Luego de que este fin de semana el gobierno presentara el proyecto que busca despenalizar el aborto en tres casos excepcionales -violación, inviabilidad fetal, riesgo de muerte de la madre-, el rector de la Universidad Católica, Ignacio Sánchez, declaró que en la red médica de la institución que dirige no se practicará ese tipo de intervenciones.
Desde la izquierda de la Nueva Mayoría surgieron voces como la del presidente del PS, Osvaldo Andrade, señalando que nadie puede estar sobre la ley y la del diputado Giorgio Jackson, afirmando que si persiste, los hospitales de la UC no recibirán financiamiento estatal.
Tras la apertura del frente político, hoy estalla la batalla constitucional. Por ello recurrimos a dos exponentes de tendencias contrapuestas en esta área, para que dieran sus argumentos.
Se trata del liberal de izquierda, Miguel Soto Piñeiro y del catedrático UC y coordinador del Comité Constitucional de la DC, Patricio Zapata.
"Subrepticiamente, se cuela la lógica de los derechos fundamentales"
"El rector Ignacio Sánchez tiene toda la razón cuando reivindica el derecho de las personas de no participar en estas intervenciones. Ellas forman parte de un grupo a cuyos principios adhieren voluntariamente", dice Zapata.
Afirma que el problema básico radica en que el programa de gobierno por el que la gente votó por Bachelet habla de despenalizar el aborto y no de convertirlo en una garantía constitucional.
"Por ejemplo, hace años despenalizamos el adulterio, pero eso no significa que sea un derecho constitucional, donde alguien pueda exigir al Estado y a particulares que se lo garantice y lo promueva. Que no sea penalizado no implica que sea bueno u obligatorio", explica.
Y agrega: "Si estamos frente a un proyecto de auténtica despenalización, no existe un deber de toda la comunidad de satisfacer un derecho fundamental a interrumpir el embarazo. Pero muy subrepticiamente, en el proyecto se cuela la lógica de los derechos fundamentales", acota.
"El centro asistencial no tiene conciencia"
El constitucionalista Miguel Soto Piñeiro esgrime una lógica contrapuesta, pues para él la objeción de conciencia por definición es personal. "Luego, los médicos que laboran en un determinado centro asistencial podrán individualmente oponer objeción de conciencia. Pero el centro asistencial, como es natural, no tiene una conciencia".
"El rector puede decir que no se practicarán abortos en los casos que estipule la ley, pero eso tendrá consecuencias para su institución, que irán por el lado del financiamiento estatal", acota.
-Y si un médico de la UC practica un aborto una vez que rija la nueva ley y se lo despide, ¿el hospital tendrá que reintegrarlo?
-Si lo despiden tendrán que reintegrarlo, como ocurre muchas veces en la legislación laboral.
Para Zapata, en cambio, la Red UC no debiese pagar las consecuencias económicas de las que habla Soto Piñeiro, las que se traducirían en dejar de recibir aportes o subvenciones estatales, así como la exclusión de postular a concursos públicos.
"En el debate por la educación concluimos que el Estado puede exigir a los sostenedores condiciones mínimas para recibir dineros públicos, porque la educación es un derecho fundamental. Pero como no se plantea que el aborto sea un derecho fundamental, sería inconstitucional supeditar la recepción de recursos públicos al cumplimiento de un requisito, que hoy es contrario a la constitución. Cabe recordar que el derecho a la vida del que está por nacer está protegido constitucionalmente", asegura.
Coincidencia: No se puede obligar a contratar a médicos abortistas
Ambos constitucionalistas fueron consultados respecto de si es posible que el Estado obligue a la red UC a contratar médicos abortistas.
Según Soto Piñeiro, "la institución tiene que proveer las atenciones de salud establecidas y si dentro de ellas está el aborto, tendrá que buscar un facultativo dispuesto a practicarlo, pero no puede haber obligación de tener profesionales dispuestos a realizar abortos".
Zapata dice que "como se está despenalizando y no creando un derecho constitucional, no se puede obligar a ello, pero incluso aunque el proyecto se llamase 'derecho fundamental de la mujer a interrumpir el embarazo durante el primer trimestre', sería discutible la posibilidad de tener que incluir por la fuerza un umbral de profesionales para practicar abortos".
Competencia del TC
De las palabras del rector Sánchez, el jurista Patricio Zapata deduce que "cuando él se opone a que los médicos de la red UC practiquen abortos en los casos que la ley contemplará, dice que usará todos los medios a su alcance para no darle eficacia a una medida contraria a la constitución. Es decir, que podrá recurrir a la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional para proteger los derechos del grupo de personas que ahí trabajan y en eso estoy muy de acuerdo con él".
Miguel soto Piñeiro, en cambio, cree que "no hay un problema constitucional, porque si bien se protege la vida del que está por nacer, la misma constitución distingue entre quien ha nacido y el no nato. Y respecto del no nacido, la Constitución delega en la ley definir cuál es el ámbito de protección que le dará, dándole libertad para ello al legislador