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Testamento de Beltrán Urenda deja $ 210 millones a empleados, ascensoristas y secretaria

Si era UDI no debe haber tenido la conciencia muy limpia que digamos, debe haberse tratado de ganar el cielo donando un par de palos a los junior :ohno:
 
El sueño mojado de todo facho de pobla chupapico de la patronal :lol2:[DOUBLEPOST=1410791013,1410790814][/DOUBLEPOST]
Qué buena. Aunque me queda la duda de por qué no les dio mejor sueldo en vida.

Explotar a tus empleados durante años, amasar una fortuna de millones de dólares, darle las migajas al morir a tus empleados y quedar como héroe. País culiao, lleno de pajarones :nonono:

:sisi:
 
Expiando culpas.

es mas de agradecimiento...si tienes miles de millones, repartir la cola entre la gente que realmente te ayudo toda la vida, es lo que corresponde, y no que termine en manos de familiares que muchas veces lo unico que esperaban era que te mueras para repartirse el botin.
 
es mas de agradecimiento...si tienes miles de millones, repartir la cola entre la gente que realmente te ayudo toda la vida, es lo que corresponde, y no que termine en manos de familiares que muchas veces lo unico que esperaban era que te mueras para repartirse el botin.

Hay que agregar ademas, que solo un 30% se puede heredar a un tercero no pariente.
 
Cómo?

Bendiciones

si no hay herencia, se reparte entre espos@ e hijos como indica le ley. Y si haces una, solo puedes repartir el 30% de lo que tienes (valorizado en dinero), el resto, sigue para la familia.
 
si no hay herencia, se reparte entre espos@ e hijos como indica le ley. Y si haces una, solo puedes repartir el 30% de lo que tienes (valorizado en dinero), el resto, sigue para la familia.

En qué se basa, compañero?

Bendiciones
 
En qué se basa, compañero?

Bendiciones

Ah yo pensé que estaban weando. Juraba que era la cuarta de libre disposición pq era un cuarto de tu patrimonio :sm:

Estas reformas me sobrepasan hermanito, ud. hágale caso a los que saben :buenaonda:

:lol2:
 
aplauso pal fiambre!

que bueno que aun haya gente que sepa que no se va pa la otra vida con la plata acumulada :sisi:
 
Ah yo pensé que estaban weando. Juraba que era la cuarta de libre disposición pq era un cuarto de tu patrimonio :sm:

Estas reformas me sobrepasan hermanito, ud. hágale caso a los que saben :buenaonda:

:lol2:

:buenaonda:

Es que ese es chiste interno de leguleyos, no te entendieron :sm:

En todo caso 210 millones ni ca es el 25% del patrimonio del viejo. Migajas para aliviar la conciencia
 
Ah yo pensé que estaban weando. Juraba que era la cuarta de libre disposición pq era un cuarto de tu patrimonio :sm:

Estas reformas me sobrepasan hermanito, ud. hágale caso a los que saben :buenaonda:

:lol2:

Lo que me desconcierta y solo un poco es el hecho de repartir entre cónyuge e hijos cuando no hay herencia. De haberla, solo un tercio y el resto para la familia.

Leyes culiás de este país.

Bendiciones
 
todos los políticos deberían imitarlo.....partiendo por morirse :buenaonda:
 
Hay que agregar ademas, que solo un 30% se puede heredar a un tercero no pariente.

Error, señor, un 25% de la masa hereditaria.



Cómo?

Bendiciones

si no hay herencia, se reparte entre espos@ e hijos como indica le ley. Y si haces una, solo puedes repartir el 30% de lo que tienes (valorizado en dinero), el resto, sigue para la familia.

Estimado, la expresión es "si no hay testamento". Ya que si hay bienes el causante (la persona que fallece) SIEMPRE entrega herencia, en realidad una masa de bienes que se llama "masa hereditaria", que puede ser una casa, una casa y un auto, etc.

Hilando más fino, la expresión es "Si no hay testamento, la herencia se reparte entre cónyuge e hijos como indica la ley". Para eso se debe hacer el trámite de posesión efectiva en el Registro Civil.


De qué 30% están hablando? :wtf:

A ver, la herencia, cuando se realiza por testamento, se reparte de la siguiente manera:

1° Mitad Legitimaria: Es la mitad de la Herencia que corresponde al cónyuge, hijos o a falta de éstos los padres, que son los denominados “ Asignatarios o Herederos Forzosos”.

2° El otro 50 % de la herencia se distribuye así:

1. Cuarta de Mejoras: 25% de total de los bienes de la herencia, por eso se llama "cuarta", con eso el testador puede “mejorar” las partes de cada uno de los herederos forzosos. Se puede incrementar la herencia de la esposa, de uno de los hijos, etc.

2. Cuarta de Libre Disposición: 25% restante de los bienes, que el testador puede entregar a cualquier persona e incluso a los mismos herederos forzosos o sea, con el 25% de sus bienes puede entregar a cualquier persona, lo que le de la gana.



Exacto, el llamado "treinta por ciento de libre disposición" :sisi:


Ah yo pensé que estaban weando. Juraba que era la cuarta de libre disposición pq era un cuarto de tu patrimonio :sm:

Estas reformas me sobrepasan hermanito, ud. hágale caso a los que saben :buenaonda:

:lol2:

30% de libre disposición? :wtf:

Estabas bien, menso. Sé más seguro para la próxima.

Sólo una acotación: Justamente son esos $210 millones es parte de la cuarta de libre disposición, que no necesariamente puede ser el 25% de todo el patrimonio ni menos que sea toda la cuarta de libre disposición. ;)



Como se hizo testamento deben hacer la posesión efectiva en tribunales, les encargo el hueveo. :jijiji:
 
Última edición:
viejo momio culiao, de neda le sirvió , esta pagando las culpas con su tatita donde don Sata, eschuchando a Glen Benton a todo chancho por toda la eternidad.

me pregunto como habra sido su familia...
 
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