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Martin Pradenas, el violador eres tu :emotidance: Caso Antonia Barra

Cipadrito, ante el riesgo de pecar de ignorante, prefiero sacarme la duda al respecto: En este caso, Martín NO le dieron prisión preventiva, por todo lo que explicaste en el post. Pero mi duda en la siguiente (ya que lo he visto en comparaciones de feminazis en RRSS), por qué al chileno gris que buscaba dignidad y saltó una barrera del metro SI le dieron prisión preventiva? Realmente fue así? Y de serlo, a qué se debe?

Aplicaron Ley Seguridad del Estado.
 
Que no además le metieron la ley de seguridad del estado ? Lo que agrava penas cuando el delito entra en sus categorías ?
Si cipadrito eso es efectivo, yo trate de ser breve en la explicación pero lo que dices es cierto ya que debido a la gravedad y a la naturaleza de sus acciones, opera la ley de seguridad interior del estado, la que opera frente a situaciones como estas, y justifica plenamente la prisión preventiva por el peligro a la sociedad y para asegurar el resultado de la investigación considerando el número de personas involucradas: Tambien procede la ley que determina actos terroristas.

La ley señala por ejemplo.

Artículo 4.o Sin perjuicio de lo dispuesto en el Título II del Libro II del Código Penal y en otras leyes, cometen delito contra la seguridad interior del Estado los que en cualquiera forma o por cualquier medio, se alzaren contra el Gobierno constituído o provocaren la guerra civil, y especialmente:

a) Los que inciten o induzcan a la subversión del orden público o a la revuelta, resistencia o derrocamiento del Gobierno constituído y los que con los mismos fines inciten, induzcan o provoquen a la ejecución de los delitos previstos en los Títulos I y II del Libro II del Código Penal o de los de homicidio, robo o incendio y de los contemplados en el artículo 480 del Código Penal;

También opera la ley nº 18314, aunque no aplica a menores de edad, lo que es un error porque se usan a menores para cometer estos delitos, como lo fueron los colegiales.


Artículo 2°.- Constituirán delitos terroristas, cuando cumplieren lo dispuesto en el artículo anterior (ser adulto):

1.- Los de homicidio sancionados en el artículo 391; los de lesiones establecidos en los artículos 395, 396, 397 y 398; los de secuestro y de sustracción de menores castigados en los artículos 141 y 142; los de envío de cartas o encomiendas explosivas del artículo 403 bis; los de incendio y estragos, descritos en los artículos 474, 475, 476 y 480, y las infracciones contra la salud pública de los artículos 313 d), 315 y 316, todos del Código Penal. Asimismo, el de descarrilamiento contemplado en los artículos 105, 106, 107 y 108 de la Ley General de Ferrocarriles.

2.- Apoderarse o atentar en contra de una nave, aeronave, ferrocarril, bus u otro medio de transporte público en servicio, o realizar actos que pongan en peligro la vida, la integridad corporal o la salud de sus pasajeros o tripulantes.

4.- Colocar, enviar, activar, arrojar, detonar o disparar bombas o artefactos explosivos o incendiarios de cualquier tipo, armas o artificios de gran poder destructivo o de efectos tóxicos, corrosivos o infecciosos.


5.- La asociación ilícita cuando ella tenga por objeto la comisión de delitos que deban calificarse de terroristas conforme a los números anteriores y al artículo 1°.
 


El Viñuelazo de la semana.


Parto de la base, que me importa una raja martincito.

Pero es un asco el cinismo y como rasgan vestiduras los frenteamplistas.

Ya se lo dejo bien claro ese antroniano en potencia a esa tal Yeomans.
Espero que Sharp al menos sea mas prudente y no ande apuntando con el dedo y prejuzgando tan facilmente.
 
abajo el patriarcado :qloco:


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Pregunta seria .
La muchacha no tenía más fotos ?
O esta en la que sale bella sonriente y angelical era la única
 
para que estamos con weas, la mina ni le importo ir a tirar con un wn que no conocia, total dijo nadie me vio y, tal vez, vivia con autoestima moral tan grande que enjuiciaba a los demas. luego de la nada se publica un video donde se ve borracha y caliente y su mundo moral se fue a la xuxa, quedo como putinga con su familia y su circulo cercano y laboral, se desespero, vio que la cago y acuso al tipo de violacion despues que estuvo toda la noche webiando con el, y en su desesperacion entro en depresión y se mato.


conclusion weona loca, caliente y altamente moralista
 
Porque el contexto en que se dió el caso que mencionas es completamente diferente a como lo tratan de exponer tan inocentemente, no se trata de un solo tipo que saltó una barrera del metro y pasó sin pagar causando un perjuicio de $900. Era un sujeto que apoyado en la muchedumbre incentivó a una masa furibunda a seguirlo para destruir todo a su paso. La peligrosidad del hecho radica en la capacidad de liderar una masa que vandaliza bienes públicos y privados, provoca incendios y llama a la insurrección. Considerando el contexto social de aquél momento pues había una permanente efervesencia social, un sujeto así es un peligro para la sociedad pues puede liderar otras acciones con el mismo fin, vandalizando la ciudad, destruyendo comercios, cometiendo robos y saqueos.
aún a riesgo de estorbar sus preclaras explicaciones, colega, leí por ahí que la instrucción es evitar las prisiones preventivas no solo para evitar el contagio criminal, sino que esta vez para evitar el contagio de covid.
 
Puta que infantil este país por la chucha.
Están dando mucha voz a weones y grupos sin pico idea de nada, guiados por la emocionalidad.

en algún momento se va a tener que limitar el acceso a internet, no puede ser que wn mentalmente no aptos para ocuparla se dediquen a generar caos e inestabilidad

ejemplo: el FONOLA, ese wn no debería tener acceso a internet, no esta apto mentalmente

Jurídicamente crearía una figura similar a la interdiccion de dementes, pero orientada al acceso de internet. , cuando se generalice por ejemplo el acceso a internet a través de la retina o huella digital x ejemplo.
 
aún a riesgo de estorbar sus preclaras explicaciones, colega, leí por ahí que la instrucción es evitar las prisiones preventivas no solo para evitar el contagio criminal, sino que esta vez para evitar el contagio de covid.
Eso es bastante probable y seguramente restringen las medidas a casos de manual. De todas maneras el colapso del sistema carcelario es una realidad también.
 
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