jajaa la pregunta wena
Robo no es, el robo requiere sustracción + violencia, fuerza o intimidación. En este caso no corresponde, el tipo simplemente no paga, no sustrae nada.
Violación tampoco, pues el acto sexual fue consentido.
Estafa.. la estafa requiere engaño, que ese engaño produzca un error en la víctima y que a raíz de ese error ella haga una disposición patrimonial hacia el "estafador" o un tercero. En este caso, la pregunta es si se produce estafa al no pagar por un servicio ilícito.
Según parte de la doctrina (Bajo / Pérez) no habría estafa, pues en la "transacción" hay objeto ilícito (el comercio sexual adolece de un vicio de nulidad absoluta civil por atentar contra las buenas costumbres)
Para otros, como Politoff, Matus y Grisolía (en Chile) habría que matizar y no ven problema en que este hecho si sea constitutivo d estafa, pues la prostitución puede ser civilmente reprobable, pero penalmente, la prostitución no está penada por la ley, es decir, no es un delito.
Buena la pregunta