Se usa la palabra constitutivo el cual es un adjetivo que acompaña al sustantivo que sería el delito. Es decir, le entrega una cualidad que sería que eventualmente se constituya un objeto concreto ya que las conductas humanas pueden parecer delito, pero en el ejercicio de calificarlo como tal puede que no entre en lo que se conoce como "Tipo penal". Acá hablamos de un campo normativo. Eventualmente puede haber una ley que advierte los presupuestos del delito.
No es lo mismo que constituir ya que esta palabra es un verbo, habla de una acción concreta que ocurre o puede ocurrir sin darle una calificación al sustantivo que es el delito al usar la palabra constituir no hablamos de un caso hipotético si no uno real, acá ya existe un presupuesto normativo o una ley que hará que se conjuguen los elementos del tipo penal; sujeto, la conducta,tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad.
En materia penal se habla de un caso hipotético que pertenece a"deber ser" y no al "ser". Es una diferencia sustancial ya que uno es descriptivo (ser) y el otro es normativo (deber ser). No podemos inferir oraciones normativas de oraciones descriptivas.
El abuso de lugares comunes, la falta de precisión son enemigos de esta ciencia que muchas veces es interpretativa sumado a que la vaguedad en el lenguaje afecta el principio de seguridad jurídica.
Todo lo anterior en una frase, dicho en palabras simples: cuando uso; constituir, conjugo elementos del tipo penal. Cuando utilizo constitutivo; asumo que eventualmente existe una ley que advierte los presupuestos del delito. Por ende no es lo mismo.