La prostitución, nunca ha sido ilegal en Chile, pero si había control, el DS Nº 362 del Ministerio de Salud de 1983, trataba especialmente el comercio sexual, señalando que toda persona que, a juicio de Carabineros o del personal competente del Servicio de Salud, ejerza el comercio sexual debe ser llevada a los establecimientos de salud correspondientes para su examen, incluso con el auxilio de la fuerza pública.
Prohibia toda forma de publicidad que promoviera el comercio sexual, y a los propietarios o arrendatarios de inmuebles destinarlos a prostíbulos, facultando a Carabineros para clausurar estos establecimientos con o sin una orden del Servicio de Salud.
El Decreto Nº 206 del Ministerio de Salud
del año 2005 (Gobierno de Lagos) ,vigente desde el 8 de mayo de 2007 (
Gobierno de Bachelet), derogó en su totalidad el DS Nº 362 del Ministerio de Salud, en su artículo 19. La
diferencia entre esta norma y la derogada, es que en relación al comercio sexual no establece prohibición alguna, y prescinde del auxilio de la fuerza pública para llevar a los establecimientos del Servicio de Salud a las personas que ejercen el comercio sexual.
La asistencia al control de salud sexual es voluntaria y gratuita,
pero sólo con fines estadísticos