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Empresa pasa por error sueldo de 165 millones a trabajador y este renuncia y desaparece...

Yo cacho que los de Control de Gestión debieron activar la alarma... los resultados del cierre de mes se calculan después de los pagos de nómina y las otras weas.
Y en que empresa callampa no revisan que los gastos por remuneraciones ANTES de depositar?. Que no hayan diferencias significativas antes de generar la orden al banco para realizar los giros??

Ahí faltó control del los weones que generan las liquidaciones, el encargado, el jefe, subgerente y gerente de RRHH.. y luego la tropa de weones de Finanzas...como el último weon de tesorería no reviso el por qué hubo un alza en la planilla de un mes a otro..

Weon... aquí hay dos líneas con responsabilidades.

Es muy fácil concluir que CIAL tiene un área administrativa de mierda. Fuera dueño mandaría a auditar todos (todos) los movimientos contables y financieros.

Y al viejo mechero...ya la hizo..tiene que sacar toda la plata y firmar un plan de pago a 1.000 años y la empresa tendrá que aceptar...

cárcel?? ni cagando. Tiene que aceptar que vio lanplata, la gasto pero que la devolverá..
 
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Ah bueno, si no es delito nada que hacer. Reconozco que por ignorancia no sabía que no era delito, ¿ en donde sale escrito eso ?

Yo por mi parte lo devolvería. No soy de esa gente que le gusta quedarse con algo que es de otro.

La tipicidad penal estimado. Las sentencias que he visto, puedo adjuntar algunas, todas indican que no se cumplen con la tipicidad o los requisitos de la conducta penal. No hay dolo, porque la persona no sabía de antemano o no tuvo el ánimo mental de hacer semejante chanchullo.
Recuerdo a una señora que en el banco credichile le llego 5 millones. Y el fiscal la llevó a juicio. LE DIERON FEROZ TAPA.
Prometo en el día buscar la sentencia y subirla. No hay delito. No hay nada. Solo una obligación natural.
 
Se van a ir a lo menos, 5 wns cortados de esa empresa:
El de remuneraciónes
El jefe del wn de remuneraciones
El gerente del jefe del wn de remuneraciones
El auditor
El jefe de auditoria

El socio la hizo, lo malo es que, con la plata que tiene la empresa, le va a caer todo el peso de la ley y se va ir en cana, aunque la culpa no sea del socio.

Cual seria la figura?
Apropiacion indebida no da.
Hurto de hallazgo no da.
Hurto no da.

Entiende no hay tipo penal para esto.
 
Que se culeen bien culeas a las putas de RRHH :lol3: :lol3: :lol3: :lol3:

"El trabajador se comprometió a ir al día siguiente, temprano. Pasaban las horas; hubo llamados telefónicos y mensajes de WhatsApp, y recién a las 11:00 hubo respuesta: que se levantó tarde y que iría al banco. Fue el último contacto de la empresa con el trabajador. Hasta el 2 de junio pasado, cuando -a través de un abogado- hizo entrega de su carta de renuncia voluntaria a la compañía." :lol3: :lol3: :lol3: :lol3:


ojala que las qliadas sean venecas :sisi3:
 
Me imagino que el payroll no hizo el cuadre entre la liquidación y lo que se generó para la carga masiva de sueldos. Acá se van despedidos desde el analista hasta el subgerente.
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Cual seria la figura?
Apropiacion indebida no da.
Hurto de hallazgo no da.
Hurto no da.

Entiende no hay tipo penal para esto.
Apropiación indebida creo.el weon sabía que esa plata no era de él, por que el mismo se denunció. Algún @abogadocolectivero que se pronuncie.
 
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Que se culeen bien culeas a las putas de RRHH :lol3: :lol3: :lol3: :lol3:

"El trabajador se comprometió a ir al día siguiente, temprano. Pasaban las horas; hubo llamados telefónicos y mensajes de WhatsApp, y recién a las 11:00 hubo respuesta: que se levantó tarde y que iría al banco. Fue el último contacto de la empresa con el trabajador. Hasta el 2 de junio pasado, cuando -a través de un abogado- hizo entrega de su carta de renuncia voluntaria a la compañía." :lol3: :lol3: :lol3: :lol3:
Con abogado, o sea , se los pasó por los cocos..
 
Sentencia deposito equivocado

"En esta causa, el Tribunal de Garantía de Osorno dictó sentencia absolutoria, a pesar de la aceptación de responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento fiscal que efectuó la imputada al inicio del juicio simplificado.

Es así, como en el apartado undécimo de la sentencia absolutoria, se sostiene que si fiscalía omitió la configuración, descripción y acreditación de tal elemento subjetivo adicional, así como la precisión cabal de ser el dinero cosa mueble perdida por su propietario, se ha minado su pretensión punitiva, al no ser los hechos en los que acepta responsabilidad la requerida constitutivos del delito contenido en el ejercicio de Fiscalía.

DEPOSITO ERRADO REMUNERACIONES


Cuando por error se transfiere el sueldo a la cuenta de varios trabajadores y ellos han hecho uso de los fondos transferidos, la empresa tiene las siguientes alternativas:
1) Una vez que el trabajador recibe su sueldo puede devolver el total del exceso.
2) El descuento en las liquidaciones de los meses siguientes sólo se puede realizar en las condiciones del inciso 3° del Art. 58 del Código del Trabajo que establece:
"Sólo con acuerdo del empleador y del trabajador que deberá constar por escrito, podrán deducirse de las remuneraciones sumas o porcentajes determinados, destinados a efectuar pagos de cualquier naturaleza. Con todo, las deducciones a que se refiere este inciso, no podrán exceder del quince por ciento de la remuneración total del trabajador"
3) Acordar con los trabajadores que los pagos en exceso se considerarán "anticipos" y descontar el 100% o un porcentaje superior al 15% en los meses siguientes. (La jurisprudencia ha resuelto que los anticipos no se consideran descuentos y por consiguiente no están afectos a ningún límite).
4) La empresa puede evaluar la posibilidad de demandar judicialmente a los trabajadores por pago de lo no debido. La jurisprudencia es contraria a considerar esto como un delito penal. Por lo cual debiese ser en la esfera civil. (MÍNIMO 10 AÑOS EN TRIBUNALES)

No tiene por donde la empresa. La cuea del trabajador.
 
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Comprar una casa a nombre del mamá y otra a nombre del papá. Con 2 arriendos vive pulento y cuando los viejos mueran las heredará limpias de polvo y paja. El merluza dijo que la propiedad privada no puede estar por sobre el derecho a la vivienda asi que la hizo.
2 problemas: Si alguien comprar una casa a nombre de un tercero legalmente no es de él, si se demuestra que la plata es mal habida podrían embargarla?
Si el wn tiene hermanos las propiedades las heredarán entre varios, no solo el.
 
Puede ser demandado por apropiación ilicita, y para probar eso el juez verá que el contrato dice expresamente el sueldo que esta escriturado. Por lo tanto si no devuelve la plata se ira de querella, es mejor que la regrese, aparte por deshonesto de frego la pega, colocando en el finiquito un artículo del cód del trabajo que no podrá pedir trabajo en ninguna parte si es que le piden el último finiquito. Lo más probable es que arranque por unos buenos años a Argaytina.
Que gire la plata por caja.
Que mueva sus bienes.
Que espere la querella.
Si no tiene antecedentes quedará firmando y con 165 palitos - lo que le corresponde al abogado por asesorarlo en el bolsillo
Flawless victory!
 
El trabajador en estos momentos:

90
debe estar en el cafe con piernas el viejo qlo :lol3:
 
Me imagino que el payroll no hizo el cuadre entre la liquidación y lo que se generó para la carga masiva de sueldos. Acá se van despedidos desde el analista hasta el subgerente.
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Apropiación indebida creo.el weon sabía que esa plata no era de él, por que el mismo se denunció. Algún @abogadocolectivero que se pronuncie.

No da porque no hay tipo penal.
En el caso del depósito irregular, se produciría una transferencia del dominio de las cantidades y, por ello, el título habilitante no obliga a la devolución, como requeriría la apropiación indebida.
 
Comprar una casa a nombre del mamá y otra a nombre del papá. Con 2 arriendos vive pulento y cuando los viejos mueran las heredará limpias de polvo y paja. El merluza dijo que la propiedad privada no puede estar por sobre el derecho a la vivienda asi que la hizo.
2 problemas: Si alguien comprar una casa a nombre de un tercero legalmente no es de él, si se demuestra que la plata es mal habida podrían embargarla?
Si el wn tiene hermanos las propiedades las heredarán entre varios, no solo el.
El SII estaría encima de los viejos al otro día, viendo de donde sacaron los recursos para comprar...ahí si habría dolo y caerían los padres.

Tiene que esperar la demanda... reconocer deuda y hacer un plan de pago...y la empresa deberá aceptar...está cagada.

La plata tiene que gastarla pero sin levantar cabeza..el SII no perdona...
 
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