ABusheadorsh
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aprendan a leer primero perkines qls les metieron el medio dick in the Eye no pasaron comprensión de lectura 1
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Como bien dice el dicho:La cagó jajajja ya no saben dónde esconderse
Qué tal cipas,
Al grano. Como el chileno tiene serios problemas de ausencia de educación cívica y nula capacidad de investigación y pensamiento crítico, no resulta sorprendente saber que, una vez más, ha sido víctima de lo que en medicina moderna se le denomina conjuntivitis por inserción fálica invasiva. ¿Por qué? Bueno, descubrámoslo:
La ley 21.200, pomulgada por Tatán el 24 de diciembre de 2019 no es otra cosa que una reforma al capítulo XV de la Constitución Política de la República. En resumidas cuentas, y para no aburrirles con mussshooh tectoh, el artículo 135 establece lo siguiente:
Artículo 135. Disposiciones especiales.
1) La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes.
2) Mientras no entre en vigencia la Nueva Constitución en la forma establecida en este epígrafe, esta Constitución seguirá plenamente vigente, sin que pueda la Convención negarle autoridad o modificarla.
3) En conformidad al artículo 5º, inciso primero, de la Constitución, mientras la Convención esté en funciones la soberanía reside esencialmente en la Nación y es ejercida por el pueblo a través de los plebiscitos y elecciones periódicas que la Constitución y las leyes determinan y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Le quedará prohibido a la Convención, a cualquiera de sus integrantes o a una fracción de ellos, atribuirse el ejercicio de la soberanía, asumiendo otras atribuciones que las que expresamente le reconoce esta Constitución.
Así es zurdos, olvídense de declarar inconstitucional al Congreso Nacional o cualquier otro ente, ya que apenas hagan eso se declara como Golpe de Estado
Y aquí el premio gordo :
4) El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
Como bien saben, Chile está suscrito a varios tratados que establecen diferentes lineamientos en materia de economía, comercio y otros. Entre ellos está el tratado con la OCDE, que en su artículo 1, señala que no debe haber discriminación dentro de la nación o Estado, pero no especifica a quién. Aquí está la trampa, porque también hace referencia a personas jurídicas, entre ellas, las transnacionales., que se traduce en favores frente a la empresa nacional.
En resumen, no se puede recuperar prácticamente nada de lo que está en manos de ellos:
1) Agua.
2) Energía.
3) Litio.
4) Cobre.
Y el largo etcétera.
En otras palabras, LA CIUDADANÍA NO VERÁ NADA DE LO QUE HA RECLAMADO DESDE EL ESTALLIDO DELICTUAL.
¿Victoria para el pueblo? Al contrario, el chuleno de a pie, nuevamente, es el hazmerreir de la casta política, y ahora también del mundo entero. Votaron por el apruebo depositando todas sus esperanzas en eso y los embaucaron de lo lindo. Por eso todos los políticos se alinearon en esto. Ahora, se deberán pagar dos congresos y al final todo quedará prácticamente igual. Gracias Piraña. Jaque Mate.
Qué tal cipas,
Al grano. Como el chileno tiene serios problemas de ausencia de educación cívica y nula capacidad de investigación y pensamiento crítico, no resulta sorprendente saber que, una vez más, ha sido víctima de lo que en medicina moderna se le denomina conjuntivitis por inserción fálica invasiva. ¿Por qué? Bueno, descubrámoslo:
La ley 21.200, pomulgada por Tatán el 24 de diciembre de 2019 no es otra cosa que una reforma al capítulo XV de la Constitución Política de la República. En resumidas cuentas, y para no aburrirles con mussshooh tectoh, el artículo 135 establece lo siguiente:
Artículo 135. Disposiciones especiales.
1) La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes.
2) Mientras no entre en vigencia la Nueva Constitución en la forma establecida en este epígrafe, esta Constitución seguirá plenamente vigente, sin que pueda la Convención negarle autoridad o modificarla.
3) En conformidad al artículo 5º, inciso primero, de la Constitución, mientras la Convención esté en funciones la soberanía reside esencialmente en la Nación y es ejercida por el pueblo a través de los plebiscitos y elecciones periódicas que la Constitución y las leyes determinan y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Le quedará prohibido a la Convención, a cualquiera de sus integrantes o a una fracción de ellos, atribuirse el ejercicio de la soberanía, asumiendo otras atribuciones que las que expresamente le reconoce esta Constitución.
Así es zurdos, olvídense de declarar inconstitucional al Congreso Nacional o cualquier otro ente, ya que apenas hagan eso se declara como Golpe de Estado
Y aquí el premio gordo :
4) El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
Como bien saben, Chile está suscrito a varios tratados que establecen diferentes lineamientos en materia de economía, comercio y otros. Entre ellos está el tratado con la OCDE, que en su artículo 1, señala que no debe haber discriminación dentro de la nación o Estado, pero no especifica a quién. Aquí está la trampa, porque también hace referencia a personas jurídicas, entre ellas, las transnacionales., que se traduce en favores frente a la empresa nacional.
En resumen, no se puede recuperar prácticamente nada de lo que está en manos de ellos:
1) Agua.
2) Energía.
3) Litio.
4) Cobre.
Y el largo etcétera.
En otras palabras, LA CIUDADANÍA NO VERÁ NADA DE LO QUE HA RECLAMADO DESDE EL ESTALLIDO DELICTUAL.
¿Victoria para el pueblo? Al contrario, el chuleno de a pie, nuevamente, es el hazmerreir de la casta política, y ahora también del mundo entero. Votaron por el apruebo depositando todas sus esperanzas en eso y los embaucaron de lo lindo. Por eso todos los políticos se alinearon en esto. Ahora, se deberán pagar dos congresos y al final todo quedará prácticamente igual. Gracias Piraña. Jaque Mate.
Quedaste como subnormal.Qué tal cipas,
Al grano. Como el chileno tiene serios problemas de ausencia de educación cívica y nula capacidad de investigación y pensamiento crítico, no resulta sorprendente saber que, una vez más, ha sido víctima de lo que en medicina moderna se le denomina conjuntivitis por inserción fálica invasiva. ¿Por qué? Bueno, descubrámoslo:
La ley 21.200, pomulgada por Tatán el 24 de diciembre de 2019 no es otra cosa que una reforma al capítulo XV de la Constitución Política de la República. En resumidas cuentas, y para no aburrirles con mussshooh tectoh, el artículo 135 establece lo siguiente:
Artículo 135. Disposiciones especiales.
1) La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes.
2) Mientras no entre en vigencia la Nueva Constitución en la forma establecida en este epígrafe, esta Constitución seguirá plenamente vigente, sin que pueda la Convención negarle autoridad o modificarla.
3) En conformidad al artículo 5º, inciso primero, de la Constitución, mientras la Convención esté en funciones la soberanía reside esencialmente en la Nación y es ejercida por el pueblo a través de los plebiscitos y elecciones periódicas que la Constitución y las leyes determinan y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Le quedará prohibido a la Convención, a cualquiera de sus integrantes o a una fracción de ellos, atribuirse el ejercicio de la soberanía, asumiendo otras atribuciones que las que expresamente le reconoce esta Constitución.
Así es zurdos, olvídense de declarar inconstitucional al Congreso Nacional o cualquier otro ente, ya que apenas hagan eso se declara como Golpe de Estado
Y aquí el premio gordo :
4) El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
Como bien saben, Chile está suscrito a varios tratados que establecen diferentes lineamientos en materia de economía, comercio y otros. Entre ellos está el tratado con la OCDE, que en su artículo 1, señala que no debe haber discriminación dentro de la nación o Estado, pero no especifica a quién. Aquí está la trampa, porque también hace referencia a personas jurídicas, entre ellas, las transnacionales., que se traduce en favores frente a la empresa nacional.
En resumen, no se puede recuperar prácticamente nada de lo que está en manos de ellos:
1) Agua.
2) Energía.
3) Litio.
4) Cobre.
Y el largo etcétera.
En otras palabras, LA CIUDADANÍA NO VERÁ NADA DE LO QUE HA RECLAMADO DESDE EL ESTALLIDO DELICTUAL.
¿Victoria para el pueblo? Al contrario, el chuleno de a pie, nuevamente, es el hazmerreir de la casta política, y ahora también del mundo entero. Votaron por el apruebo depositando todas sus esperanzas en eso y los embaucaron de lo lindo. Por eso todos los políticos se alinearon en esto. Ahora, se deberán pagar dos congresos y al final todo quedará prácticamente igual. Gracias Piraña. Jaque Mate.
Quedaste como subnormal.
Fact checking en plebiscito: La falsa ley que amarra la eventual nueva Constitución a los partidos y los cuestionamiento de Contraloría al transporte municipal en elecciones - La Tercera
Como sabemos que en hitos históricos como el de este domingo hay que estar informados para tomar buenas decisiones, el equipo Fact Checking LT estará verificando imágenes en redes sociales, dichos de autoridades, mensajes difundidos masivamente e incluso informaciones que parecen ciertas, pero...www.latercera.com
Algunos creen que es llegar y echar por la borda un tratado comercial, vean lo que ocurrió cuando unos parlamentarios decían que había que prohibir que China se quedará con el litio. A los días salió el embajador chino como patrón de fundo a poner orden con una severa advertencia, ustedes( chilenos) entorpecen el proceso y China les devolverá la mano. No me quiero ni imaginar un miserable año con el comercio chino cerrado a las exportaciones chilenas o con aranceles altos, que dignidad comerá el bertaje si casi el 40% de las ventas al exterior van a ese mercado. Y esas ventas son los dólares que nos permiten comprar otras cosas en el exterior, son los recursos de Codelco para el presupuesto nacional o los miles de puestos de trabajo que dependen de las ventas a los chinos.
El apruebo se derrotó solo, nadie los obligó a votar weas que no leen. Muy bien puesto tu nick viejo bertoUna forma más digna es aceptar la derrota como un hombre, rebuscar cosas es una estupidez, no puedes anular lo que pasó ayer.
Perrito, somos el 80%, nos podemos pasar por la raja todas esas weas
aprender a leer en la universidad
Quedaste como subnormal.
Fact checking en plebiscito: La falsa ley que amarra la eventual nueva Constitución a los partidos y los cuestionamiento de Contraloría al transporte municipal en elecciones - La Tercera
Como sabemos que en hitos históricos como el de este domingo hay que estar informados para tomar buenas decisiones, el equipo Fact Checking LT estará verificando imágenes en redes sociales, dichos de autoridades, mensajes difundidos masivamente e incluso informaciones que parecen ciertas, pero...www.latercera.com
el 80% de la mitad del electoradoPerrito, somos el 80%, nos podemos pasar por la raja todas esas weas
Lastima que es un poder constituyente derivadoCapitulo IV "Nacionalización de recursos naturales"
1.- El Estado es soberano y dueño absoluto e imperecedero de todos los recursos naturales renovables o no renovables, en orden a generar riqueza para el país respetando con rigor el medioambiente y las comunidades en donde se encuentren.
2.- Ningún tratado, convenio, concesión, decreto ley o con fuerza de ley en dictadura o posterior a ella, puede estar por sobre la voluntad soberana del pueblo chileno.
Fin del cuento.
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Los economistas suprasistema político, verán que tan convenientes son esos TLC, si la gente dice que se deben abandonar yo cacho que lo harán.
No hay nada que se interponga ante el poder constituyente originario.
Nada.
Pero mira como redacta la constitucion la ñora juanita y el dylan perez papaQuedaste como subnormal.
Fact checking en plebiscito: La falsa ley que amarra la eventual nueva Constitución a los partidos y los cuestionamiento de Contraloría al transporte municipal en elecciones - La Tercera
Como sabemos que en hitos históricos como el de este domingo hay que estar informados para tomar buenas decisiones, el equipo Fact Checking LT estará verificando imágenes en redes sociales, dichos de autoridades, mensajes difundidos masivamente e incluso informaciones que parecen ciertas, pero...www.latercera.com