Estimado,
Dos cosas, la idea del tema es ayudar no encontrar venganza, y te puedo asesorar en lo siguiente
Compramos una impresora HP laser 1018 en la tienda DIN, cuando la compramos el vendedor Hector Fuentes menciona si queriamos ampliar la garantia por un monto adicional al valor, a lo cual no accedimos, el menciona que esa garantia se ampliaba por un año mas (osea el articulo ya por defecto traia un año de garantia), a los 6 meses el articulo presento fallas que detallo: "Si bien este enciende el computador no la detecta, por ende no imprime, se probo en varios pc's y en todos dio la misma falla". se llevo y el joven de la recepcion nos acota "aun se encuentra dentro del año de la garantia". La dejamos y en 15 dias habiles mas tarde nos llaman a la casa donde nos dicen que la impresora ya llego del servicio tecnico. la fuimos a buscar el mismo joven de despacho le pregunto "y viene buena?" a lo que el me dice "pero claro po' amigo", aweonao yo no la probe ahi mesmeto.... la probamos en la casa y nada la volvimos a llevar al otro dia. y se fue de paseo 15 dias mas y nada la tienda dice que no se hara responsable y que "no le temen al sernac", palabras textuales del encargado de local. Esta pagada la deuda con la tienda. y la impresora qlia pena as ahora con los pequeñines en el colegio. que hago ha?.
- El consumidor tendrá derecho a la
reposición del producto o, en su defecto, a optar por la
bonificación de su valor en la compra de otro o por la
devolución del precio que haya pagado en exceso, cuando la
cantidad o el contenido neto de un producto sea inferior al
indicado en el envase o empaque.
.- En los casos que a continuación se
señalan, sin perjuicio de la indemnización por los daños
ocasionados, el consumidor podrá optar entre la reparación
gratuita del bien o, previa restitución, su reposición o la
devolución de la cantidad pagada:
a) Cuando los productos sujetos a normas de seguridad o
calidad de cumplimiento obligatorio no cumplan las
especificaciones correspondientes;
b) Cuando los materiales, partes, piezas, elementos,
sustancias o ingredientes que constituyan o integren los
productos no correspondan a las especificaciones que
ostenten o a las menciones del rotulado;
c) Cuando cualquier producto, por deficiencias de
fabricación, elaboración, materiales, partes, piezas,
elementos, sustancias, ingredientes, estructura, calidad o
condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto
para el uso o consumo al que está destinado o al que el
proveedor hubiese señalado en su publicidad;
d) Cuando el proveedor y consumidor hubieren convenido
que los productos objeto del contrato deban reunir
determinadas especificaciones y esto no ocurra;
e) Cuando después de la primera vez de haberse hecho
efectiva la garantía y prestado el servicio técnico
correspondiente, subsistieren las deficiencias que hagan al
bien inapto para el uso o consumo a que se refiere la letra
c). Este derecho subsistirá para el evento de presentarse
una deficiencia distinta a la que fue objeto del servicio
técnico, o volviere a presentarse la misma, dentro de los
plazos a que se refiere el artículo siguiente;
f) Cuando la cosa objeto del contrato tenga defectos o
vicios ocultos que imposibiliten el uso a que habitualmente
se destine;
g) Cuando la ley de los metales en los artículos de
orfebrería, joyería y otros sea inferior a la que en ellos
se indique.
Para los efectos del presente artículo se considerará
que es un solo bien aquel que se ha vendido como un todo,
aunque esté conformado por distintas unidades, partes,
piezas o módulos, no obstante que éstas puedan o no prestar
una utilidad en forma independiente unas de otras. Sin
perjuicio de ello, tratándose de su reposición, ésta se
podrá efectuar respecto de una unidad, parte, pieza o
módulo, siempre que sea por otra igual a la que se
restituye.
Por lo que si te aconsejo hacer la denuncia
www.sernac.cl y posterior a la juzgado de policia local más cerna o en su efecto oficinas de reclamo de la superintendencia ORS
Y lo otro... yo tenia un amigo al cual le fui de aval.. y el wn me kgo.. dejo de pagar y de un rato a otro me empezaron a cobrar a mi... la cosa es que yo queria comprar una casa y ahi fue cuando salio el pastelazo y kgue nomas tuve que asumir la deuda pero ya toi hasta las cachas y quiero demandar al simio chuchesumare... por ultimo pa hacerle daño al qliao por que el maricon sinico me dice siempre "si te voy a pagar compadre es que justo ahora estoy mal economicamente". que hago a?... toy hasta el 2011 pagandole el prestamo al qliao. si alguien quiere tomar el caso y meter a este qliao preso le pago.
El contrato de codeudor solidario (aval), es responder por los pagos de quien se avale, entendiendo los riesgos asociados, por lo que tu eres directamente responsable y se harán todos los juicios correspondientes si no pagas. Ahora la denuncia contra tu amigo (ex) solo lo puedes realizar
Sin perjuicio de lo anterior, una vez que el avalista haya pagado la deuda, ya sea voluntaria o forzosamente, puede demandar al deudor original para que éste le reintegre lo pagado, ya que el crédito fue otorgado precisamente en beneficio del deudor original.
Saludos