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Puedo vender esto o es peligroso?

pegale con el martillo, para pasar de forma rapida a la otra vida.
 
jajaja recuerdo cuando estaba en la casa de mi tia me puse a cachurear en los talleres ya derrumbados de mi difunto tio y encuentro una Luger Alemana del año de la corneta y como 30 balas. Sorpresa mia fue cuando la lleve al persa de los anticuarios y un viejo me ofrecio 800 lukas por la pistola y 500 lukas por las balas. 1.3 jugando. Quizas no aplica al mejor me cagaron. Puede haber mercado, pero como dicen si tiene carga mejor entregar la wea.
La Luger es terrible de cara, de hecho hay una noticia de un asaltante caribeño (Venezolano?) Que salió a asaltar con una luger y lo apresaron, siendo que el AWEONAO si hubiera vendido la pistola hubiera tenido hartas lucas :lol3:

El tiempo dirá si vender ese supositorio de Silver Surfer te rentará o no :tecito:
 
La Luger es terrible de cara, de hecho hay una noticia de un asaltante caribeño (Venezolano?) Que salió a asaltar con una luger y lo apresaron, siendo que el AWEONAO si hubiera vendido la pistola hubiera tenido hartas lucas :lol3:

El tiempo dirá si vender ese supositorio de Silver Surfer te rentará o no :tecito:
De hecho ya hice la entrega en carabineros. Por eso pedi el cierre el tema.
 
This

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a un edificio de venecos.
 
Sisteritos, ayer pase en la tarde al teletrak a jugarme sus carreritas y a cobrar mi saldo que tenia en la tarjeta. Un conocido del sector me ofrecio una municion y se la compre en 7 lukas. Pensaba venderla en los anticuarios o venderla en algun persa o algo asi.


La consulta es... Se puede vender o no?, hay mercado para eso?

Esta es la municion.

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Una trapeadita al piso no le vendría mal.


Volviendo al tema, no creo que alguien en su sano juicio quiera comprar algo así.
 
Deja ver si entiendo, un weón que debió estar desesperado por deshacerse de esas wea, te cobró por hacerte cargo del cacho :lol2:

Y el otro wea le compró ajajja
Dos simples preguntas a ChatPGT..

Una bala de canon, sin polvora o carga, debe ser regulada por la ley de control de armas?


Una bala de cañón, incluso sin pólvora, es un tipo de munición y, por lo tanto, debe ser regulada por la Ley de Control de Armas en Chile
. Aunque le falte la carga explosiva, la ley es estricta respecto a cualquier elemento que pertenezca a la categoría de armas, municiones o material de uso bélico, independientemente de su estado.

Argumentos legales

  • Definición amplia de munición: La Ley N.º 17.798 y su reglamento no solo controlan las armas completas y operativas, sino también sus componentes, piezas y municiones. Una bala de cañón es, por definición, munición para una pieza de artillería.
  • Pertenencia a la categoría de guerra: Este tipo de proyectil está asociado al uso bélico, lo que lo clasifica como un pertrecho de guerra. La legislación chilena limita la tenencia de pertrechos de guerra exclusivamente a las Fuerzas Armadas.
  • Potencial de uso ilícito: A pesar de que no contenga pólvora, la posesión de una bala de cañón puede ser interpretada como un indicio de tenencia de material ilícito, especialmente si no hay un registro histórico o de colección que lo justifique ante la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN).
  • Posibilidad de adaptación: Un proyectil de este tipo podría ser adaptado o cargado de forma ilegal para convertirlo en un artefacto peligroso. Las recientes reformas a la Ley de Control de Armas en Chile han fortalecido la fiscalización de elementos que puedan ser modificados para fines ilícitos.
En resumen, la posesión de una bala de cañón, incluso sin carga, no es un asunto trivial bajo la ley chilena y caería bajo la estricta regulación de la Ley de Control de Armas, que fiscaliza cualquier elemento que pueda ser considerado parte de un pertrecho de guerra.

Que pasa si como persona civil, tengo una ellas en mi poder?



Si un civil es encontrado en posesión de una bala de cañón en Chile, aun cuando no tenga pólvora, se expone a consecuencias legales graves. La posesión ilegal de munición o pertrechos de guerra constituye un delito bajo la Ley N.º 17.798, de Control de Armas
.

Consecuencias penales

  • Detención y proceso penal: La posesión de munición de guerra por un civil, sin autorización legal, es motivo para que las fuerzas del orden (Carabineros o PDI) detengan a la persona y la pongan a disposición de la justicia. El Ministerio Público iniciaría una investigación por el delito de tenencia ilegal de pertrechos de guerra.
  • Sanciones y penas: La Ley de Control de Armas establece penas privativas de libertad para quienes posean de forma ilegal armas, municiones o explosivos. Si bien la pena específica dependerá de la gravedad y circunstancias del caso, la tenencia de munición militar es un delito grave.
  • Comiso: El proyectil será incautado y remitido a las autoridades competentes, como Arsenales de Guerra, para su destrucción o análisis, dependiendo de su valor histórico.
Proceso de investigación

Durante la investigación, las autoridades buscarán determinar:

  • Origen del proyectil: Se investigará cómo y cuándo el proyectil llegó a manos del civil.
  • Intención: Se evaluará si la tenencia era para uso de colección o con fines ilícitos, aunque la falta de pólvora en este caso descarte su uso inmediato como munición activa.
  • Contexto: Los fiscales examinarán la situación para descartar la participación del individuo en actividades delictivas o en posesión de otras armas o artefactos ilegales.



Circunstancias atenuantes

  • Entrega voluntaria: Si la persona hace una entrega voluntaria del artefacto a las autoridades, sin que medie una investigación policial o judicial, el tribunal podría eximirla de toda pena.
  • Valor histórico o de colección: Si bien la ley es estricta, en casos excepcionales, podría evaluarse el valor histórico de la pieza. Sin embargo, para tener piezas de colección de este tipo se requiere una inscripción y autorización formal ante la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), algo que un civil promedio no posee. En el caso de encontrar un artefacto, lo correcto es informar a la DGMN y seguir su procedimiento para evitar problemas legales.
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Cipadrito, si lo doxean vamos a reirmos mucho.

O sea que los pacos o la pdi tienen que investigar de donde provino el artefacto...:eeek:

Abandon Thread :pozo:
 
Es ilegal adquirir o vender armas sin el debido permiso de la DGMN, y está estrictamente prohibido que civiles incluso posean material bélico, del tipo que sea.
Llama a Carabineros y entrega o reporta esa weá, so pena de las consecuencias legales.
 
La Luger es terrible de cara, de hecho hay una noticia de un asaltante caribeño (Venezolano?) Que salió a asaltar con una luger y lo apresaron, siendo que el AWEONAO si hubiera vendido la pistola hubiera tenido hartas lucas :lol3:

El tiempo dirá si vender ese supositorio de Silver Surfer te rentará o no :tecito:
Juajajjjajja era cierto, pasó en Colombia:



Esto paso hace 4 años.
100 millones de pesos colombianos son 139 millones actuales... conversión a dolar= 35 mil dolares.
Son como 34 millones de pesos chilenos, weon.
 
Al puro ojo se ve que es solo la bala, no la carga explosiva, pero igual es mejor cerciorarse bien, ve en la parte inferior o los costados en la parte de abajo, debe tener unas letras y números con eso intento averiguar bien que wea es, soy (fui) artillero del Ejército algo se del tema...
 
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