Me toco un tribunal rapido , de hecho me aprobaron la denuncia en 4 dias.
Si no va a la audiencia el tipo se considera en Rebeldia , presentamos las pruebas y esperamos se dicte la sentencia., no hay manera que un "juez apañe" una ley que esta consagrada en la constitucion como es la restitucion de un inmueble ., tengo hasta el termino de contrato firmado ante notario.
Si el weon no se va o no se quiere ir se va con la fuerza publica a echarlo, interpondremos ley de retencion por lo tanto el dia que lo echemos se va con un minimo de cosas y el resto queda retenido hasta que pague la deuda., si no paga se solicita al tribunal que rematen las cosas para pagar la deuda.
Si termina en un año y la casa esta echa mierda: la reparo , instalo el local y lo demando por daños y perjuicios .
No sea tan Berto , no crea en tanto Mito popular de "si no pasaaah nahhhh" , en el mercado imobiliario habemos gente que hacemos las cosas bien , por lo tanto le recomiendo que Pague su arriendo compadre y no se meta en forros .