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secreto profesional? sólo algunas o todas las profesiones

puta, al menos en materia de "juicios", esas personas no tienen la obligación de declarar, amparándose en el secreto profesional :sisi: pero claro que tiene sus excepciones

que te invito a averiguar pq me da paja buscarlas

en volá en distintos códigos de ética de cada profesión se hace mención de aquel tema :buenaonda:
 
sería lo mismo que decir ética profesional?
 
tengo entendido que cualquier profesional de la salud debe guardar tu información o comentarlo con otros profesionales de la salud como en el caso de un equipo multidisciplinario, no así ccon gente cualquiera
 
tengo entendido que cualquier profesional de la salud debe guardar tu información o comentarlo con otros profesionales de la salud como en el caso de un equipo multidisciplinario, no así ccon gente cualquiera
Y la verdad que al menos yo, no estoy ni ahi con hacerlo tampoco, el trabajo lo dejo en el trabajo y para mí, lo que haga o no haga un paciente para mi es trabajo. En mi casa y en la calle ya no soy profesional de la salud, a menos aunte algún accidente o emergencia, obvio.
 
Mmm buena pregunta, creo que para algunas pegas legalmente esta prohibido, mientras que para otras es mas que nada un tema ético. Igual si te vay de tarro, sea o no legal, la reputación tuya se va a la mierda: te podrían echar (obviamente indemnizado) y despues te costaría encontrar una pega buena.
 
Código Procesal Penal:

Artículo 303.- Facultad de abstenerse de declarar por razones de secreto. Tampoco estarán obligadas a declarar aquellas personas que, por su estado, profesión o función legal, como el abogado, médico o confesor, tuvieren el deber de guardar el secreto que se les hubiere confiado, pero únicamente en lo que se refiriere a dicho secreto.
Las personas comprendidas en el inciso anterior no podrán invocar la facultad allí reconocida cuando se las relevare del deber de guardar secreto por aquel que lo hubiere confiado.
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Aplica a todas las profesiones, en la medida que implique un deber de guardar secretos y que el propio confesante no lo hubiese relevado.

Esto también se relaciona con la ley de protección a los datos personales y la ley de derechos y deberes del paciente.
 
Última edición:
Me he fijado en los periodistas, cuando van y le preguntan al medico de turno por el accidentado de que cual es su estado hay medicos que dicen que el tiene un lesion craneal y blablaBLA, estarían transgrediendo el "secreto" :zippymmm:? se ha visto en variadas oportunidades
 
yo estudio periodismo (he aquí, dios quiera que no, un futuro cesante ilustrado xd), y bue eso de revelar las fuentes o quien te da los datos va muchas veces ligados a que datos en especifico te dan, por ej si son datos sobre narcotrafico seria sumamente maricon decir tu fuente porque pondrías en riesgo directo la vida de la persona (y obvio arriesgas la tuya tmbn xd), por eso muchas veces de dice "fuente anónima" o "anónimo revelo" etc etc, ademas que muchos medios por hacer eso te plantan cagando, y con lo complicado que esta la pega de periodista yo preferiría caer tumba nomas, igual estoy 99,9% seguro que aun no manejo ni la mitad de los códigos de ética que se rigen en esta profesión xd
 
una mierda... es como ke te tomen en serio porke "juras":yaoming:
 
lo estan enfocando mal, el secreto profesional tiene dos aristas o partes:

1) confidencialidad (deber) : lo que una persona revele a otra en el ejercicio de su profesion no puede ser a su vez revelado por este sin su permiso expreso, hay algunas que estan regladas como medicos y abogados, otras se derivan de acuerdos civiles, otras de la etica profesional, rige para los hechos pasados, no futuros, es decir que si alguien dice "hice esto" esta amparado por el secreto, junto con todos los documentos y medios....pero si dice "voy a hacer tal" no esta amparado en caso de la comision de delitos, el hecho causare graves daños o fuera necesario para defenderse a si mismo.

2) no estar obligado a declarar (derecho): niunguna autoridad (juez, fiscal, carabineros, pdi, etc) ni persona alguna puede validamente requerirme, intimarme o ordenarme que revele informacion que este amparada por el secreto profesional, por lo tanto la negativa a declarar es legitima y no sera perseguida ni constituye delito o falta ni menos sancionarse.


En el caso de los sacerdotes es mas rudo aun, lo dicho bajo confesion por disposicion canonica no puede en caso alguno ser revelado, es algo absoluto y total, no puede emplear el conocimiento de lo confesado, el sacerdote que revele un secreto de confesion queda excomulgado de inmediato y es un delito eclesiastico gravisimo, es tan extremo que incluso el sacerdote tiene que pedirle permiso al confesante para hablarle del asunto, incluso si no hay absolucion ni penitencia ni arrepentimiento. han habido incluso sacerdotes que han muerto por no revelar secretos de confesion.
 
Última edición:
Díselo a la maraca reconchesumadre de mi profe de Taller de Desarrollo Personal :monomeon: Angela CereCerda, que a cada rato se ponía a trasmitir en clases, casos de compañeros (con nombre y apellido) que le pedían consejos

:monomeon: psicólogos
 
Todas las profesiones tienen un código de ética, por ejemplo en mi caso, la información de los clientes es vital, privada e intransferible, aunque hay muchos csms que se pasan por la raja ese código :sisi:
 
Código Procesal Penal:
Aplica a todas las profesiones, en la medida que implique un deber de guardar secretos y que el propio confesante no lo hubiese relevado.

Esto también se relaciona con la ley de protección a los datos personales y la ley de derechos y deberes del paciente.

lo estan enfocando mal, el secreto profesional tiene dos aristas o partes:

1) confidencialidad (deber) : lo que una persona revele a otra en el ejercicio de su profesion no puede ser a su vez revelado por este sin su permiso expreso, hay algunas que estan regladas como medicos y abogados, otras se derivan de acuerdos civiles, otras de la etica profesional, rige para los hechos pasados, no futuros, es decir que si alguien dice "hice esto" esta amparado por el secreto, junto con todos los documentos y medios....pero si dice "voy a hacer tal" no esta amparado en caso de la comision de delitos, el hecho causare graves daños o fuera necesario para defenderse a si mismo.

2) no estar obligado a declarar (derecho): niunguna autoridad (juez, fiscal, carabineros, pdi, etc) ni persona alguna puede validamente requerirme, intimarme o ordenarme que revele informacion que este amparada por el secreto profesional, por lo tanto la negativa a declarar es legitima y no sera perseguida ni constituye delito o falta ni menos sancionarse.


En el caso de los sacerdotes es mas rudo aun, lo dicho bajo confesion por disposicion canonica no puede en caso alguno ser revelado, es algo absoluto y total, no puede emplear el conocimiento de lo confesado, el sacerdote que revele un secreto de confesion queda excomulgado de inmediato y es un delito eclesiastico gravisimo, es tan extremo que incluso el sacerdote tiene que pedirle permiso al confesante para hablarle del asunto, incluso si no hay absolucion ni penitencia ni arrepentimiento. han habido incluso sacerdotes que han muerto por no revelar secretos de confesion.

linda info hermanitos!
 
yo estudio periodismo (he aquí, dios quiera que no, un futuro cesante ilustrado xd), y bue eso de revelar las fuentes o quien te da los datos va muchas veces ligados a que datos en especifico te dan, por ej si son datos sobre narcotrafico seria sumamente maricon decir tu fuente porque pondrías en riesgo directo la vida de la persona (y obvio arriesgas la tuya tmbn xd), por eso muchas veces de dice "fuente anónima" o "anónimo revelo" etc etc, ademas que muchos medios por hacer eso te plantan cagando, y con lo complicado que esta la pega de periodista yo preferiría caer tumba nomas, igual estoy 99,9% seguro que aun no manejo ni la mitad de los códigos de ética que se rigen en esta profesión xd

Pero los periodistas son re-buenos para ventilar la información personal de algunas noticias en los medios. Por ejemplo: perico los palotes entró a asaltar un local ubicado en av. Débora Cabezas 3025, pero el dueño identificado como Zepelio Amigo repelió el asalto dándole muerte de forma instantanea. En ese caso, le están dando la información más que necesaria para funarlo ante las escorias parientes del muerto.
 
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