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El autodenominado mejor abogado de Chile Ariel Wolfenson no le gusta que le pongan una estrella en google y presenta un recurso de protección



Me imagino como serán esas magnas obras de sabiduría. Si escribe así ahora que es profesional, cómo escribiría cuando era adolescente.

:monomeon: :book:

:idolo: Ariel Nerudafenson

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:idolo: Me gustas cuando te notifican porque estás como ausente, y me lees desde lejos, y mi demanda no te toca.
:idolo: Puedo escribir los alegatos más tristes de esta noche.
 
Gracias al que dió el RIT de la causa pude revisarla y corroborarlo: la demanda es malisima, tanto en forma cómo en el fondo.

En la forma, porque cuesta entender que es lo que quiere decir (además de los errores respecto de los cuáles ya dió cuenta un forero anteriormente)

Cómo chucha debo llamar "colega" a un wn tan callampa. Me da vergüenza ajena

¿Sabrá el pelmazo que el estándar de conducta para comprometer responsabilidad del Estado por actuaciones del Ministerio Público exige que estas deben ser injustificadamente graves, erroneas o arbitrarias? Nada de eso argumenta en la demanda. Que se vea la sentencia Rol 16.978-2016, la cual es bien comentada al efecto.

Además, parece que el amigo faltó a la clase de Procesal Penal en las que se nos recalcaba que "el Ministerio Público no es un defensor o representante de la víctima".

¿Tendrá idea de los efectos de la presunción de inocencia?¿No reparó en que la prisión preventiva es una medida cautelar de carácter excepcional y que no es un "deber" solicitarla o decretarla? (Bastaba con leer el art. 140 del Código Procesal Penal).

Y para remate, en una parte dice "es inconcebible e inadmisible y gravísimo que el gobierno chileno haya permitido que el conductor del vehículo involucrado..."... el gobierno. O sea, el imbécil tampoco sabe de institucionalidad, y que ni el Poder Judicial, ni el Ministerio Público dependen del gobierno.

¿La sensación de injusticia es un daño indemnizable en sí? Porque nada argumenta sobre los requisitos de la responsabilidad invocada, especialmente de la configuración del daño (algo básico para una demanda de este tipo), y mucho menos, sobre el quantum pedido.

Y podría seguir...

Y más encima, flojo. No fue capaz siquiera de editar el relato que le mandó su cliente (hay una parte en que dice "Luis Hernan, mi hermano)

Mamarracho de demanda. Está hecha solo para sacar plata, se nota.

El CDE lo hará bolsa

Siento lástima por la familia del fallecido, de verdad, mucha lástima.
Excelente Colega, nada mas que agregar a su apreciacion.

Sin embargo, para hacer mas divertido a los antronianos cabe sumar que este conchetumare individualiza como el pico al Fisco. En este sentido, demanda al FISCO DE CHILE(PROCURADURÍA FISCAL DE ANTOFAGASTA) persona jurídica dederecho público, Rol Único Tributario N°61.806.000-4, representado legalmentepor el Procurador Fiscal, don CARLOS BONILLA LARAS.

O demandas al Fisco representado por el wn del CDE a cargo, pero no demandas al Fisco (Procuraduria Fiscal de antofalombia)

Para mas cagarla, en la demanda se consigna expresamente en las citas de derecho que "Como VS. sabe el artículo 38 de la ley19.966 establece en lo pertinente que los órganos de la Administración del Estadoen materia sanitaria serán responsables de los daños que causan a particulares porfalta de servicio.", en tales circunstancias, que la Ley a invocar es la Ley 19.640.

Estos sapos culiaos que se reciben hoy en dia dios mio.
 
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El martes tipin 18 hrs se firmarán las poleras del Antro que estaban prometidas (hace 15 años) en plaza El Golf (con un De Arhivardo), gracias a una donación anónima de la comunidad rumano gitana

@Agrolate @vampiritz @kyles @CTO @I am Sancho estaran presentes para tan magno evento



Sólo me auto cité para recordarles que (en el orden que quieran...) Lo importante es Dios, La Familia, La Patria y El Antro ;) y ahh no postear ebrio jajajaj
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Excelente Colega, nada mas que agregar a su apreciacion.

Sin embargo, para hacer mas divertido a los antronianos cabe sumar que este conchetumare individualiza como el pico al Fisco. En este sentido, demanda al FISCO DE CHILE(PROCURADURÍA FISCAL DE ANTOFAGASTA) persona jurídica dederecho público, Rol Único Tributario N°61.806.000-4, representado legalmentepor el Procurador Fiscal, don CARLOS BONILLA LARAS.

O demandas al Fisco representado por el wn del CDE a cargo, pero no demandas al Fisco (Procuraduria Fiscal de antofalombia)

Para mas cagarla, en la demanda se consigna expresamente en las citas de derecho que "Como VS. sabe el artículo 38 de la ley19.966 establece en lo pertinente que los órganos de la Administración del Estadoen materia sanitaria serán responsables de los daños que causan a particulares porfalta de servicio.", en tales circunstancias, que la Ley a invocar es la Ley 19.640.

Estos sapos culiaos que se reciben hoy en dia dios mio.

A ver a ver... FISCO como institución son las arcas fiscales, no puedes demandar a un fondo a menos que su administración sea ilícita o su pega mal hecha, entonces debes demandar al estado o gobierno para que FISCO haga una reparación en tiempo y forma pero bajo una resolución del poder judicial que ordene tal cosa al poder del estado... y yo que andaba u puros 4 en legislación tributaria lo entiendo pffff
 
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Sólo me auto cité para recordarles que (en el orden que quieran...) Lo importante es Dios, La Familia, La Patria y El Antro ;) y ahh no postear ebrio jajajaj
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A ver a ver... FISCO como institución son las arcas fiscales, no puedes demandar a un fondo a menos que su administración sea ilícita o su pega mal hecha, entonces debes demandar al estado o gobierno para que FISCO haga una reparación en tiempo y forma pero bajo una resolución del poder judicial que ordene tal cosa al poder del estado... y yo que andaba u puros 4 en legislación tributaria lo entiendo pffff
Estimado, el tema es que el CDE representa judicialmente al fisco, pero no demandas al fisco indicando a la procuraduria fiscal entre paréntesis como hace el weon de wolfenstein. Eso es de aweonaos

El DFL 1 de hacienda de 1993 es claro en indicar en su art. 18 que el cde lo representa. Ergo demandas al fisco, representado por el presidente del consejo o al procurador fiscal en su caso
 
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Google imágenes :roflol:

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@Desmond -fenson :gafas:

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La entrevista SIN EDITAR y algunas calificaciones malas de google reseñas.

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Evo-MoralesFenson :lol2:
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Y la pariente vocera de gobierno, Camila Vallejosfenson :lol3:

A Todo esto caché que hay un cuenta parodia en twitter.
 
Para los q andan preguntando cuando se archiva:

"Se archiva cuando el proceso no ha tenido movimiento, cuando se encuentra por archivar significa que ha pasado un período superior a 6 meses sin ninguna presentación en el juicio, y podrían dar por ABANDONADO el juicio."

 

Para los q andan preguntando cuando se archiva:

"Se archiva cuando el proceso no ha tenido movimiento, cuando se encuentra por archivar significa que ha pasado un período superior a 6 meses sin ninguna presentación en el juicio, y podrían dar por ABANDONADO el juicio."

En el caso de Wolfito, preferiría un rechazo con costas a un archivo
 
Gracias al que dió el RIT de la causa pude revisarla y corroborarlo: la demanda es malisima, tanto en forma cómo en el fondo.

En la forma, porque cuesta entender que es lo que quiere decir (además de los errores respecto de los cuáles ya dió cuenta un forero anteriormente)

Cómo chucha debo llamar "colega" a un wn tan callampa. Me da vergüenza ajena

¿Sabrá el pelmazo que el estándar de conducta para comprometer responsabilidad del Estado por actuaciones del Ministerio Público exige que estas deben ser injustificadamente graves, erroneas o arbitrarias? Nada de eso argumenta en la demanda. Que se vea la sentencia Rol 16.978-2016, la cual es bien comentada al efecto.

Además, parece que el amigo faltó a la clase de Procesal Penal en las que se nos recalcaba que "el Ministerio Público no es un defensor o representante de la víctima".

¿Tendrá idea de los efectos de la presunción de inocencia?¿No reparó en que la prisión preventiva es una medida cautelar de carácter excepcional y que no es un "deber" solicitarla o decretarla? (Bastaba con leer el art. 140 del Código Procesal Penal).

Y para remate, en una parte dice "es inconcebible e inadmisible y gravísimo que el gobierno chileno haya permitido que el conductor del vehículo involucrado..."... el gobierno. O sea, el imbécil tampoco sabe de institucionalidad, y que ni el Poder Judicial, ni el Ministerio Público dependen del gobierno.

¿La sensación de injusticia es un daño indemnizable en sí? Porque nada argumenta sobre los requisitos de la responsabilidad invocada, especialmente de la configuración del daño (algo básico para una demanda de este tipo), y mucho menos, sobre el quantum pedido.

Y podría seguir...

Y más encima, flojo. No fue capaz siquiera de editar el relato que le mandó su cliente (hay una parte en que dice "Luis Hernan, mi hermano)

Mamarracho de demanda. Está hecha solo para sacar plata, se nota.

El CDE lo hará bolsa

Siento lástima por la familia del fallecido, de verdad, mucha lástima.

Excelente Colega, nada mas que agregar a su apreciacion.

Sin embargo, para hacer mas divertido a los antronianos cabe sumar que este conchetumare individualiza como el pico al Fisco. En este sentido, demanda al FISCO DE CHILE(PROCURADURÍA FISCAL DE ANTOFAGASTA) persona jurídica dederecho público, Rol Único Tributario N°61.806.000-4, representado legalmentepor el Procurador Fiscal, don CARLOS BONILLA LARAS.

O demandas al Fisco representado por el wn del CDE a cargo, pero no demandas al Fisco (Procuraduria Fiscal de antofalombia)

Para mas cagarla, en la demanda se consigna expresamente en las citas de derecho que "Como VS. sabe el artículo 38 de la ley19.966 establece en lo pertinente que los órganos de la Administración del Estadoen materia sanitaria serán responsables de los daños que causan a particulares porfalta de servicio.", en tales circunstancias, que la Ley a invocar es la Ley 19.640.

Estos sapos culiaos que se reciben hoy en dia dios mio.

Estimado, el tema es que el CDE representa judicialmente al fisco, pero no demandas al fisco indicando a la procuraduria fiscal entre paréntesis como hace el weon de wolfenstein. Eso es de aweonaos

El DFL 1 de hacienda de 1993 es claro en indicar en su art. 18 que el cde lo representa. Ergo demandas al fisco, representado por el presidente del consejo o al procurador fiscal en su caso
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No tengo en rrss a este loco, pero me llegó esto del correo de las brujas (lo publicó en su ig).

Yo quería que le fuera bien, pero la wea está mal hecha y los que pagarán doble son los representados.

En volá es verdad y el tipo quiere sólo fama, salir en un diario y era.

Una lástima.
 
Wolfito dedíquese a otra cosa, defender los derechos de sus clientes no es lo suyo.

Te hubieras metido a la política en volá tu mediocridad hubiera pasado piola, al lado de otras lumbreras como Gonzalo Winter o Maite Orsini.

Pero como ahora estas funadito y doblegadito, te doy una idea para que generes la atención que tanto te gusta:

Amárrese la pichula para atrás y le haces competencia a la Camila Polizzi en Arsmate :sisi:



Ariel Wolfenson


Abogado Ariel Wolfenson

PD: No olviden mencionar el nombre de Ariel Wolfenson abogado, al crear sus memes, no vaya a ser que san google se olvide de mostrarlos en las búsquedas.

:zippyuy: :zippyuy:
 
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