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Tribunal condena al fisco a pagar $2.400 millones por 15 desaparecidos de Parral

bueno ese no era el tema pero lo que dices es muy grave
Hay gente presa por cargos que sucedieron en regiones donde jamás han ido, otros donde solo estuvieron en la misma oficina donde pasó un papel, otros porque "tienen secuestrado a alguien" hace 40 años, a quien jamás han visto.

Los casos los cierran no con evidencias sino con declaraciones, que no se verifican.
raro que tanta gente como dices se vaya presa por nada y no digan nada ni relamen.. deben ser puros weones
pero tampoco me extraña de este pais
mi tema iba especificamente sobre las heridas y daños provocadas por torturas y la forma de determinar si eran realmente causadas durante la dictadura.
esta claro que los peces gordos jamas iran presos ni pagaran por sus crimenes no asi el perraje
 
Los pulmones vírgenes rogelios, puta q son buenos para parasitar por la chucha. Entre estos wnes y ahora los negros no dejarán surgir a la nación.
Mi padrino fue preso político. solo por eso recibe una pension bastante buena, tiene tres casas de las cuales dos compro con la plata de la pension, donde obviamente las y vive en la otra restante que recibió de herencia. o sea, a la pension que recibe de por vida, que heredara mi madrina por cierto, súmale los ingresos por los arriendos de esas casas y saca tus conclusiones jajaja :lol2:
 
bueno ese no era el tema pero lo que dices es muy grave

raro que tanta gente como dices se vaya presa por nada y no digan nada ni relamen.. deben ser puros weones
pero tampoco me extraña de este pais
mi tema iba especificamente sobre las heridas y daños provocadas por torturas y la forma de determinar si eran realmente causadas durante la dictadura.
esta claro que los peces gordos jamas iran presos ni pagaran por sus crimenes no asi el perraje
Cimpadrito.
La manera de que se "declara" que dichas heridas han sido hechas mediante tortura en dictadura (iniciando en el mismo sept 11 del 73) es simplemente que el afectado de las cicatrices lo diga y que el perito del SML o institución de salud realice una estimación visual (sin biopsia ni nada histórico laboral o familiar) y escriba en la observación de que es una "cicatriz producto de tortura", y posteriormente se "verifica" mediante declaraciones de "testigos" mediante la Brigada de delitos contra los ddhh de la PDI. Sacan a algún "culpable" de la lista y todo el proceso se enfoca en torno a la cicatriz "verificada" y al relato.

Yo creo que los psicópatas están re bien ahí presos, igual que los frescos de raja que inventan enfermedades para cobrar pensiones, pero es otro cuento muy diferente esa fabricación. O sea, yo tengo varias cicatrices y sería re fácil que yo fuera a "constatar lesiones" a alguno de esos peritos diciéndole que tal herida de lado a lado que tengo en un brazo es producto de que un milico me torturó con un fierro atravezándome la carne y humillándome blablabla, y solo basta eso para que los otros nefastos armen todo del otro lado.
 
Mi padrino fue preso político. solo por eso recibe una pension bastante buena, tiene tres casas de las cuales dos compro con la plata de la pension, donde obviamente las y vive en la otra restante que recibió de herencia. o sea, a la pension que recibe de por vida, que heredara mi madrina por cierto, súmale los ingresos por los arriendos de esas casas y saca tus conclusiones jajaja :lol2:
Y compró 2 mediaguas tu tío? En esta ultima década he comprado 2 viviendas (de las baratas) y es imposible lo que dices con una pensión inferior a 200k.
 
Y compró 2 mediaguas tu tío? En esta ultima década he comprado 2 viviendas (de las baratas) y es imposible lo que dices con una pensión inferior a 200k.
Pension de 200 mil? jajaja :lol2:
Olvide mencionar que mi padrino fue exiliado político. Se fue a canada, al volver vendio todo (excepto su auto que se trajo de alla) y como seguía recibiendo pension, compro una casa aquí, la arrendo y junto con la pension compro otra y asi.
 
Pension de 200 mil? jajaja :lol2:
Olvide mencionar que mi padrino fue exiliado político. Se fue a canada, al volver vendio todo (excepto su auto que se trajo de alla) y como seguía recibiendo pension, compro una casa aquí, la arrendo y junto con la pension compro otra y asi.
Conozco perfectamente los montos que da el IPS por Valech (prisión y tortura), se comenzaron a entregar después del 2004. Estás mezclando dos pensiones que pueden sonar igual, pero no lo son.
 
Conozco perfectamente los montos que da el IPS por Valech (prisión y tortura), se comenzaron a entregar después del 2004. Estás mezclando dos pensiones que pueden sonar igual, pero no lo son.
si, tal vez este confundiendo las pensiones, tendría que averiguar bien pero a pesar de todo, ha sabido sacarle jugo a su situación
 
Yo si fuera delincuente les iría a robar la plata a cada uno de esos zánganos y podría dormir tranquilo en las noches al mismo tiempo...
 
Corte de Apelaciones ordena reabrir investigación por muerte de José Tohá en dictadura
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La Corte de Apelaciones ordenó reabrir la investigación por la muerte de José Tohá, ex ministro de Salvador Allende, asegurando que faltan diligencias que “aparecen como pertinentes y sustanciales”.

Esto, con el fin de poder determinar cómo murió Tohá, luego que se comprobara que fue asesinado y no se suicidó, como informó en su momento la dictadura.

Y es que los restos del padre de la ex intendenta Carolina Tohá fueron exhumados en diciembre de 2010 para ser revisados por peritos del Servicio Médico Legal y de la Universidad de Chile, los que presentaron dos informes independientes que determinaron que su muerte “es atribuible a terceros”.

Tras el golpe de Estado, Tohá fue enviado a la isla Dawson, donde fue víctima de torturas que lo terminaron derivando al Hospital Militar, donde murió en marzo de 1974.

Por su parte, en septiembre de 2017 la Corte Suprema confirmó la condena de dos ex miembros de la Fuerza Aérea, Ramón Cáceres Jorquera y Sergio Contreras Mejías, como responsables del delito de aplicación de tormentos reiterados en contra de José Tohá


https://www.eldinamo.cl/nacional/20...igacion-por-muerte-de-jose-toha-en-dictadura/
 
Justicia ordena al Fisco a indemnizar a víctimas reconocidas por comisiones Valech
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El 22° Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de 580 millones de pesos a 29 víctimas reconocidas por las comisiones Valech I y II, las que fueron sometidas a apremios ilegítimos durante la dictadura, en la Región del Biobío.

En los fallos, el juez Pedro García Muñoz estableció la responsabilidad del Fisco por los crímenes de lesa humanidad de que fueron víctimas 11 y 18 prisioneros políticos, respectivamente, que presentaron las acciones judiciales.

En las resoluciones, que acogieron parcialmente las demandas presentadas, se establece el pago de una indemnización consistente en 20 millones de pesos para cada uno de los 29 denunciantes.

22° Juzgado Civil de #Santiago ordena al fisco indemnizar a víctimas reconocidas por comisiones Valech I y II https://t.co/6dOisk5t1I

— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) May 14, 2018

https://www.cooperativa.cl/noticias...ctimas-reconocidas-por/2018-05-14/112116.html
 
Ministro Mario Carroza condena a oficiales (r) del Ejército por secuestros y homicidios en casa de la cultura de Barrancas.
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El Ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza Espinosa, condenó a cuatro miembros del Ejército en retiro por su responsabilidad en 14 casos de secuestros y homicidios calificados, cometidos entre septiembre y octubre de 1973, en Barrancas, actual comuna de Pudahuel.

El Ministro condenó a Donato Alejandro López Almarza a la pena efectiva de 10 años y un día de presidio, como autor mediato de los delitos consumados de homicidio calificado de: Raúl Eliseo Moscoso Quiroz, Víctor Manuel Barrales González, Sergio Osvaldo de la Barra de la Barra, Mario Gabriel Salas Riquelme y José Eusebio Villavicencio Medel; y del delito frustrado de homicidio calificado de Luis Sergio Gutiérrez Rivas.

Igual pena deberá purgar Gerardo Ernesto Urrich González, en calidad de autor mediato de los homicidios calificados de: Rafael Antonio Madrid Gálvez, Exequiel Segundo Contreras Carrasco, Carlos Leonardo Ibarra Echeverría, Alberto Toribio Soto Valdés, José Elías Quezada Núñez y Rosalindo del Carmen Retamal; del delito frustrado de homicidio calificado de: Gastón Alberto González Rojas, y del secuestro calificado seguido de homicidio de: Daniel Hernández Orrego.

En tanto, Juan Ramón Gerardo Fernández Berardi fue sentenciado a 5 años de presidio -pena que se suspende, quedando sometido a un régimen de libertad a prueba con sujeción de un programa de actividades-, como cómplice de los homicidios calificados de: Rafael Antonio Madrid Gálvez, Exequiel Segundo Contreras Carrasco, Carlos Leonardo Ibarra Echeverría, Alberto Toribio Soto Valdés, José Elías Quezada Núñez y Rosalindo del Carmen Retamal; de los delitos frustrados de homicidio calificado de: Gastón Alberto González Rojas, y de secuestro calificado seguido de homicidio de Daniel Hernández Orrego.

En el caso de Carlos Rodolfo Silva Pérez, el Ministro Carroza le impuso 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena por igual lapso, en calidad de cómplice de los delitos frustrados de homicidio calificado de Raúl Eliseo Moscoso Quiroz, Víctor Manuel Barrales González, Sergio Osvaldo de la Barra de la Barra, Mario Gabriel Salas Riquelme y José Eusebio Villavicencio Medel; y de delitos frustrados de homicidio calificado de Luis Sergio Gutiérrez Rivas.
En la etapa de investigación, el Ministro Carroza estableció que a partir del 11 de septiembre de 1973 un batallón del regimiento de Infantería Montaña N° 3 "Yungay" de San Felipe se asentó en la comuna de Quinta Normal y en la Casa de la Cultura de la comuna de Barrancas, lugares donde se realizaron distintos allanamientos a sectores poblacionales de campamentos y poblaciones de Quinta Normal y Barrancas (actual Pudahuel), quienes fueron fusilados en la Casa de la Cultura o sectores cercanos al túnel de Lo Prado, cuyos restos dejados en el Servicio Médico Legal o en la vía pública.


En el aspecto civil, el fallo acogió las demandas por daño moral, condenando al fisco a pagar la suma total de $470.000.000 a familiares de las víctimas.

http://www.diarioconstitucional.cl/...omicidios-en-casa-de-la-cultura-de-barrancas/

 
Puras noticias buenas que le quiten la pensión a los milicos de punta peuco y ahí se pagan parte del daño que hicieron.
 
Y asi el chileno de a pie que sufrio directa o indirectamente el 73...pero SIN muertos y SIN nada que ver en los hechos que ocurrieron..DEBE pagarle a los que TIENEN? demostrado? un detenido desaparecido...la pregunta es PORQUE?...porque no expropian propiedades...cuentas...de los que generaron tales actos?...porque no encarcelan a los herederos...hijos de generales....tenientes...oficiales que hicieron esas barbaridades? No se puede cierto?...pero si se puede hacer que TODOS paguemos por lo hecho por unos pocos...

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Operación Colombo: Juzgado Civil de Santiago ordena al Fisco pagar indemnización a hija de detenido desaparecido.
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El Tribunal acogió la demanda, tras establecer que el secuestro calificado de Aedo Carrasco corresponde a un crimen de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptible tanto en el ámbito penal como civil.

El Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $20.000.000 a la hija de Francisco Eduardo Aedo Carrasco, quien fue detenido el 7 de septiembre de 1974, en el marco de la denominada "Operación Colombo".


La sentencia sostiene que no ha sido controvertido por la demandada que el caso de marras se encuadra en aquellos crímenes de lesa humanidad, en este caso el secuestro calificado de don Francisco Eduardo Aedo Carrasco por agentes del Estado, y su situación actual de detenido desaparecido. Corresponde determinar a continuación si la acción civil emanada de aquellos crímenes son o no prescriptibles. En el caso de determinar y sancionar la responsabilidad penal en este tipo de crímenes, no es debatido que son imprescriptibles. Así se establece expresamente, por ejemplo, en la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad de fecha 26 de noviembre de 1968. Así también lo ha establecido la jurisprudencia de nuestra Corte Suprema en fallos recientes, como son causa Rol N° 1424-2011 de fecha 1 de abril de 2014, causa Rol N° 4300-2014, de septiembre de 2014, causa Rol N° 21.177-2014, de fecha diez de noviembre de 2014.


La resolución agrega que habiéndose determinado que la acción penal en materia de crímenes de lesa humanidad resulta imprescriptible, correspondería determinar si la acción civil que deriva de estos hechos punibles también resulta imprescriptibles o si por el contrario debe aplicarse las reglas generales de prescripción del Código Civil. Como ya se adelantó, este magistrado es de opinión que la acción civil derivada de tales crímenes, es imprescriptible, opinión que encuentra asidero en recientes fallos emanados de la Corte Suprema: Rol N° 3841-12 de 4 de septiembre de dos mil trece, Rol N° 23.441-14 de 28 de abril de dos mil quince, Rol N° 25.138- 14 de veinticinco de mayo de dos mil quince, rol N° 796-16 de 30 de junio de dos mil dieciséis.

A continuación, el fallo señala que según ha entendido nuestra jurisprudencia, nos encontramos ante una acción que se sustenta en situaciones de carácter humanitaria y que por lo tanto debe sujetarse a normas, principios y reglas internacionales que conforman el ius cogens, propias del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. De acoger la tesis de prescriptibilidad planteada por la demandada, resultaría una grave infracción a las obligaciones internacionales que ha contraído nuestro país.
Añade la resolución que Chile ha ratificado la Convención de Viena en 1980, la que en su artículo 27 establece que un Estado no puede invocar su propio derecho interno para eludir sus obligaciones internacionales, como por ejemplo -y como se ha venido señalando- la de reparación, norma que por lo demás, según nuestro ordenamiento interno tiene rango constitucional de acuerdo al artículo 5º de la Constitución Política del Estado, por lo que contrariar la norma mencionada sería incluso infringir a nuestro propio sistema jurídico.

Por último, concluye que a su vez, lo señala la Convención Americana sobre Derechos Humanos que en cuento dispone que se reparen las consecuencias de la medida o situación que ha configurado la vulneración de los derechos y el pago de una justa indemnización a la parte lesionada, imperativo legal la que se encuentra incorporada a nuestro derecho interno por mandato del artículo 5° de la Constitución Política de la República.

http://www.diarioconstitucional.cl/...ndemnizacion-a-hija-de-detenido-desaparecido/
 
En unos años más, estos mismos volverán a pedir plata diciendo que no les basta y que desean mas beneficiosos. Por caso cercano, la viuda de un primo de mi papá, teniendo derecho a beneficiosos por ser esposa de un torturado asesinado no cobró el dinero diciendo que era pillería eso. Que además conocía ella, casos de pobladores en las mismas condiciones pero que nunca habían recibido nada. El pecado de estos últimos... no ser del pc.
 
CS condena a agente de la DINA y a ex miembro de Colonia Dignidad por 50 casos de secuestro calificado en Talca y Parral.
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El máximo Tribunal confirmó la sentencia que condenó al agente Fernando Gómez Segovia a 5 años de presidio por su responsabilidad como autor y al ex colono Gerhard Mücke Koschitze a 3 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplice de los delitos.

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a un agente de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y a un ex miembro de Colonia Dignidad por su responsabilidad en 50 casos de secuestro calificado de víctimas detenidas en las ciudades de Talca y Parral en 1975.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia que condenó al agente Fernando Gómez Segovia a 5 años de presidio por su responsabilidad como autor y al ex colono Gerhard Mücke Koschitze a 3 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplice de los delitos.

La investigación abarcó los secuestros calificados de Silverio Antonio Astorga Galaz, Ana Luisa Aliste González, Juan Bautista Astudillo Gómez, José Manuel Astudillo Gómez, Graciela del Carmen Barrera Soto, Jorge Ricardo Bernal González, Luis Enrique Bernal González, Francisco Agustín Bernal Matus, Manuel Segundo Bravo Salgado, Benito Enrique Bravo Díaz, Régulo del Carmen Bravo Soriano, Dámaso Sergio Caro Moya, René del Rosario Espinoza Pérez, Nelson Enrique Fuentes Cáceres, Sergio Antonio González Castillo, José Bernardo González Salinas, Alejandro Segundo Gutiérrez Andrades, Víctor Ramón Hidalgo Troncoso, Sergio Antonio Hormazábal Sazo, Elsa Rosa Jaque Jaque, Luis Wilfredo Fernando Jaque Jaque, Silvia del Carmen Letelier Cerda, Luis Benito Marchant Verdugo, César Augusto Mena Bustos, Osvaldo Antonio Moya González, Ernesto del Carmen Muena Aguilera, José Antonio Muñoz Muñoz, Eulogio Ortega Valenzuela, Marcial Antonio Peñaloza Alvear, Iván Gustavo Treskow Cornejo, Bernardo Francisco Valenzuela Arce, Manuel Hugo Berrios Vera, Ángel Rodolfo Cabrera Opazo, Juan Enrique Cáceres Lara, Nuria María Faúndez Silva, Ramón Francisco González Castillo, Orlando Enrique González González, Patricio Gregorio Lártiga Calderón, César Rigoberto Montiel Barría, Vicente Muñoz Escalona, Miguel Ángel Retamal Sepúlveda, Luis Alberto Rivera Díaz, Gabriel Edwins Rodríguez Bustos, Georgina Romero Vásquez, Gerardo Iván Sánchez Bustos, José Dionisio Vega Andrades, Carmen Rosa Espinoza Alegría, Gerardo Wilfredo Sánchez Herrera, Luis Segundo Muena Aguilera y María Alicia Farías Salazar, todos detenidos en distintos puntos de la región del Maule y sometidos a diversos vejámenes al interior del predio de la ex Villa Baviera.
En la etapa de investigación, el Ministro en visita Jorge Zepeda logró determinar que las víctimas fueron detenidas en distintos puntos de la Séptima Región, entre abril y junio de 1975.

Enseguida, dichas personas fueron trasladadas hasta "Colonia Dignidad", predio situado al oriente de la ciudad de Parral y en el cual operaban agentes de estado, determinadamente, efectivos pertenecientes la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) junto a colonos residentes en esa colonia alemana, colaboradores éstos de aquéllos.

La resolución agrega que una vez en "Colonia Dignidad", durante su encierro, en el que permanecen atados de pies y manos y con la vista vendada, las víctimas fueron interrogadas bajo tortura, consistente principalmente en la aplicación de corriente eléctrica en diversas partes sensibles del cuerpo, más golpes de pies y puños; enseguida, transcurridos en algunos casos alrededor de cuatro días, una semana o quince días aproximadamente, en todo caso, un término no superior a noventa días de dichas detenciones, algunos de los afectados fueron dejados en libertad en los alrededores de la ciudad de Talca, cerca de sus moradas, mientras que otros fueron trasladados por los agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), a los centros de prisioneros que ésta mantenía en la ciudad de Santiago.
La privación de libertad a las víctimas en "Colonia Dignidad" lo fue sin existir orden de autoridad pública, basada en causa legal en contra de ellas y se ejecuta en aplicación de un plan de ataque directo a la vida, integridad física, libertad y dignidad de las personas y a la noción de humanidad misma, en el contexto de persecuciones, torturas, desapariciones, y otros tratos crueles e inhumanos en contra de un determinado grupo de la población, cuyos fundamentos fueron motivos políticos.

En el aspecto civil, se acogió un recurso de casación para excluir a un grupo de familiares (que se detalla en la sentencia) en el pago de $20.000.000, por concepto de daño moral a cada demandante o grupo de demandantes que se ordenó pagar solidariamente a los victimarios y al Fisco de Chile.
http://www.diarioconstitucional.cl/...os-de-secuestro-calificado-en-talca-y-parral/
 
Corte de Talca revoca fallo y condena al Fisco a pagar indemnización a cónyuge e hijo de detenido desaparecido.
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El Tribunal de alzada acogió el recurso de apelación interpuesto por Juana María Soto Lastra y Cristian Leonardo Yáñez Soto, revocando el fallo dictado el 27 de diciembre de 2016 por del 4° Juzgado de Letras de Talca.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Talca revocó la sentencia del 4° Juzgado de Letras de la ciudad y condenó al Fisco de Chile al pago de cien millones de pesos, por concepto de indemnización, a cada uno de los demandantes, cónyuge e hijo de Jorge Yáñez Olave, quien detenta la calidad de detenido desaparecido, tras ser secuestrado en el año 1973.

El Tribunal de alzada acogió el recurso de apelación interpuesto por Juana María Soto Lastra y Cristian Leonardo Yáñez Soto, revocando el fallo dictado el 27 de diciembre de 2016 por del 4° Juzgado de Letras de Talca.

La resolución ordena también al Fisco a cancelar tres inserciones de prensa en un diario de Talca publicando en lo sustancial lo resuelto por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia en la causa 2.263-2003; como también a pagar las costas de la causa y del recurso.
La sentencia sostiene que, en síntesis, tratándose de un delito de lesa humanidad cuya acción penal persecutoria es imprescriptible, no resulta coherente entender que la acción civil indemnizatoria esté sujeta a las normas sobre prescripción establecidas en la ley civil interna, ya que ello contraría la voluntad expresa manifestada por la normativa internacional sobre Derechos Humanos, integrante del ordenamiento jurídico nacional por disposición del inciso segundo del artículo 5º de la Carta Fundamental, que consagra el derecho de las víctimas y otros legítimos titulares a obtener la debida reparación de todos los perjuicios sufridos a consecuencia del acto ilícito, e incluso por el propio Derecho Interno, que en virtud de la Ley N° 19.123 y su posterior modificación contenida en la Ley N° 19.980.

La resolución agrega que reconoció de manera explícita la innegable existencia de los daños y concedió también a los familiares de las víctimas calificadas como detenidos desaparecidos y ejecutados políticos, por violación a los derechos humanos en el período 1973-1990, reconocidos por los informes de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación y la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, beneficios de carácter económico o pecuniario

http://www.diarioconstitucional.cl/...on-a-conyuge-e-hijo-de-detenido-desaparecido/
 
¿Alguien sabe cómo se reitera en el mismo homicidio?
¿A quién más le parece ridículo que a alguien lo metan preso por una acusación de secuestro cuando no han encontrado al afectado?

Hay una que es así: alguien va al perito del SML a declarar que una cicatriz que se hizo a los 4 años fue producto de una "tortura",
debe elegir a alguien de la lista de "torturadores" e inventar cualquier historia. Luego pasa a Ministerio Público y de ahí a la Brigada de DDHH de la PDI. El resto de la "investigación" se compone de puras declaraciones que no conectan. A muchos viejos les gritan en el juzgado para que acepten las declaraciones de "testigos" como verdad, y otras tantas llegan cambiadas.
Y paf... viejo churrete preso y "familiares" pagados con cientos de millones de pesos.

A mi me parece bueno que agarren a todos los tostados mentales que se creían moledora de carne impune, de la ideología que sean.
Pero esta cosa de inventar cargos donde no hay evidencias es calcado de lo que van a hacer con las "violaciones".
El común denominador de ambos es que quienes inician estas "investigaciones" son comunistas.

Es el costo que los milicos crearán oficina para masacrar comunistas. Como la transición fue con guante blanco recién están aplicando las leyes.

Yo les creo en parte, pero obviamente debe haber un buen % de tongo también. Seria bueno una agenda independiente, con tecnología, que inspeccione el tema de recursos públicos.
 
Es el costo que los milicos crearán oficina para masacrar comunistas. Como la transición fue con guante blanco recién están aplicando las leyes.

Yo les creo en parte, pero obviamente debe haber un buen % de tongo también. Seria bueno una agenda independiente, con tecnología, que inspeccione el tema de recursos públicos.
Demás que hay harto viejo rancio que se pasó a la mentalidad de la intocabilidad y que por tener "rango" podían hacer de todo.
Pero no se llegará a ninguna conclusión histórica si se ponen a inventar casos para justificar su pega de "investigadores".
Sería harto bueno una investigación independiente... pero lo dudo.
 
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