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La jugada 8D del siglo: ley 21.200, el amarre definitivo a una nueva constitución

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aprendan a leer primero perkines qls les metieron el medio dick in the Eye no pasaron comprensión de lectura 1 :lol2:
 
Qué tal cipas,

Al grano. Como el chileno tiene serios problemas de ausencia de educación cívica y nula capacidad de investigación y pensamiento crítico, no resulta sorprendente saber que, una vez más, ha sido víctima de lo que en medicina moderna se le denomina conjuntivitis por inserción fálica invasiva. ¿Por qué? Bueno, descubrámoslo:


La ley 21.200, pomulgada por Tatán el 24 de diciembre de 2019 no es otra cosa que una reforma al capítulo XV de la Constitución Política de la República. En resumidas cuentas, y para no aburrirles con mussshooh tectoh, el artículo 135 establece lo siguiente:


Artículo 135. Disposiciones especiales.

1) La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes.



2) Mientras no entre en vigencia la Nueva Constitución en la forma establecida en este epígrafe, esta Constitución seguirá plenamente vigente, sin que pueda la Convención negarle autoridad o modificarla.


3) En conformidad al artículo 5º, inciso primero, de la Constitución, mientras la Convención esté en funciones la soberanía reside esencialmente en la Nación y es ejercida por el pueblo a través de los plebiscitos y elecciones periódicas que la Constitución y las leyes determinan y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Le quedará prohibido a la Convención, a cualquiera de sus integrantes o a una fracción de ellos, atribuirse el ejercicio de la soberanía, asumiendo otras atribuciones que las que expresamente le reconoce esta Constitución.

Así es zurdos, olvídense de declarar inconstitucional al Congreso Nacional o cualquier otro ente, ya que apenas hagan eso se declara como Golpe de Estado :bye1:



Y aquí el premio gordo :awesomehands::

4) El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Como bien saben, Chile está suscrito a varios tratados que establecen diferentes lineamientos en materia de economía, comercio y otros. Entre ellos está el tratado con la OCDE, que en su artículo 1, señala que no debe haber discriminación dentro de la nación o Estado, pero no especifica a quién. Aquí está la trampa, porque también hace referencia a personas jurídicas, entre ellas, las transnacionales., que se traduce en favores frente a la empresa nacional.

En resumen, no se puede recuperar prácticamente nada de lo que está en manos de ellos:

1) Agua.
2) Energía.
3) Litio.
4) Cobre.

Y el largo etcétera.

En otras palabras, LA CIUDADANÍA NO VERÁ NADA DE LO QUE HA RECLAMADO DESDE EL ESTALLIDO DELICTUAL.



¿Victoria para el pueblo? Al contrario, el chuleno de a pie, nuevamente, es el hazmerreir de la casta política, y ahora también del mundo entero. Votaron por el apruebo depositando todas sus esperanzas en eso y los embaucaron de lo lindo. Por eso todos los políticos se alinearon en esto. Ahora, se deberán pagar dos congresos y al final todo quedará prácticamente igual. Gracias Piraña. Jaque Mate.

:santa:

Van a tener que resucitar a Eduardo Novoa Monreal para que les de una "manito". Igual, piraña qliao chupalo.
 
Qué tal cipas,

Al grano. Como el chileno tiene serios problemas de ausencia de educación cívica y nula capacidad de investigación y pensamiento crítico, no resulta sorprendente saber que, una vez más, ha sido víctima de lo que en medicina moderna se le denomina conjuntivitis por inserción fálica invasiva. ¿Por qué? Bueno, descubrámoslo:


La ley 21.200, pomulgada por Tatán el 24 de diciembre de 2019 no es otra cosa que una reforma al capítulo XV de la Constitución Política de la República. En resumidas cuentas, y para no aburrirles con mussshooh tectoh, el artículo 135 establece lo siguiente:


Artículo 135. Disposiciones especiales.

1) La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes.



2) Mientras no entre en vigencia la Nueva Constitución en la forma establecida en este epígrafe, esta Constitución seguirá plenamente vigente, sin que pueda la Convención negarle autoridad o modificarla.


3) En conformidad al artículo 5º, inciso primero, de la Constitución, mientras la Convención esté en funciones la soberanía reside esencialmente en la Nación y es ejercida por el pueblo a través de los plebiscitos y elecciones periódicas que la Constitución y las leyes determinan y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Le quedará prohibido a la Convención, a cualquiera de sus integrantes o a una fracción de ellos, atribuirse el ejercicio de la soberanía, asumiendo otras atribuciones que las que expresamente le reconoce esta Constitución.

Así es zurdos, olvídense de declarar inconstitucional al Congreso Nacional o cualquier otro ente, ya que apenas hagan eso se declara como Golpe de Estado :bye1:



Y aquí el premio gordo :awesomehands::

4) El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Como bien saben, Chile está suscrito a varios tratados que establecen diferentes lineamientos en materia de economía, comercio y otros. Entre ellos está el tratado con la OCDE, que en su artículo 1, señala que no debe haber discriminación dentro de la nación o Estado, pero no especifica a quién. Aquí está la trampa, porque también hace referencia a personas jurídicas, entre ellas, las transnacionales., que se traduce en favores frente a la empresa nacional.

En resumen, no se puede recuperar prácticamente nada de lo que está en manos de ellos:

1) Agua.
2) Energía.
3) Litio.
4) Cobre.

Y el largo etcétera.

En otras palabras, LA CIUDADANÍA NO VERÁ NADA DE LO QUE HA RECLAMADO DESDE EL ESTALLIDO DELICTUAL.



¿Victoria para el pueblo? Al contrario, el chuleno de a pie, nuevamente, es el hazmerreir de la casta política, y ahora también del mundo entero. Votaron por el apruebo depositando todas sus esperanzas en eso y los embaucaron de lo lindo. Por eso todos los políticos se alinearon en esto. Ahora, se deberán pagar dos congresos y al final todo quedará prácticamente igual. Gracias Piraña. Jaque Mate.

:santa:


Ud. es weon, juridicamente el gobierno de venezuela se le impuso lo mismo, y sabes lo que paso?.

Hay un principio de independencia de los paises ... asi, puedes entubarte todos los tratados internacionales ...
 
Qué tal cipas,

Al grano. Como el chileno tiene serios problemas de ausencia de educación cívica y nula capacidad de investigación y pensamiento crítico, no resulta sorprendente saber que, una vez más, ha sido víctima de lo que en medicina moderna se le denomina conjuntivitis por inserción fálica invasiva. ¿Por qué? Bueno, descubrámoslo:


La ley 21.200, pomulgada por Tatán el 24 de diciembre de 2019 no es otra cosa que una reforma al capítulo XV de la Constitución Política de la República. En resumidas cuentas, y para no aburrirles con mussshooh tectoh, el artículo 135 establece lo siguiente:


Artículo 135. Disposiciones especiales.

1) La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes.



2) Mientras no entre en vigencia la Nueva Constitución en la forma establecida en este epígrafe, esta Constitución seguirá plenamente vigente, sin que pueda la Convención negarle autoridad o modificarla.


3) En conformidad al artículo 5º, inciso primero, de la Constitución, mientras la Convención esté en funciones la soberanía reside esencialmente en la Nación y es ejercida por el pueblo a través de los plebiscitos y elecciones periódicas que la Constitución y las leyes determinan y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Le quedará prohibido a la Convención, a cualquiera de sus integrantes o a una fracción de ellos, atribuirse el ejercicio de la soberanía, asumiendo otras atribuciones que las que expresamente le reconoce esta Constitución.

Así es zurdos, olvídense de declarar inconstitucional al Congreso Nacional o cualquier otro ente, ya que apenas hagan eso se declara como Golpe de Estado :bye1:



Y aquí el premio gordo :awesomehands::

4) El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Como bien saben, Chile está suscrito a varios tratados que establecen diferentes lineamientos en materia de economía, comercio y otros. Entre ellos está el tratado con la OCDE, que en su artículo 1, señala que no debe haber discriminación dentro de la nación o Estado, pero no especifica a quién. Aquí está la trampa, porque también hace referencia a personas jurídicas, entre ellas, las transnacionales., que se traduce en favores frente a la empresa nacional.

En resumen, no se puede recuperar prácticamente nada de lo que está en manos de ellos:

1) Agua.
2) Energía.
3) Litio.
4) Cobre.

Y el largo etcétera.

En otras palabras, LA CIUDADANÍA NO VERÁ NADA DE LO QUE HA RECLAMADO DESDE EL ESTALLIDO DELICTUAL.



¿Victoria para el pueblo? Al contrario, el chuleno de a pie, nuevamente, es el hazmerreir de la casta política, y ahora también del mundo entero. Votaron por el apruebo depositando todas sus esperanzas en eso y los embaucaron de lo lindo. Por eso todos los políticos se alinearon en esto. Ahora, se deberán pagar dos congresos y al final todo quedará prácticamente igual. Gracias Piraña. Jaque Mate.

:santa:
Quedaste como subnormal.

 
Quedaste como subnormal.


Fuente: La Tercera :jajahisteria: mándate una de gamba pa’ la otra.
 
Algunos creen que es llegar y echar por la borda un tratado comercial, vean lo que ocurrió cuando unos parlamentarios decían que había que prohibir que China se quedará con el litio. A los días salió el embajador chino como patrón de fundo a poner orden con una severa advertencia, ustedes( chilenos) entorpecen el proceso y China les devolverá la mano. No me quiero ni imaginar un miserable año con el comercio chino cerrado a las exportaciones chilenas o con aranceles altos, que dignidad comerá el bertaje si casi el 40% de las ventas al exterior van a ese mercado. Y esas ventas son los dólares que nos permiten comprar otras cosas en el exterior, son los recursos de Codelco para el presupuesto nacional o los miles de puestos de trabajo que dependen de las ventas a los chinos.
 
Algunos creen que es llegar y echar por la borda un tratado comercial, vean lo que ocurrió cuando unos parlamentarios decían que había que prohibir que China se quedará con el litio. A los días salió el embajador chino como patrón de fundo a poner orden con una severa advertencia, ustedes( chilenos) entorpecen el proceso y China les devolverá la mano. No me quiero ni imaginar un miserable año con el comercio chino cerrado a las exportaciones chilenas o con aranceles altos, que dignidad comerá el bertaje si casi el 40% de las ventas al exterior van a ese mercado. Y esas ventas son los dólares que nos permiten comprar otras cosas en el exterior, son los recursos de Codelco para el presupuesto nacional o los miles de puestos de trabajo que dependen de las ventas a los chinos.

a mi me gustaría que se nacionalizara el cobre/litio/agua/etc y echaran cagando a cuanta empresa extranjera esta administrando los recursos naturales chilenos, pero si se piensa bien, al final salimos para atrás por lo que acabas de decir

"Los grandes sostenedores y compradores del mineral chileno son los países asiáticos, que representan en conjunto un 62% de las exportaciones nacionales. China por sí sola representa más de un tercio (32,6%) del total de las ventas de cobre al exterior, Japón otro 12,4%, Corea del Sur 6,9% y Taiwán 3,7%."
 
Quedaste como subnormal.

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QUEDASTE COMO SUBNORMAL...

CON MI FACT-CHEKING IMPARICAAAALLLSSSS
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YOU HAVE BEEN DEBUNKEEED!! DEBUNKEED DEBUNKID DEBUNKIN DEDEBUNKIING DEBUNKEEDDDDD DEPIPIPIDEBUNKED REREREDEBUKENCINOOOOOO
DEBUNKEED!!!!!!!
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Perrito, somos el 80%, nos podemos pasar por la raja todas esas weas :hands:
el 80% de la mitad del electorado :lol2:

GANE UNA ELECCION CON MI REBELDIA AUSPICIADA POR LA PRENSA, EL GOBIERNO, LA OPOSICION E INCLUSO EL EMPRESARIOOO :grito:
Pero somos el pueeebloooh :burlones:

:lol2:
 
Capitulo IV "Nacionalización de recursos naturales"

1.- El Estado es soberano y dueño absoluto e imperecedero de todos los recursos naturales renovables o no renovables, en orden a generar riqueza para el país respetando con rigor el medioambiente y las comunidades en donde se encuentren.

2.- Ningún tratado, convenio, concesión, decreto ley o con fuerza de ley en dictadura o posterior a ella, puede estar por sobre la voluntad soberana del pueblo chileno.


Fin del cuento.
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Los economistas suprasistema político, verán que tan convenientes son esos TLC, si la gente dice que se deben abandonar yo cacho que lo harán.

No hay nada que se interponga ante el poder constituyente originario.

Nada.
Lastima que es un poder constituyente derivado
 
Quedaste como subnormal.

Pero mira como redacta la constitucion la ñora juanita y el dylan perez papa :risa: :risa:



J.A. Kast: “Voy a votar constituyente porque necesitamos nuevos rostros”
El líder del Partido Republicano dijo que aunque está por el Rechazo, en la segunda papeleta marcará Convención Constitucional. Esto pese a que en agosto planteó que ese órgano estará constituido por "personas designadas por los partidos que van a elegirse al igual que los diputados".



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