No era que la Antártica es como un territorio de nadie y cada quien puede "adueñarse" de la wea si quiere en el mapa? hasta países europeos tienen terreno ahí, pero como es casi imposible crear ciudades o llevar mucha gente, la wea se presta pa puro investigar.
El tratado antártico hace que la antártica sea un territorio libre de disputas y desmilitarizado. Las demandas territoriales sobre la antártica se entienden suspendidas en la medida que dure el tratado, así que no es algo urgente.
Aquí un extracto de la Wiki que trata el asunto.
Congelación de las disputas sobre soberanía territorial
Con la firma del tratado las disputas territoriales de soberanía en la Antártida han perdido todo potencial peligro de generar incidentes o conflictos bélicos. El compromiso de los signatarios de no realizar en la Antártida ninguna actividad de carácter militar con fines que no sean los de cooperar con la investigación científica, así como el espíritu del tratado respecto al diálogo y la cooperación, han generado lo que frecuentemente se designa como
congelamiento de los litigios antárticos. La necesaria unanimidad para modificar el tratado garantiza a los estados reclamantes que podrán conservar todos sus derechos por tiempo indefinido sin que ningún otro estado los menoscabe, mientras que los estados no reclamantes tienen garantizado el ejercicio de sus derechos sin que la Antártida sea repartida mientras dure el tratado.
Respecto a la soberanía territorial sobre la Antártida, el tratado salvaguarda las opiniones de los 3 grupos de los 12 estados signatarios originales: 1) aquellos que previamente declararon su soberanía sobre parte del Antártida (Argentina, Australia, Chile, Francia, Noruega, Nueva Zelanda y el Reino Unido); 2) aquellos que se consideraron como teniendo una base para reclamar soberanía territorial en la Antártida (Estados Unidos y la Unión Soviética); 3) aquellos que no reconocieron a ningún estado el derecho a reclamar o a tener una base de reclamo de soberanía en la Antártida (Bélgica, Japón y Sudáfrica).
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En cuanto a las reclamaciones territoriales proclamadas previamente a la firma del tratado por 7 de los signatarios originales, éste estipula que ninguna disposición del mismo se interpretará como una renuncia o menoscabo de los derechos o fundamentos de soberanía territorial en la Antártida esgrimidos por ellos. Establece también que ningún acto o actividad que se lleve a cabo mientras el tratado se halle en vigencia constituirá fundamento para hacer valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía territorial en la Antártida, ni para crear derechos de soberanía en esa región. El tratado no suspende ni congela las reclamaciones de soberanía territorial en la Antártida, sino que mantiene el
statu quo existente al momento de su firma preservando las posiciones de todas las partes. Lo que ha quedado
congelado es lo litigioso en todos sus ámbitos. Los estados reclamantes pueden continuar negociando entre sí sus diferencias territoriales, pero no pueden ampliarlas ni se aceptará una nueva mientras se halle vigente el artículo que lo prohíbe.
16 No obstante esto, al adherir Ecuador en 1987 hizo reserva de sus derechos territoriales a un sector de la Antártida sobre el que había proclamado soberanía en 1967 esgrimiendo la
teoría de la defrontación.
El tratado permite que los estados reclamantes preserven sus títulos de soberanía y ejerzan ésta, con las limitaciones que su firma impuso, en todos los aspectos que el tratado no regula expresamente, aunque otros estados no las reconozcan, es por eso que países como Argentina y Australia consideran a sus reclamaciones territoriales en la Antártida como partes soberanas integrales de sus respectivos territorios. Si bien el tratado menciona las reclamaciones de soberanía territorial previamente hechas valer, ni las reconoce como válidas ni las desestima.