"Posesión material pacífica, continua y exclusiva por un tiempo no inferior a 5 años (el poseedor deberá probar su posesión por hechos positivos, tales como: cierres, mejoras, instalación de servicios u otros de igual significación).• El avalúo del inmueble a regularizar no debe exceder de 800 UTM si es rural y 380 UTM si es urbano.• No debe existir juicio pendiente sobre el dominio o posesión del inmueble a regularizar.• El bien raíz debe contar con límites claros y ser aceptados por los vecinos colindantes."
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Para personas naturales y jurídicas (documentos obligatorios):• Fotocopia de la cédula de identidad y certificado de nacimiento del/la solicitante, por ambos lados.•
Declaración jurada que describa cómo se originó la posesión material de la propiedad y que acredite la posesión de la propiedad por un período mínimo de cinco años.•
Declaración de los vecinos colindantes o testigos que declaren que el/la solicitante es poseedor/a de la propiedad por un período mínimo de cinco años.• Certificado de residencia entregado por la Junta de Vecinos que acredite posesión material.•
Croquis de la ubicación del inmueble.• Certificado de numeración domiciliaria emitido por la Dirección de Obras Municipales, en caso de que el inmueble sea urbano.• Rol de avalúo que indique la superficie de la propiedad.•
Formulario de regularización de título de dominio. Si el trámite se realiza en representación o a nombre de otra persona, debe acompañar poder o mandato correspondiente y fotocopia de cédula de identidad del/la representante, por ambos lados.
Para personas naturales y jurídicas (documentos deseables):• Comprobantes de pagos de contribuciones y de servicios básicos por más de cinco años consecutivos.• En caso de existir, fotocopias u originales de documentos o escrituras que acrediten el origen de la posesión (compraventa, cesión de derechos, donación, testamento u otros).• Acreditar ejecución de mejoras, arreglos o inversiones en el inmueble (boletas, facturas u otro documento).• Certificado de inscripción de la propiedad con dominio vigente, cuando exista o sea conocida (solicitar en el Conservador de Bienes Raíces).• Cualquier documento que permita acreditar la posesión material de la propiedad, en forma personal o a través de otra persona, por más de 5 años.• Resolución de SERVIU o del Municipio respectivo autorizando la regularización, cuando corresponda. "
Fuente: http://www.bienesnacionales.cl?page_id=1592