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Estado
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llevo 5 articulos y ya me quiero sacar los ojos :lol3:


CAPÍTULO (COM 1)
DE LA DEMOCRACIA

1.- Artículo 2°.- Democracia paritaria. El Estado reconoce y promueve una sociedad en la que mujeres, hombres, diversidades y disidencias sexogenéricas :wtf: :ohno: participen en condiciones de igualdad sustantiva, reconociendo que su representación efectiva en el conjunto del proceso democrático es un principio y condición mínima para el ejercicio pleno y sustantivo de la democracia y la ciudadanía.

Todos los órganos colegiados del Estado, los órganos autónomos constitucionales y los órganos superiores y directivos de la Administración, así como los directorios de las empresas públicas y semipúblicas, deberán tener una composición paritaria que asegure que, al menos, el
cincuenta por ciento de sus integrantes sean mujeres.
Asimismo, el Estado adoptará medidas para la representación de diversidades y disidencias de género a través del mecanismo que establezca la ley. El Estado promoverá la integración paritaria en sus instituciones y en todos los espacios públicos y privados.

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CAPÍTULO
DEL ESTADO PLURINACIONAL Y LIBRE DETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS

5.- Artículo 4.- Chile es un Estado Plurinacional e Intercultural que reconoce la coexistencia de diversas naciones y pueblos en el marco de la unidad del Estado.

6.- Artículo 5.- Los pueblos y naciones indígenas preexistentes y sus miembros, en virtud de su libre determinación, tienen derecho al pleno ejercicio de sus derechos colectivos e individuales. En especial, tienen derecho a la autonomía y al autogobierno, a su propia cultura, a la identidad y cosmovisión, al patrimonio y la lengua, al reconocimiento de sus tierras, territorios, la protección del territorio marítimo, de la naturaleza en su dimensión material e inmaterial y al especial vínculo que mantienen con estos, a la cooperación e integración, al reconocimiento de sus instituciones, jurisdicciones y autoridades propias o tradicionales y a participar plenamente, si así lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado.

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5.- Artículo 4.- Chile es un Estado Plurinacional e Intercultural que reconoce la coexistencia de diversas naciones y pueblos en el marco de la unidad del Estado. Son pueblos y naciones indígenas preexistentes los Mapuche, Aymara, Rapa Nui, Lickanantay, Quechua, Colla, Diaguita, Chango, Kawashkar, Yaghan, Selk'nam y otros que puedan ser reconocidos en la forma que establezca la ley.

Y LOS CHILENOS DÓNDE CHUCHA QUEDAMOS?

Weon, son 157 PÁGINAS TAMAÑO CARTA, no me quiero imaginar cuantas páginas tendrá el libro oficial. Estamos claros que esta wea pocos se darán la molestia de leerla y la prensa le dará duro a los artículos más populistas. Mucho, demasiado texto, y marcado hacia un solo sector de la población. Nada que chilenismos o tradiciones, unidad o cultura, todo dividido en naciones que conforman menos del 10% de la población total de este mierdal, y del cual un porcentaje aún menor se siente identificado.

Lo único que quedará de este glorioso país será el nombre, y si es que no lo cambian.

Los lalos que se vayan despidiendo entonces de las fiestas patrias y fechas importantes para la nación, porque esta, técnicamente, ya no existe, y es un cúmulo de pueblos de mierda insignificantes pero que sabe meter bulla.
 
Primera vez que leo ese estropajo de bulgaridad que quieren hacemos creer que es una Constitución y lo primero que me llama la atención es que ya en el primer artículo meten ideología progre,

"Cuando dice que el Estado debe promover la igualdad sustantiva"

Para que el no sepa
Igualdad Sustantiva es lo opuesto a Igualdad Formal (trato igual para todos)

Y para el que quiera saber más de que se trata investiguen de donde viene la teoría crítica de la raza que ahora está de moda en Estados Unidos y quienes son los que están detrás

En la práctica significa
Luchar contra el racismo con más racismo
Discriminar según tus victi-puntos
o un Apartheid a la inversa
Por ejemplo:

Si el Estado tiene que otorgar un beneficio
Contratar a alguien en un empleo público
Definir una política pública
Cobrar impuestos o aplicar justicia en una sentencia

Todo dependerá de los sujetos en conflicto

Un blanco vs Un negro = gana el negro

Un ciudadano vs Un ilegal = gana el ilegal

Una persona honesta vs un delincuente = debe ganar el delincuente

Una mujer negra pobre heterosexual vs una mujer negra pobre lesbiana = gana la lesbiana

Olvidense de todas las enseñanzas de sus padres sobre el esfuerzo, la meritocracia, el ser mejor, luchar por la excelencia por que todo eso el 4 de septiembre, imbéciles mediante, se acaba y empieza a regir la ideología progre con sus victimizaciones, sus victipuntos

Ahora se garantiza no la igualdad en el acceso, sino igualdad en el resultado, lo mismo que destruyó la educación en Venezuela, donde no existía el derecho a la educación, sino el derecho a tener un título. Pero apliquenlo a todo El Aparato Estatal.


Literalmente UNA MIERDA!!!
 
Primera vez que leo ese estropajo de bulgaridad que quieren hacemos creer que es una Constitución y lo primero que me llama la atención es que ya en el primer artículo meten ideología progre,

"Cuando dice que el Estado debe promover la igualdad sustantiva"

Para que el no sepa
Igualdad Sustantiva es lo opuesto a Igualdad Formal (trato igual para todos)

Y para el que quiera saber más de que se trata investiguen de donde viene la teoría crítica de la raza que ahora está de moda en Estados Unidos y quienes son los que están detrás

En la práctica significa
Luchar contra el racismo con más racismo
Discriminar según tus victi-puntos
o un Apartheid a la inversa
Por ejemplo:

Si el Estado tiene que otorgar un beneficio
Contratar a alguien en un empleo público
Definir una política pública
Cobrar impuestos o aplicar justicia en una sentencia

Todo dependerá de los sujetos en conflicto

Un blanco vs Un negro = gana el negro

Un ciudadano vs Un ilegal = gana el ilegal

Una persona honesta vs un delincuente = debe ganar el delincuente

Una mujer negra pobre heterosexual vs una mujer negra pobre lesbiana = gana la lesbiana

Olvidense de todas las enseñanzas de sus padres sobre el esfuerzo, la meritocracia, el ser mejor, luchar por la excelencia por que todo eso el 4 de septiembre, imbéciles mediante, se acaba y empieza a regir la ideología progre con sus victimizaciones, sus victipuntos

Ahora se garantiza no la igualdad en el acceso, sino igualdad en el resultado, lo mismo que destruyó la educación en Venezuela, donde no existía el derecho a la educación, sino el derecho a tener un título. Pero apliquenlo a todo El Aparato Estatal.


Literalmente UNA MIERDA!!!


la igualdad sustantiva es en resumen "todos los animales son iguales pero unos mas iguales que otros"

:idolo: George Orwell un visionario
 
86.- Artículo 16.- Fuerzas Armadas. Las Fuerzas Armadas están integradas única y exclusivamente por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Dependen del ministerio a cargo de la defensa nacional y son instituciones destinadas para el resguardo de la soberanía, independencia e integridad territorial de la República, ante agresiones de carácter externo, según lo establecido en la Carta de Naciones Unidas. Colaboran con la paz y seguridad internacional, conforme a la Política de Defensa Nacional.

Las Fuerzas Armadas deberán incorporar la perspectiva de género en el desempeño de sus funciones, promover la paridad en espacios de toma de decisión y actuar con pleno respeto al derecho internacional y los derechos fundamentales garantizados en esta Constitución.

89.- Artículo 19.- Policías. Las policías dependen del ministerio a cargo de la seguridad pública y son instituciones policiales, no militares, de carácter centralizado, con competencia en todo el territorio de Chile, y están destinadas para garantizar la seguridad pública, dar eficacia al derecho y resguardar los derechos fundamentales, en el marco de sus competencias.

Las policías deberán incorporar la perspectiva de género en el desempeño de sus funciones y promover la paridad en espacios de toma de decisión. Deberán actuar respetando los principios de necesidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza, con pleno respeto al derecho internacional y los derechos fundamentales garantizados en esta Constitución. Son instituciones profesionales, jerarquizadas, disciplinadas, obedientes y no
deliberantes.

Las policías y sus miembros estarán sujetos a controles en materia de probidad y transparencia en la forma y condiciones que determine la Constitución y la ley. Sus integrantes no podrán pertenecer a partidos políticos, asociarse en organizaciones políticas, gremiales o sindicales, ejercer el derecho a huelga, ni postularse a cargos de elección popular.

El ingreso y la formación en las policías será gratuito y no discriminatorio, del modo que establezca la ley. La educación y formación policial se funda en el respeto irrestricto a los Derechos Humanos.

Se viene la Policía del diálogo :clapclap:

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"Simon Phoenix migrante veneco: acuéstese en el suelo, o si no..."

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Antronianos no tengan miedo, tenemos miles de migrantes que son alegres y coloridos, ellos bailan y cantan es maravilloso !!!

Ellos ayudarán al nuevo sistema de pensiones cotizando mes a mes y ayudándonos entre todes.

Aaa verdad que los migrantes se toman terrenos, trabajan de sicarios, ambulantes , delincuentes y que no aportarán jamás al sistema de pensiones y todos los tendremos que mantener.

:santa:
La mano de obra que faltaba nomás y faltaron las putas
 
Articulo 5- Congreso está integrado por un número NO inferior a 155 miembros electos en
votación directa por distritos electorales.


ES DECIR, en un futuro podría aumentar y NO reducir porque es INCONSTITUCIONAL.

JAJAJAA la wea ladrona y eso que queríamos menos parásitos


pero cachen esto

Artículo 4.- Chile es un Estado Plurinacional e Intercultural que reconoce la coexistencia de diversas naciones y pueblos en el marco de la unidad del Estado. Son pueblos y naciones indígenas preexistentes los Mapuche, Aymara, Rapa Nui, Lickanantay, Quechua, Colla, Diaguita, Chango, Kawashkar, Yaghan, Selk'nam
y otros que puedan ser reconocidos en la forma que establezca la ley.

Si a los ultras se les para la raja pueden existir 400 pueblos más reconocidos por la ley, basta que un grupo se organice y diga que son x pueblo.
 
Primera vez que leo ese estropajo de bulgaridad que quieren hacemos creer que es una Constitución y lo primero que me llama la atención es que ya en el primer artículo meten ideología progre,

"Cuando dice que el Estado debe promover la igualdad sustantiva"

Para que el no sepa
Igualdad Sustantiva es lo opuesto a Igualdad Formal (trato igual para todos)

Y para el que quiera saber más de que se trata investiguen de donde viene la teoría crítica de la raza que ahora está de moda en Estados Unidos y quienes son los que están detrás

En la práctica significa
Luchar contra el racismo con más racismo
Discriminar según tus victi-puntos
o un Apartheid a la inversa
Por ejemplo:

Si el Estado tiene que otorgar un beneficio
Contratar a alguien en un empleo público
Definir una política pública
Cobrar impuestos o aplicar justicia en una sentencia

Todo dependerá de los sujetos en conflicto

Un blanco vs Un negro = gana el negro

Un ciudadano vs Un ilegal = gana el ilegal

Una persona honesta vs un delincuente = debe ganar el delincuente

Una mujer negra pobre heterosexual vs una mujer negra pobre lesbiana = gana la lesbiana

Olvidense de todas las enseñanzas de sus padres sobre el esfuerzo, la meritocracia, el ser mejor, luchar por la excelencia por que todo eso el 4 de septiembre, imbéciles mediante, se acaba y empieza a regir la ideología progre con sus victimizaciones, sus victipuntos

Ahora se garantiza no la igualdad en el acceso, sino igualdad en el resultado, lo mismo que destruyó la educación en Venezuela, donde no existía el derecho a la educación, sino el derecho a tener un título. Pero apliquenlo a todo El Aparato Estatal.


Literalmente UNA MIERDA!!!
Cito un tema de la Democracia Cristiana del año 72:
"Los capaces son cesantes, hoy reinan los ignorantes, se engaña con gran desplante"

La historia es cíclica cipadritos, solo que en esta ocasión las Fuerzas Armadas ya no nos librarán y tendremos que escapar a otro país. Que lástima por la gente que tiene ahorros en el banco, porque perderán todo con la inflación tremenda que se viene en los meses posteriores a la ratificación y entrada en vigencia de este bodrio.
 
§ De la nacionalidad y la ciudadanía

127.- Artículo 17.- Nacionalidad. Son chilenas y chilenos, aquellas personas que:

1. Hayan nacido en el territorio de Chile, con excepción de las hijas e hijos de personas extranjeras que se encuentren en Chile en servicio de su Gobierno, quienes podrán optar por la nacionalidad chilena.
2. Sean hijas o hijos de padre o madre chilenos, nacidos en territorio extranjero.
4. Obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley.

No se exigirá renuncia a la nacionalidad anterior para obtener la carta de nacionalización chilena.

Toda persona tiene derecho a la nacionalidad en la forma y condiciones que señala este artículo. La ley podrá crear procedimientos más favorables para la nacionalización de personas apátridas.

Toda persona podrá exigir que en cualquier documento oficial de identificación sea consignada, además de la nacionalidad chilena, su pertenencia a alguno de los pueblos originarios del país.

128.- Artículo 18.- La nacionalidad chilena confiere el derecho incondicional a residir en el territorio chileno y a retornar a él. Concede, además, el derecho a la protección diplomática por parte del Estado de Chile y todos los demás derechos que la Constitución y las leyes vinculen al estatuto de nacionalidad.

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129.- Artículo 20.- Ciudadanía. Todas las personas que tengan la nacionalidad chilena serán ciudadanas y ciudadanos de Chile. Asimismo, serán ciudadanas y ciudadanos las personas extranjeras avecindadas en Chile por al menos cinco años.

130.- Artículo 21.- Calidad política de extranjeros y de nacionalizados chilenos. Las y los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años, y que cumplan con los requisitos señalados en el artículo 20, podrán ejercer el derecho de sufragio activo en los casos y formas que determine la ley.

140.- Artículo 10.- Principio de no devolución. Ninguna persona solicitante de asilo o refugiada será regresada por la fuerza a las fronteras del Estado donde su vida o libertad pueden verse amenazadas, corra riesgo de persecución o graves violaciones de derechos humanos. :naster:
 
artículo 13.- Para ser elegida diputada, diputado o representante regional se requiere ser ciudadana o ciudadano con derecho a sufragio, haber cumplido dieciocho años de edad al día de la elección y tener avecindamiento en el territorio correspondiente durante un plazo no inferior a dos años, en el caso de las diputadas o diputados, y de cuatro años en el caso de las y los representantes regionales, contados hacia atrás desde el día de la elección.
 
artículo 13.- Para ser elegida diputada, diputado o representante regional se requiere ser ciudadana o ciudadano con derecho a sufragio, haber cumplido dieciocho años de edad al día de la elección y tener avecindamiento en el territorio correspondiente durante un plazo no inferior a dos años, en el caso de las diputadas o diputados, y de cuatro años en el caso de las y los representantes regionales, contados hacia atrás desde el día de la elección.

pa meter a los de ellos con el acarreo de votos :hands:
 
El nivel de redacción es como si la hubiera escrito un estudiante de enseñanza media :ohno:

Que alguien se tire un contador de "paridad" y "perspectiva de genero"... articulo que leo mencionan esas muletillas.

Indígena e indigenas 68 veces
Chilenos 5 veces
Chile 33

Paridad, paritario, paritaria 30 veces
Igualdad sustantiva (marxismo cultural) 11 veces
Género 39 veces
 
La igualdad sustantiva es re brígida, tiene un carácter orwelliano de control a cagar y para variar muchos puestos para trabajar en el Estado.

En México tiene estos cuatro principios la secretaría de la igualdad sustantiva:

1.- Armonización: con la colaboración de las organizaciones de la sociedad civil haremos una revisión exhaustiva para la elaboración y actualización del cuerpo normativo y legislativo estatal para armonizar y generar mecanismos institucionales
para el fomento al respeto, garantía, promoción y protección de los derechos humanos. La finalidad central es robustecer los derechos sociales y generar accesibilidad universal a los mismos. Esto va a suceder durante el primer año de mi gobierno.

2.- Marco programático: cada ley derivará en un marco programático específico con objetivos, líneas de acción e indicadores que se vincularán transversalmente dentro del Programa Estatal de Desarrollo
en materia de igualdad e inclusión sustantiva con enfoque de derechos humanos. Esta política pública estará institucionalizada en los primeros 100 días de gobierno. Implica además promover en todos los municipios la armonización normativa y programática de la agenda de igualdad.

3.- Sistema Estatal de Indicadores:
daremos seguimiento puntual al cumplimiento de los programas a través de indicadores específicos que estarán señalados en el Sistema Estatal de Evaluación del Desempeño y las Matrices de Indicadores y Resultados de cada dependencia involucrada en el cumplimiento de los programas. Además de ser una plataforma concentradora de datos, será una herramienta para la gobernanza con perspectiva de igualdad.

Para lograr resolver las necesidades específicas de la población será necesario partir del conocimiento y del análisis cuantitativo y cualitativo de las problemáticas que se enfrentan con mayor frecuencia: la violencia (directa, estructural, cultural y de género), la discriminación, la disparidad (económica, social, política y cultural); su participación en los sectores en los que se ven involucrados de forma cotidiana: educación, salud, trabajo, entre otros.
Determinaremos las especificidades de los grupos en situación de vulnerabilidad, así como la intersección entre estos y el diagnóstico por territorio.

4.- Alianza con las y los trabajadores sociales y los centros de investigación: Jalisco tiene una larga tradición académica; nuestro estado es el escenario de centros de investigación social de alto prestigio. Ante ello es necesario construir un espacio donde la potencialidad de las investigaciones pueda traducirse en políticas públicas dignas vinculadas con el desarrollo de las personas.

Estos son los grupos a los cuales les ayudarán con lucas, puestos de trabajo en el Estado, subvenciones, subsidios, lucas y más lucas, los priorizarán por sobre todos:

  1. Ciclos de vida (niños, niñas, adolescentes, adultos mayores).
  2. Diversidad Sexual.
  3. Pueblos Originarios y comunidades Indígenas.
  4. Migrantes (desplazados internos y refugiados).
  5. Personas con Discapacidad.
Prepárense para las leyes mordaza, el Estado chileno infiltrado hasta las weas y el desparramo de especialistas en identidad de género, lxches sxciales y esas mierdas sin sentido, extraviadas.
 
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