Economía convoca Comité de Ministros del Turismo para revocar polémico decreto 140
Dicho decreto derogó 18 de las 24 Zonas de Interés Turístico (ZOIT) que existían en el país.
El Ministerio de Economía anunció esta tarde que en conjunto con la Subsecretaría de Turismo convocarán al Comité de Ministros del Turismo para proponer la revocación del Decreto N°140 que derogó 18 de las 24 Zonas de Interés Turístico (ZOIT) que existían en el país.
A través de una declaración pública, la cartera dirigida por Luis Felipe Céspedes recordó que el pasado 10 de marzo se firmó el Decreto Exento N° 140 (publicado en el Diario Oficial el 17 de marzo) que derogó 18 de las 24 Zonas de Interés Turístico (ZOIT) que existían en el país.
"Esta decisión la adoptó el Comité de Ministros del Turismo del gobierno anterior", acusó Economía
http://www.df.cl/economia-convoca-c...decreto-140/prontus_df/2014-04-09/193504.html
La media sopresa que tenia guardada la cajita feliz
No entiendo por qué me citas, y vuelves a publicar la noticia, que ya está en el primer post...
Si te perdiste mi post anterior, te cito la parte de la ley que regula las renovaciones de las zonas declaradas por la legislación anterior:
Artículo 28: Desde la publicación de este reglamento deberá iniciarse un proceso de actualización de las zonas de interés turístico declaradas bajo el amparo del decreto ley Nº 1.224, de 1975.
Artículo 29: Dentro del plazo de seis meses contado desde la publicación de este reglamento, la Subsecretaría informará a las comunidades locales, a través de dos publicaciones en periódicos de circulación regional, las que tendrán, a lo menos, dos meses de diferencia entre sí, aquellas Zonas de Interés Turístico declaradas bajo el amparo del decreto ley Nº 1.224, de 1975, a fin que se presenten solicitudes de declaración de tales zonas, en base a lo establecido en la ley Nº 20.423 y este reglamento.
La Subsecretaría elaborará formularios para estos efectos, los que estarán a disposición de los interesados en el sitio web de la Subsecretaría.
Artículo 30: En caso de no presentarse solicitudes o si éstas no cumplieran los requisitos contemplados en este reglamento, la Subsecretaría podrá solicitar al Comité de Ministros, previo informe fundado del Servicio, la revocación de la declaratoria de una zona de interés turístico establecida bajo el amparo del decreto ley Nº 1.224, de 1975. En caso de acordarse tal revocación, se deberá dictar el correspondiente decreto supremo expedido a través del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, por orden del Presidente de la República.