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Plazo máximo para pagar finiquito

Jadenx

Legionario
Registrado
2010/09/25
Mensajes
13.814
Hermanitos,

Cuánto es el máximo tiempo que se puede demorar una empresa en pagar el finiquito(mes de aviso + vacaciones + asdf) al ex trabajador, contando desde el día que fue despedido? :ear:

Gracias.
 
No sé cuánto será el tiempo máximo de la entrega del finiquito. A mi me lo entregaron como al mes después. Pregunta en RRHH y de pasá de cuanto estariamos hablando :sisi:

edito: renuncié un día 10 y me lo entregaron al fin de ese mismo mes.
 
no hay un plazo definido por ley, si tu empleador te quiere webiar lo hará
 
no te lo pueden pagar mientras no esten tus cotizaciones pagadas ya que el finiquito es ante notario.
 
Mi respuesta anterior esta equivocada, mis disculpas, por ley el empleador tiene 45 días hábiles para cancelar el finiquito, ademas si al día 30 no ha sido cancelado tienen que sumar al valor el reajuste del IPC.

Ademas también se puede cancelar en la inspección del trabajo, no solo en notarias.
 
Mi respuesta anterior esta equivocada, mis disculpas, por ley el empleador tiene 45 días hábiles para cancelar el finiquito, ademas si al día 30 no ha sido cancelado tienen que sumar al valor el reajuste del IPC.

Ademas también se puede cancelar en la inspección del trabajo, no solo en notarias.

lo de las notaria es sola para ahorrase las colas, además se da si tanto empleador con ex empleados están de acuerdo con las condiciones del finiquito, en caso de tener dudas respecto al finiquito, es mejor que lo firmen en la DT, hay te orientaran ante posibles injusticias, además de ser gratis.
 
yo ando en las mismas
me cambie de pega y no logre que el ctm me hechara, ni menos una salida decente
por lo menos me quedaron vacaciones dentro que sera platita

debian tenerlo el 15, pero hace 10 minutos me avisaron que estaba listo ¬_¬ y no podre ir hasta el lunes!
 
Osea si renuncié ayer, el plazo mínimo para que me lo paguen sería a fin de mes?
 
Mi respuesta anterior esta equivocada, mis disculpas, por ley el empleador tiene 45 días hábiles para cancelar el finiquito, ademas si al día 30 no ha sido cancelado tienen que sumar al valor el reajuste del IPC.

Ademas también se puede cancelar en la inspección del trabajo, no solo en notarias.


También se puede pagar en el Registro Civil, y es bastante más barato que el notario :sisi:
 
De donde sacaste esa wea


:orejon:


Artículo 177 del Código del Trabajo, párrafo dos:

"Para estos efectos, podrán actuar también como ministros de fe, un notario público de la localidad, el oficial del registro civil de la respectiva comuna o sección de comuna o el secretario municipal correspondiente."

Acá en la pega lo hacemos así, incluso si hay mucha gente el oficial viene acá mismo y por el mismo precio, $800 por persona.
 
Ojalá que en mi caso, si renuncio, me paguen al toque. Pretendo irme en buena, aunque mi jefa sea una hinchapelotas.
 
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