hectorzavaly
Hincha Huevas
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tenebris dijo:Que estupidez...
Eso que señalas es la existencia legal, la que principia efectivamente con el nacimiento, pero, que sólo sirve para efectos legales, veáse derechos y obligaciones...
Antes de eso esta la existencia natural, y que nuestro ordenamiento protege en muchas disposiciones.
Un feto no es persona sólo legalmente, una ficción jurídica que se basa únicamente en el fenómeno del nacimiento, pues la que importa es la existencia científica o médica, por eso es que la ley se preocupa del que esta por nacer.
¿Acaso para ti un feto de 8 meses no merece protección?...
Y para los que dicen que sea elección de cada persona, entonces, con esa lógica, ¿dejamos que los violadores de menores hagan lo suyo ya que es su propia elección y hay que dajarlos libres no reprimirlos etc?.
En un sistema social basado en el Estado de Derecho, es éste el que prima por sobre las demás ramas del saber, en cuanto a los temas relacionados sobre la materia. Las opiniones científicas son sólo una guía o referencia para el establecimiento, interpretación o aplicación de las normas legales.
Por cierto que no discuto que un feto sea merecedor de protección, mas ese no es el punto central de la discusión. El tema aquí son los DIU y el postinor y sus efectos. Como lo dije anteriormente, estos métodos anticonceptivos impiden que se desarrolle una "vida por nacer", al no permitir, la fecundación uno, y la implantación del óvulo fecundado en el útero el otro método.
Al no haber "vida por nacer", no hay a quien o que proteger, por lo tanto no se comete un "asesinato", como erróneamente lo han planteado algunos contertulios, es más, si lo hubiera, tampoco sería asesinato u homicidio, debido a que éste es un delito contra las personas, y un feto, legalmente no lo es; un feto con varias semanas de gestación, es digno de protección para que llegue a buen término y nazca (lo que se garantiza con la prohibición y penalización del aborto), mas no es titular del derecho a la vida, que se reconoce y garantiza a las personas.
El criterio que señala que un óvulo fecundado es una persona es un absurdo. Si fuese así, todos seríamos unos malditos genocidas cada vez que nos masturbamos, ya que cada espermio es una eventual persona.
Respecto al otro punto de tu comentario. No veo la relación entre un pederasta que comete un ilícito contra menores (personas) y una mujer que utilice un DIU o la píldora del día después.
En el primer caso, se trata de un delito contra una persona, un menor de edad, quien se encuentra protegido por el ordenamiento jurídico vigente, y la conducta a la que te refieres está tipificada como delito, lo cual permite que los sujetos que cometen dicha conducta sean perseguidos criminalmente y reciban un "castigo", mientras que en el segundo caso, no hay conducta típica, ya que no hay norma legal que prohíba la fecundación o la implantación de un óvulo fecundado en el útero. No hay bien jurídico "vida" que proteger, ya que ésta no logra concretarse.
En síntesis, aquella comparación a la que te refieres carece de sustento y lógica.
Saludos.