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Protestas a nivel nacional no paran, #chiledespertó , Piñera con la pera.

Estado
No está abierto para más respuestas.
En todos los paises los pobres estan MAL, por que crees que los gringos eligieron a trump o por que los chalecos amarillos casi queman a Macron. Pero que es estar MAL? No estar tan bien como los ricos y eso nunca va a cambiar. Para un chileno el no-me-alcanza del fraces es un chiste, para un boliviano el no-me-alcanza del chileno es un chiste.

Nunca van a tener un sueldo digno, porque siempre sera muy inferior al de los ricos y la vara siempre va subiendo. Los ingresos de los pobres han aumentado 400% en terminos relaes los ultimos 30 años, real singifica corregido por inflacion, poder adquisitovo REAL.

Eres una soya, anda a marchar.

Esas cifras no sirven mucho cuando ves las listas de esperas, y las pensiones de 100 lucas, por eso el sistema se deslegitima como se ve en la realidad :hands:.
 
la.contra

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Esa protesta si se puede ver
 
Grata sorpresa escuchar al diputado Schalper, uno de los pocos con los pantalones bien puestos y sobre todo con la serenidad, fundamentos y firmeza para decir las cosas por su nombre y lo mejor de todo, dejando con urticaria a la vieja Hertz...

Para el que no lo haya visto...





Y este el mejor donde deja a esta insportable con desgarro anal...

 
Así no más con los retardados.
Queremos el doble y si es posible el triple de plata, pero no queremos trabajar más allá de las 15:00.
Queremos quitarle todo a los empresarios malvados, por que nos explotan como animales, pero queremos que toda esa plata de ellos sea de nosotros.
Queremos que las pensiones suban a 500 lucas, pero ni idea de dónde chucha sale la plata para eso.
Queremos que la educación sea gratis a todos los niveles (con profesores ineptos y adoctrinados) y se condonen todos los créditos estudiantiles, por que claramente me obligaron a estudiar una carrera de mierda que no me permite pagar lo que otro financió por mi.
Queremos que la salud sea gratis y de calidah, mejor dicho, ir a cualquier hospital a cualquier hora y que hayan especialistas de todo las 24 hrs y nos atiendan en menos de 5 minutos, y además no pagar niuno, por que claramente sobran los médicos en este país.
Queremos que terminen las afp y que el estado nos regale más plata para jubilarnos, por que es su deber que todos seamos millonarios.

Y así, suma y sigue
Todo se reduce a tener más plata, no me vengan con la wea de la dignidad, lo que la gente klia quiere que papá estado se ponga a regalar billetes en la calle, esta wea no es una lucha por mejorar como país y como sociedad, esta wea es simplemente la historia del weon que quiere ser exitoso con la ley del mínimo esfuerzo, y si no es así, maldito capitalismo opresor que no me permite ser feliz.

Asco de país, asco de gente. :cafe3:
 
Cachen la biografía de este weon

Handy Andrés Fierro Ortiz on Twitter.
Ingeniero en Informática, especialista en desarrollo y ejecución de software, mención en seguridad informática en áreas de sabotaje y espionaje informatico



Cuidado cabros, experto en espionaje
 
Las herramientas que tiene Piñera para detener este despelote. Alerta de papiro, en naranjo el amarre del por qué no salen las FFAA
Estados de excepción constitucional

Artículo 39
El ejercicio de los derechos y garantías que la Constitución asegura a todas las personas sólo puede ser afectado bajo las siguientes situaciones de excepción: guerra externa o interna, conmoción interior, emergencia y calamidad pública, cuando afecten gravemente el normal desenvolvimiento de las instituciones del Estado.
Artículo 40
El estado de asamblea, en caso de guerra exterior, y el estado de sitio, en caso de guerra interna o grave conmoción interior, lo declarará el Presidente de la República , con acuerdo del Congreso Nacional. La declaración deberá determinar las zonas afectadas por el estado de excepción correspondiente.
El Congreso Nacional, dentro del plazo de cinco días contado desde la fecha en que el Presidente de la República someta la declaración de estado de asamblea o de sitio a su consideración, deberá pronunciarse aceptando o rechazando la proposición, sin que pueda introducirle modificaciones. Si el Congreso no se pronunciara dentro de dicho plazo, se entenderá que aprueba la proposición del Presidente.
Sin embargo, el Presidente de la República podrá aplicar el estado de asamblea o de sitio de inmediato mientras el Congreso se pronuncia sobre la declaración, pero en este último estado sólo podrá restringir el ejercicio del derecho de reunión. Las medidas que adopte el Presidente de la República en tanto no se reúna el Congreso Nacional, podrán ser objeto de revisión por los tribunales de justicia, sin que sea aplicable, entre tanto, lo dispuesto en el artículo 45.
La declaración de estado de sitio sólo podrá hacerse por un plazo de quince días, sin perjuicio de que el Presidente de la República solicite su prórroga. El estado de asamblea mantendrá su vigencia por el tiempo que se extienda la situación de guerra exterior, salvo que el Presidente de la República disponga su suspensión con anterioridad.

Artículo 41
El estado de catástrofe, en caso de calamidad pública, lo declarará el Presidente de la República , determinando la zona afectada por la misma.
El Presidente de la República estará obligado a informar al Congreso Nacional de las medidas adoptadas en virtud del estado de catástrofe. El Congreso Nacional podrá dejar sin efecto la declaración transcurridos ciento ochenta días desde ésta si las razones que la motivaron hubieran cesado en forma absoluta. Con todo, el Presidente de la República sólo podrá declarar el estado de catástrofe por un período superior a un año con acuerdo del Congreso Nacional. El referido acuerdo se tramitará en la forma establecida en el inciso segundo del artículo 40.
Declarado el estado de catástrofe, las zonas respectivas quedarán bajo la dependencia inmediata del Jefe de la Defensa Nacional que designe el Presidente de la República. Este asumirá la dirección y supervigilancia de su jurisdicción con las atribuciones y deberes que la ley señale.

Artículo 42
El estado de emergencia, en caso de grave alteración del orden público o de grave daño para la seguridad de la Nación , lo declarará el Presidente de la República , determinando las zonas afectadas por dichas circunstancias. El estado de emergencia no podrá extenderse por más de quince días, sin perjuicio de que el Presidente de la República pueda prorrogarlo por igual período. Sin embargo, para sucesivas prórrogas, el Presidente requerirá siempre del acuerdo del Congreso Nacional. El referido acuerdo se tramitará en la forma establecida en el inciso segundo del artículo 40.
Declarado el estado de emergencia, las zonas respectivas quedarán bajo la dependencia inmediata del Jefe de la Defensa Nacional que designe el Presidente de la República. Este asumirá la dirección y supervigilancia de su jurisdicción con las atribuciones y deberes que la ley señale.
El Presidente de la República estará obligado a informar al Congreso Nacional de las medidas adoptadas en virtud del estado de emergencia.
Artículo 43
Por la declaración del estado de asamblea, el Presidente de la República queda facultado para suspender o restringir la libertad personal, el derecho de reunión y la libertad de trabajo. Podrá, también, restringir el ejercicio del derecho de asociación, interceptar, abrir o registrar documentos y toda clase de comunicaciones, disponer requisiciones de bienes y establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad.
Por la declaración de estado de sitio, el Presidente de la República podrá restringir la libertad de locomoción y arrestar a las personas en sus propias moradas o en lugares que la ley determine y que no sean cárceles ni estén destinados a la detención o prisión de reos comunes. Podrá, además, suspender o restringir el ejercicio del derecho de reunión.
Por la declaración del estado de catástrofe, el Presidente de la República podrá restringir las libertades de locomoción y de reunión. Podrá, asimismo, disponer requisiciones de bienes, establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad y adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad en la zona afectada.
Por la declaración del estado de emergencia, el Presidente de la República podrá restringir las libertades de locomoción y de reunión.
Artículo 44
Una ley orgánica constitucional regulará los estados de excepción, así como su declaración y la aplicación de las medidas legales y administrativas que procediera adoptar bajo aquéllos. Dicha ley contemplará lo estrictamente necesario para el pronto restablecimiento de la normalidad constitucional y no podrá afectar las competencias y el funcionamiento de los órganos constitucionales ni los derechos e inmunidades de sus respectivos titulares.
Las medidas que se adopten durante los estados de excepción no podrán, bajo ninguna circunstancia, prolongarse más allá de la vigencia de los mismos.
Artículo 45
Los tribunales de justicia no podrán calificar los fundamentos ni las circunstancias de hecho invocados por la autoridad para decretar los estados de excepción, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 39. No obstante, respecto de las medidas particulares que afecten derechos constitucionales, siempre existirá la garantía de recurrir ante las autoridades judiciales a través de los recursos que corresponda.
Las requisiciones que se practiquen darán lugar a indemnizaciones en conformidad a la ley. También darán derecho a indemnización las limitaciones que se impongan al derecho de propiedad cuando importen privación de alguno de sus atributos o facultades esenciales y con ello se cause daño.
Estamos hasta las mazas.
 
El 35% incluye seguridad social, que te dije de la seguridad social? Eres tonto?

Soya, anda a repetir consignas a plaza italia.

Eso es una estupidez, porque finamente como se ve ahora el Estado tiene que hacerse cargo de toda la gente que no tuvo previsión ni cotizaciones, a pesar, que mucha, ganaba buena renta. Se ve bonito en un análisis estático, pero en el futuro se ve que ese gasto se traslado al Estado.

Por eso ahora la AFP se ven superadas, y le carga el cadaver previsional al Estado. El fracaso de las AFP se vio ahora, cuando empezaron a jubilar las 1ras generaciones que se acogieron al sistema privada.

Sin Seguridad Social, Chile sigue recaudando muy poco.

Por eso en lo Macro Chile es muy atractivo, tiene excelentes numeros, en el detalle, baja a nivel africano, sin atención de salud oportuna y especializada, y con pensiones de 90 lucas.
 
Acompañenme a ver esta triste historia, el trabajo de los papás de un soyero hecho cenizas.
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No si no tiene color político esto, no si no hay adoctrinamiento. Giles culiaos ya quiero ver como los papás de este saco weas caen en depresión mayor por no tener dinero. No deseo mal, pero la gente tiene que aprender de alguna forma.
 
Esas cifras no sirven mucho cuando ves las listas de esperas, y las pensiones de 100 lucas, por eso el sistema se deslegitima como se ve en la realidad :hands:.

En todos los paises en hay listas de espera en el sistema publico y la gente tiene la opcion de saltarsela pagando un alto costo en el sistema privado, Chile no es una exceopcio como cree la gente. En Chile hay mas listas de espera y son mas largas, en parte porque el 7% de salud es totalmente insifuciente, tambien porque tenemos la mitad de PIB per capita que paises desarrollados y en menor medida porque otros paises hacen un poco de redistribucion a traves de la seguridad social.

Las pensiones no debieron aumentar.
Ssolo el 4.5% de los adultos mayores esta bajo la linea de la pobreza.
El 8.6% de la poblacion general esta bajo la linea de la pobreza.
El 15% de los niños entre 0-3 años esta bajo la linea de la pobreza.

Politicas publicas chilenas para la calle, no basadas en datos.
 
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