2. Hay que saber distinguir los conceptos:
El concepto Derecho es super discutido y tiene generalmente las siguientes acepciones :
-Ordenamiento coactivo de la conducta humana ,otros lo definen como la unión de reglas primarias y secundarias ( no voy a ahondar en esta wea) y otros como normas jurídicas que obligan a una determinada conducta. ( es un concepto variable y muy discutido). -Prescripciones , mandatos en sentido objetivo conjunto de normas. Generalmente es la que prevalece en el lenguaje común.
- Facultad , poder en sentido subjetivo - ejemplo derecho a la vida , a la libertad de expresión
-
Ciencias jurídicas o ciencia del derecho :
Es aquella que tiene por objeto de estudio las normas juridicas dentro de un ordenamiento juridico determinado , existiendo un conjunto de conocimientos ordenados y sistematizados regida por principios.
¿ Que significa Derecho entonces? Es difícil emplear el concepto derecho sin un apellido y por lo mismo se presta a confusiones , en cuanto al ordenamiento no debo más que decir que se refiere tal orden de la conducta humana compuesta por normas coactivas , en cambio , es distinto decir derecho que ciencia Jurídica o ciencia del derecho que esta compuesta ya no por normas sino por un estudio o proposición acerca de esas normas .
¿ Es el derecho una ciencia? .
La respuesta es sí ,es aceptado el término "ciencias jurídicas " , no se puede desconocer que un abogado primero es un
licenciado en ciencias jurídicas y la corte suprema es la que otorga el título de abogado.
Kelsen propone diferenciar las cosas , cuando hablamos de "normas jurídicas" hablamos de ordenamiento en el sentido objetivo del derecho , cuando se habla de "reglas del derecho" hablamos de ciencia , aquellas que informan sobre el derecho.
Mientras el legislador se preocupa en dictar "normas" , el jurista se preocupa de la "ciencia" del derecho , de sus reglas que son el resultado de la actividad cognoscitiva que se lleva a cabo por especialistas.
Por ejemplo :
Norma X dice que robar a otro es penado por .... < emana de autoridad normativa ,
existe prescripción
¿ Porque norma X sanciona a otro por robar ? < emana de juristas ,
existe una labor descriptiva
¿ Bajo que circunstancias es penada ?
¿ Que teoría sustenta la relación de causalidad entre el daño y el robo?
Sujeto ( Jurista) - Objeto ( Normas jurídicas) en sentido amplio y restringido a saber: Teoría del delito , Teoría constitucional , Teoría del Acto jurídico , o sea no solo es ciencia sino que es contiene una vasta riqueza en la formulación de distintas hipótesis en diversas materias. Método científico- Técnica jurídica como conjunto de prescripciones que explican una institución o regla jurídica basadas en una concepción filosófica , histórica y práctica.
¿ Que es lo que ocurre y hace más difícil la distinción?
1.Que en la práctica existen abogados que solo están preocupados de hacer cumplir la ley , mientras otros más sofisticados y con mayor conocimiento la cuestionan y son capaces no solo de aplicarlas , sino entenderlas y establecen enunciados de tipo congnoscitivo formulando nuevas teorías de interpretación , proposiciones , precedentes y aplicaciones a las normas.
Por lo mismo tanto el derecho como la ciencia del derecho es normativa porque mientras la ley es norma , la ciencia del derecho versa sobre normas.
Por eso se sabe que
no es lo mismo ser un Jurista que ser un abogado
2. Que no se puede comparar con las ciencias naturales cuando la ciencia jurídica es una ciencia social y cultural.