y más simple en el fondo: prohibida la pildora, se entiende que su comercialización es improcedente, sin necesidad que el T.C. lo indique pues es totalmente consecuencial.

Además, el abogado precisa que el requerimiento no fue relativo sólo a las personas mayores de 14 años y menores de 18 sin autorización de sus padres (que en si era lo que guarda relación con el Decreto en debate), sino que además a toda la contracepción de emergencia.

De ahí que el afirme que la sentencia del T.C. no sólo entiende prohibida la píldora respecto del ámbito de aplicación del Decreto, sino de todos los niveles en que esta puede distribuirse.

Al final, la cuestión se reduce a simples efectos relativos de la sentencia del TC, donde el abogado entiende un amplio alcance de dicha sentencia toda vez que el requerimiento no sólo buscó la impuganación del decreto.

"Nosotros pedimos que (el TC) declarara inconstitucional la contracepción de emergencia, en las normas que fueron declaradas inconstitucionales, las normas técnicas sobre fertilidad, y esa es toda la contracepción de emergencia, o sea, para adultos o para menores, toda, y eso fue lo que acogió el tribunal"

El razonamiento del abogado me parece defendible (jurídicamente hablando), pero creo que sólo se podrá dilucidar cuando la sentencia del TC se expida y pueda ser objeto de análisis.
 
Garcilaso dijo:
Ese abogado tiene genes totalitarios. Si el T.C. objeta algunos puntos, esos serían los concernientes a su distribución en el sistema de salud público, y con ello, la imposibilidad de su entrega a los usuarios de este sistema. Así como ellos no están, según el comunicado, pronunciándose sobre su comercialización, la lógica que sigue este abogado (que seguramente piensa en su lógica fascistoide Opus Dei), es falaz.

Primero, cito el comunicado del Tribunal Constitucional, a falta del fallo oficial:



Eso significa que se objeta un reglamento emitido por un órgano de la Administración que, como todos sabemos, funciona bajo la regla de oro del Derecho Constitucional. Si no me equivoco, el resto queda intacto y el T.C. sólo se pronunció respecto del artículo interpuesto en el requerimiento. La interpretación que hace el señor abogado respecto del alcance que pueda tener el fallo, entonces, es erróneo considerando lo siguiente:



El tenor del comunicado deja establecido claramente los límites de aplicación de su propio fallo. Así que el proceso de razonamiento llevado por el abogado carece de lógica y sólo se sustenta si tomamos en cuenta premisas fascitas y totalitarias. El T.C., en su carácter de legislador negativo, sólo anuló la disposición llevada a su conocimiento y el resto del Decreto no ha sido objetado en función de sus atribuciones, por lo tanto, es una aberración interpretativa la que este hombre propone, como si fuera poca la estupidez cometida al llevar, en principio, ante el Tribunal este Decreto.

Pero, como sea, tal vez tenga razón, como este país de mierda aún funciona en el medioevo...

El argumento del abogado es otro y más simple en el fondo: prohibida la pildora, se entiende que su comercialización es improcedente, sin necesidad que el T.C. lo indique pues es totalmente consecuencial.

Además, el abogado precisa que el requerimiento no fue relativo sólo a las personas mayores de 14 años y menores de 18 sin autorización de sus padres (que en si era lo que guarda relación con el Decreto en debate), sino que además a toda la contracepción de emergencia.

De ahí que el afirme que la sentencia del T.C. no sólo entiende prohibida la píldora respecto del ámbito de aplicación del Decreto, sino de todos los niveles en que esta puede distribuirse.

Al final, la cuestión se reduce a simples efectos relativos de la sentencia del TC, donde el abogado entiende un amplio alcance de dicha sentencia toda vez que el requerimiento no sólo buscó la impuganación del decreto.

"Nosotros pedimos que (el TC) declarara inconstitucional la contracepción de emergencia, en las normas que fueron declaradas inconstitucionales, las normas técnicas sobre fertilidad, y esa es toda la contracepción de emergencia, o sea, para adultos o para menores, toda, y eso fue lo que acogió el tribunal"

El razonamiento del abogado me parece defendible (jurídicamente hablando), pero creo que sólo se podrá dilucidar cuando la sentencia del TC se expida y pueda ser objeto de análisis.
 
Garcilaso dijo:
Ese abogado tiene genes totalitarios. Si el T.C. objeta algunos puntos, esos serían los concernientes a su distribución en el sistema de salud público, y con ello, la imposibilidad de su entrega a los usuarios de este sistema. Así como ellos no están, según el comunicado, pronunciándose sobre su comercialización, la lógica que sigue este abogado (que seguramente piensa en su lógica fascistoide Opus Dei), es falaz.

Primero, cito el comunicado del Tribunal Constitucional, a falta del fallo oficial:



Eso significa que se objeta un reglamento emitido por un órgano de la Administración que, como todos sabemos, funciona bajo la regla de oro del Derecho Constitucional. Si no me equivoco, el resto queda intacto y el T.C. sólo se pronunció respecto del artículo interpuesto en el requerimiento. La interpretación que hace el señor abogado respecto del alcance que pueda tener el fallo, entonces, es erróneo considerando lo siguiente:



El tenor del comunicado deja establecido claramente los límites de aplicación de su propio fallo. Así que el proceso de razonamiento llevado por el abogado carece de lógica y sólo se sustenta si tomamos en cuenta premisas fascitas y totalitarias. El T.C., en su carácter de legislador negativo, sólo anuló la disposición llevada a su conocimiento y el resto del Decreto no ha sido objetado en función de sus atribuciones, por lo tanto, es una aberración interpretativa la que este hombre propone, como si fuera poca la estupidez cometida al llevar, en principio, ante el Tribunal este Decreto.

Pero, como sea, tal vez tenga razón, como este país de mierda aún funciona en el medioevo...

El argumento del abogado es otro y más simple en el fondo: prohibida la pildora, se entiende que su comercialización es improcedente, sin necesidad que el T.C. lo indique pues es totalmente consecuencial.

Además, el abogado precisa que el requerimiento no fue relativo sólo a las personas mayores de 14 años y menores de 18 sin autorización de sus padres (que en si era lo que guarda relación con el Decreto en debate), sino que además a toda la contracepción de emergencia.

De ahí que el afirme que la sentencia del T.C. no sólo entiende prohibida la píldora respecto del ámbito de aplicación del Decreto, sino de todos los niveles en que esta puede distribuirse.

Al final, la cuestión se reduce a simples efectos relativos de la sentencia del TC, donde el abogado entiende un amplio alcance de dicha sentencia toda vez que el requerimiento no sólo buscó la impuganación del decreto.

"Nosotros pedimos que (el TC) declarara inconstitucional la contracepción de emergencia, en las normas que fueron declaradas inconstitucionales, las normas técnicas sobre fertilidad, y esa es toda la contracepción de emergencia, o sea, para adultos o para menores, toda, y eso fue lo que acogió el tribunal"

El razonamiento del abogado me parece defendible (jurídicamente hablando), pero creo que sólo se podrá dilucidar cuando la sentencia del TC se expida y pueda ser objeto de análisis.
 
Agrega que la prohibición abarca toda la contracepción de emergencia, que además del levonorgestrel 0,75 mg., conocido como la "píldora del día después", incluye las combinaciones de píldoras anticonceptivas que contienen levonorgestrel en menores concentraciones y que, eventualmente, pueden concentrarse y ocuparse como "la píldora", así como el "régimen de Yuzpe", que consiste en dos dosis de una mezcla de levonorgestrel y etilin-estradiol.

Ya lo dije:

Va a ser un muy buen negocio traficar con anticonceptivos con levonorgestrel:cafe3:

En dos años más, estaremos usando chador.
 
Agrega que la prohibición abarca toda la contracepción de emergencia, que además del levonorgestrel 0,75 mg., conocido como la "píldora del día después", incluye las combinaciones de píldoras anticonceptivas que contienen levonorgestrel en menores concentraciones y que, eventualmente, pueden concentrarse y ocuparse como "la píldora", así como el "régimen de Yuzpe", que consiste en dos dosis de una mezcla de levonorgestrel y etilin-estradiol.

Ya lo dije:

Va a ser un muy buen negocio traficar con anticonceptivos con levonorgestrel:cafe3:

En dos años más, estaremos usando chador.
 
Agrega que la prohibición abarca toda la contracepción de emergencia, que además del levonorgestrel 0,75 mg., conocido como la "píldora del día después", incluye las combinaciones de píldoras anticonceptivas que contienen levonorgestrel en menores concentraciones y que, eventualmente, pueden concentrarse y ocuparse como "la píldora", así como el "régimen de Yuzpe", que consiste en dos dosis de una mezcla de levonorgestrel y etilin-estradiol.

Ya lo dije:

Va a ser un muy buen negocio traficar con anticonceptivos con levonorgestrel:cafe3:

En dos años más, estaremos usando chador.
 
Agrega que la prohibición abarca toda la contracepción de emergencia, que además del levonorgestrel 0,75 mg., conocido como la "píldora del día después", incluye las combinaciones de píldoras anticonceptivas que contienen levonorgestrel en menores concentraciones y que, eventualmente, pueden concentrarse y ocuparse como "la píldora", así como el "régimen de Yuzpe", que consiste en dos dosis de una mezcla de levonorgestrel y etilin-estradiol.

Ya lo dije:

Va a ser un muy buen negocio traficar con anticonceptivos con levonorgestrel:cafe3:

En dos años más, estaremos usando chador.
 
jajaj y asi nos consideramos un pais en vias de desarrollo, que se vayan a la chucha las organizaciones pro-vida, UDI, los que sean con esos weones cerrados de mentes no llegamos ni a la esquina.
 
jajaj y asi nos consideramos un pais en vias de desarrollo, que se vayan a la chucha las organizaciones pro-vida, UDI, los que sean con esos weones cerrados de mentes no llegamos ni a la esquina.
 
jajaj y asi nos consideramos un pais en vias de desarrollo, que se vayan a la chucha las organizaciones pro-vida, UDI, los que sean con esos weones cerrados de mentes no llegamos ni a la esquina.
 
jajaj y asi nos consideramos un pais en vias de desarrollo, que se vayan a la chucha las organizaciones pro-vida, UDI, los que sean con esos weones cerrados de mentes no llegamos ni a la esquina.
 
señores:

en este odioso debate sobre la puesta en circulacion sobre un farmaco anticonceptivo, solo se han dado a conocer temas "valoricos": el derecho a la vida; el aborto; los derechos de genero; los derechos reproductivos; la igualdad social; etc.

pero se ha puesto realmente el verdadero problema que se persige corregir con la distribucion de ese medicamento???... sera acaso combatir la pobreza favoreciendo que en chile nazcan menos pobres???... por que la autoridad no ha dado a conocer el verdadero problema que realmente pretender solucionar con esta medida???

todo esto me huele a una enorme falta de honestidad del sector politico para enfrentar los problemas, y al momento de discutir los verdaderos problemas de fondo, recurren y hacen caer a los mismos romanticos de siempre (imbeciles) en los famosos temas "valoricos"

esto es una mierda... de este año electoral, que afecta mas directamente al sector municipal (eleccion de alcaldes)
 
señores:

en este odioso debate sobre la puesta en circulacion sobre un farmaco anticonceptivo, solo se han dado a conocer temas "valoricos": el derecho a la vida; el aborto; los derechos de genero; los derechos reproductivos; la igualdad social; etc.

pero se ha puesto realmente el verdadero problema que se persige corregir con la distribucion de ese medicamento???... sera acaso combatir la pobreza favoreciendo que en chile nazcan menos pobres???... por que la autoridad no ha dado a conocer el verdadero problema que realmente pretender solucionar con esta medida???

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señores:

en este odioso debate sobre la puesta en circulacion sobre un farmaco anticonceptivo, solo se han dado a conocer temas "valoricos": el derecho a la vida; el aborto; los derechos de genero; los derechos reproductivos; la igualdad social; etc.

pero se ha puesto realmente el verdadero problema que se persige corregir con la distribucion de ese medicamento???... sera acaso combatir la pobreza favoreciendo que en chile nazcan menos pobres???... por que la autoridad no ha dado a conocer el verdadero problema que realmente pretender solucionar con esta medida???

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señores:

en este odioso debate sobre la puesta en circulacion sobre un farmaco anticonceptivo, solo se han dado a conocer temas "valoricos": el derecho a la vida; el aborto; los derechos de genero; los derechos reproductivos; la igualdad social; etc.

pero se ha puesto realmente el verdadero problema que se persige corregir con la distribucion de ese medicamento???... sera acaso combatir la pobreza favoreciendo que en chile nazcan menos pobres???... por que la autoridad no ha dado a conocer el verdadero problema que realmente pretender solucionar con esta medida???

todo esto me huele a una enorme falta de honestidad del sector politico para enfrentar los problemas, y al momento de discutir los verdaderos problemas de fondo, recurren y hacen caer a los mismos romanticos de siempre (imbeciles) en los famosos temas "valoricos"

esto es una mierda... de este año electoral, que afecta mas directamente al sector municipal (eleccion de alcaldes)
 
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