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cabros me llegó un mail del sii, que dice:
"El Servicio de Impuestos Internos (SII) le informa que alguno de sus agentes retenedores ha modificado la información que utilizamos para construir su propuesta de Declaración de Renta 2013, la que usted ya envió. Por ello, le pedimos que revise en www. sii. cl su nueva propuesta de declaración. Si está de acuerdo con ella, envíela prontamente en reemplazo de la anterior, de esta forma evitará posibles reparos por este cambio de información".
alguien sabe qué significa, en la práctica? me metí a la página y busqué qué cambios podría haber pero no detecto nada :S
cabros me llegó un mail del sii, que dice:
"El Servicio de Impuestos Internos (SII) le informa que alguno de sus agentes retenedores ha modificado la información que utilizamos para construir su propuesta de Declaración de Renta 2013, la que usted ya envió. Por ello, le pedimos que revise en www. sii. cl su nueva propuesta de declaración. Si está de acuerdo con ella, envíela prontamente en reemplazo de la anterior, de esta forma evitará posibles reparos por este cambio de información".
alguien sabe qué significa, en la práctica? me metí a la página y busqué qué cambios podría haber pero no detecto nada :S
A mi tambien me llegó, y la diferencia entre la propuesta original del sii y la rectificación del retenedor era de unos cagones 300 pesos, según lo que sale en el correo hay que mandar la declaración de nuevo con la propuesta rectificada ( o sea hacer lo que hiciste la primera vez de nuevo), para el sii vale la última declaración que envias hasta el 26 de abril.
Esto sale en las preguntas frecuentes.
Pregunta ID: 001.002.5132.008 Fecha de Creación: 26/03/2007
¿Se puede reemplazar una declaración de renta ya presentada vía Internet?
Respuesta Fecha de Actualización: 20/03/2013
Al declarar por un medio electrónico (Internet) la declaración sin pago enviada, puede ser reemplazada tantas veces como se desee, hasta el 26 de Abril de 2013, considerándose como declaración vigente la última recibida dentro de este plazo. Los contribuyentes que declaren en forma posterior a esa fecha no podrán reemplazar la declaración presentada, ni las presentadas con anterioridad a dicha fecha
waaaa se las mando mi contador...dos millones de devolucion
eso lo entiendo, pero no sé dónde ver dicha diferencia, ya que solo me aparece el monto que 'pedí' ... :/ entonces no tengo cómo comparar