Walter Nelson
Berto 2022
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La comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados continuó avanzando en la tramitación de algunos artículos de la reforma tributaria, apurando el tranco con la expectativa de despachar a Sala y luego al Senado el texto durante el mes de enero.
En la sesión de esta mañana, los legisladores terminaron de despachar el comparado relativo a los cambios a las bases imponibles de impuestos.
Aquí, por ejemplo, aprobaron restricciones a los gastos que los contribuyentes pueden deducir de sus impuestos. Por ejemplo, respaldaron un artículo que define que constituyen gasto los desembolsos acordados entre partes no relacionadas que tengan como causa el cumplimiento de una transacción, judicial o extrajudicial, o el cumplimiento de una cláusula penal, agregando como condición para la deducción "siempre que no hayan tenido como fundamento una actuación contraria al ordenamiento jurídico".
También, se aprobó una nueva deducción de gasto, equivalente a un 10% de los ingresos anuales percibidos por el arriendo de bienes raíces no agrícolas con destino habitacional.El 10% deberá ser calculado sobre el monto positivo que resulte de deducir de las rentas obtenidas por arrendamiento, el impuesto territorial al que se encuentra afecto el inmueble.
Se sube la tasa máxima personal
Luego fue el turno del comparado que norma los ajustes a los impuestos personales, donde los diputados también visaron cambios fundamentales.
Por ejemplo, se despacharon ajustes a la definición de las sociedades de profesionales que pueden eximirse de la aplicación del IVA a los servicios, que comenzó a regir el primero de enero en todo el país.
Así, se entenderá por sociedades de profesionales las sociedades de personas que cumplan los siguientes requisitos copulativos: que en todo momento se encuentren conformadas por personas naturales que trabajen efectivamente en la sociedad, sin que sea posible la participación de socios capitalistas; que se dedique a prestar servicios o asesorías profesionales, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de los servicios profesionales; y que el conjunto de los ingresos que percibe la sociedad no exceda de un 10% del total de sus ingresos brutos del giro.
Luego, los legisladores aprobaron los cambios de la reforma a los tramos del Impuesto Global Complementario, que grava las rentas personales.
Hoy, las personas que perciben hasta $ 777 mil mensuales (hasta 13,5 UTA) están exentas del gravamen, cuya tasa comienza a aplicarse para las rentas superiores a ese monto en tramos progresivos que escalan hasta 4%, 8%, 13,5%, 23%, 30%, 35% y 40%. El proyecto ajusta los tramos medios altos y el techo de la tasa marginal, ubicándolo en 43%.
El proyecto modifica el quinto tramo, que en la actualidad grava a las rentas entre $ 4.030.000 y $ 5.181.000 (entre 70 y 90 UTA), pasando de una tasa de 23% a 26%. Luego, se incrementa la tasa para el sexto tramo, desde 30% a 35% para quienes perciben más de $ 5.181.000 y hasta $ 6.331.000 (más de 90 hasta 110 UTA).
El séptimo tramo se ajusta de 35% a 40% para quienes reciban mensualmente más de $ 6.331.000 y hasta $ 8.057.000 (más de 110 hasta 140 UTA).
¿Y el tramo más alto? Gravará con una tasa de 43% (tres puntos más que la actual) a quienes perciban cada 30 días más de $ 8.057.000 (sobre 140 UTA)
Reforma tributaria: comisión aprueba aumentar a 43% la tasa máxima para el impuesto a las personas | Diario Financiero (df.cl)
En la sesión de esta mañana, los legisladores terminaron de despachar el comparado relativo a los cambios a las bases imponibles de impuestos.
Aquí, por ejemplo, aprobaron restricciones a los gastos que los contribuyentes pueden deducir de sus impuestos. Por ejemplo, respaldaron un artículo que define que constituyen gasto los desembolsos acordados entre partes no relacionadas que tengan como causa el cumplimiento de una transacción, judicial o extrajudicial, o el cumplimiento de una cláusula penal, agregando como condición para la deducción "siempre que no hayan tenido como fundamento una actuación contraria al ordenamiento jurídico".
También, se aprobó una nueva deducción de gasto, equivalente a un 10% de los ingresos anuales percibidos por el arriendo de bienes raíces no agrícolas con destino habitacional.El 10% deberá ser calculado sobre el monto positivo que resulte de deducir de las rentas obtenidas por arrendamiento, el impuesto territorial al que se encuentra afecto el inmueble.
Se sube la tasa máxima personal
Luego fue el turno del comparado que norma los ajustes a los impuestos personales, donde los diputados también visaron cambios fundamentales.
Por ejemplo, se despacharon ajustes a la definición de las sociedades de profesionales que pueden eximirse de la aplicación del IVA a los servicios, que comenzó a regir el primero de enero en todo el país.
Así, se entenderá por sociedades de profesionales las sociedades de personas que cumplan los siguientes requisitos copulativos: que en todo momento se encuentren conformadas por personas naturales que trabajen efectivamente en la sociedad, sin que sea posible la participación de socios capitalistas; que se dedique a prestar servicios o asesorías profesionales, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de los servicios profesionales; y que el conjunto de los ingresos que percibe la sociedad no exceda de un 10% del total de sus ingresos brutos del giro.
Luego, los legisladores aprobaron los cambios de la reforma a los tramos del Impuesto Global Complementario, que grava las rentas personales.
Hoy, las personas que perciben hasta $ 777 mil mensuales (hasta 13,5 UTA) están exentas del gravamen, cuya tasa comienza a aplicarse para las rentas superiores a ese monto en tramos progresivos que escalan hasta 4%, 8%, 13,5%, 23%, 30%, 35% y 40%. El proyecto ajusta los tramos medios altos y el techo de la tasa marginal, ubicándolo en 43%.
El proyecto modifica el quinto tramo, que en la actualidad grava a las rentas entre $ 4.030.000 y $ 5.181.000 (entre 70 y 90 UTA), pasando de una tasa de 23% a 26%. Luego, se incrementa la tasa para el sexto tramo, desde 30% a 35% para quienes perciben más de $ 5.181.000 y hasta $ 6.331.000 (más de 90 hasta 110 UTA).
El séptimo tramo se ajusta de 35% a 40% para quienes reciban mensualmente más de $ 6.331.000 y hasta $ 8.057.000 (más de 110 hasta 140 UTA).
¿Y el tramo más alto? Gravará con una tasa de 43% (tres puntos más que la actual) a quienes perciban cada 30 días más de $ 8.057.000 (sobre 140 UTA)
Reforma tributaria: comisión aprueba aumentar a 43% la tasa máxima para el impuesto a las personas | Diario Financiero (df.cl)





o no funciona así la cosa?