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Dueña de Casa Repele a Escopetazos a Delincuentes En Villa Alemana

fucktheusername dijo:
Que curioso que todos los tontitos que no han salido del período de la venganza privada sean partidarios de PIÑERA...O sea, defienden la pena de muerte, pero no están de acuerdo con el aborto -uno de los pocos métodos que SI son efectivos para paliar la delincuencia-

Interesante :zippymmm:

Sera por que la pena de muerte es para quien comete delito graves, o no.
Parece que te gusta que te roben y te violen
 
keiron dijo:
con tu avatar te owneaste solo ;)

Qué tiene que ver, genio? :rolleyes:

wolfred dijo:
Sera por que la pena de muerte es para quien comete delito graves, o no.
Parece que te gusta que te roben y te violen

Aquí están hablando que se imponga la pena de muerte en un delito FRUSTRADO, idiota :nonono:
Obvio que a nadie le gusta que le roben, pero de ahí a que se quiera eliminar a una persona que cometió un delito, hay una gran diferencia, más aún, cuando el delito ni siquiera fue consumado.
 
fucktheusername dijo:
Que curioso que todos los tontitos que no han salido del período de la venganza privada sean partidarios de PIÑERA...O sea, defienden la pena de muerte, pero no están de acuerdo con el aborto -uno de los pocos métodos que SI son efectivos para paliar la delincuencia-

Interesante :zippymmm:

que curioso que fachos y zurdos tengan cosas bastante similares,meter en un mismo saco a los ke no piensan como ellos

venganza privada JA!
me gustaria verte con toda tu familia encañonada en pleno living de tu casa por 5 jovenes XD
 
enfermisimo dijo:
que curioso que fachos y zurdos tengan cosas bastante similares,meter en un mismo saco a los ke no piensan como ellos

venganza privada JA!
me gustaria verte con toda tu familia encañonada en pleno living de tu casa por 5 jovenes XD
Nadie dijo fachos. Dije partidarios de PIÑERA...Supongo que no son lo mismo, o si? :zippymmm:

Por otro lado. Si. Venganza privada. Revise los períodos primitivos del Derecho Penal y luego emita comentarios mofándose, estimado.

A mi me gustaría verte un poco más instruido, pero al parecer es imposible :up:
 
fucktheusername dijo:
Lamentablemente, para la vieja, al parecer no se completa la "legítima defensa", además de que el arma que usó no estaba inscrita, por lo que lo más probable es que se vaya presa.

Tontitos que aún no salen del período de la venganza privada en 3....2.....1....

Yo tampoco soy partidario de la justicia por mano propia (venganza privada).

Pero estás hablando de la legítima defensa. Existe una variante que se llama: "legítima defensa privilegiada". ¿Qué es?

Cito el artículo 10, numeral sexto, sobre las eximentes de responsabilidad penal.

6.° El que obra en defensa de la persona y derechos de un extraño, siempre que concurran las circunstancias expresadas en el número anterior y la de que el defensor no sea impulsado por venganza, resentimiento u otro motivo ilegítimo.
Se presumirá legalmente que concurren las circunstancias previstas en este número y en los números 4. y 5. precedentes, cualquiera que sea el daño que se ocasione al agresor; respecto de aquel que rechaza el escalamiento en los términos indicados en el número 1.º del artículo 440 de este Código, en una casa, departamento u oficina habitados, o en sus dependencias, o, si es de noche, en un local comercial o industrial y del que impida o trate de impedir la consumación de los delitos señalados en los artículos 141, 142, 361, 365, inciso segundo, 390, 391, 433 y 436 de este Código.4

Los numerales 4º y 5º, del mismo artículo, se refieren a la legítima defensa.

4.° El que obra en defensa de su persona o derechos, siempre que concurran las circunstancias siguientes:3
Primera. Agresión ilegítima.
Segunda. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
Tercera. Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.
5.° El que obra en defensa de la persona o derechos de su cónyuge, de sus parientes consanguíneos legítimos en toda la línea recta y en la colateral hasta el cuarto grado inclusive, de sus afines legítimos en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive, de sus padres o hijos naturales o ilegítimos reconocidos, siempre que concurran la primera y segunda circunstancias prescritas en el número anterior, y la de que, en caso de haber precedido provocación de parte del acometido, no tuviere participación en ella el defensor.

El numeral 4º se refiere a los requisitos de la Legítima Defensa. El nº5 se refiere a la llamada "Legítima defensa de parientes".

Digo esto, siendo latero, que lo que se hace en ese caso (volviendo al numeral 6º), es presumir, en el caso de la señora de la escopeta, que se cumple los requisitos de la legítima defensa cuando es víctima de un delito como el robo con intimidación (ojo que es mencionado en el numeral 6º del artículo 10, artículo 433).

Para llegar a la presunción, la ley menciona la palabra "escalamiento" (destacado en rojo arriba), eso significa entrar por vía no destinada al efecto. Lo que se aplica en este caso. Además, la señora evita la consumación del delito cuando el delincuente entra a la casa.

Finalmente, es esto, la dueña de casa debiese ser eximida penalmente por "legítima defensa privilegiada". No es la primera vez que pasa algo así.

PD: eximida del delito de homicidio o lesiones, según sea el caso. Pero responderá penalmente por la tenencia ilegal de armas.
 
fuxbolero dijo:
Yo tampoco soy partidario de la justicia por mano propia (venganza privada).

Pero estás hablando de la legítima defensa. Existe una variante que se llama: "legítima defensa privilegiada". ¿Qué es?

Cito el artículo 10, numeral sexto, sobre las eximentes de responsabilidad penal.



Los numerales 4º y 5º, del mismo artículo, se refieren a la legítima defensa.



El numeral 4º se refiere a los requisitos de la Legítima Defensa. El nº5 se refiere a la llamada "Legítima defensa de parientes".

Digo esto, siendo latero, que lo que se hace en ese caso (volviendo al numeral 6º), es presumir, en el caso de la señora de la escopeta, que se cumple los requisitos de la legítima defensa cuando es víctima de un delito como el robo (ojo que es mencionado en el numeral 6º del artículo 10).

Para llegar a la presunción, la ley menciona la palabra "escalamiento" (destacado en rojo arriba), eso significa entrar por vía no destinada al efecto. Lo que se aplica en este caso. Además, la señora evita la consumación del delito cuando el delincuente entra a la casa.

Finalmente, es esto, la dueña de casa debiese ser eximida penalmente por "legítima defensa privilegiada". No es la primera vez que pasa algo así.

Si bien tu argumento es bastante sólido, lamentablemente se "cae" por el hecho de que no existiría una "Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla".
En la prensa no se indica si los sujetos estaban armados, ni que atacaron o amenazaron con armas de fuego a la mujer, requisito fundamental para sustentar la presencia de la circunstancia segunda del numeral cuarto del artículo décimo del Código Penal.
La doctrina y la jurisprudencia sostienen que debe existir una equivalencia entre el medio que usa el "delincuente" para amenazar o atacar a la víctima respecto al medio con el que ésta se defiende. Obviamente, si un sujeto ataca a otra a mano limpia, la otra no puede defenderse con un palo o un arma de fuego o cortopunzante.
Incluso, cuando se trata de menores de edad, se toma la "igualdad de fuerzas" entre los sujetos en cuestión. No es lo mismo que un sujeto de dos metros repela el ataque a golpes de un menor de 15 años y que mide un metro y medio que cuando se trata de sujetos de una altura y contextura similar.
Si no hay tal equivalencia, la figura no se completa, pudiéndose aplicar como incompleta, la cual si bien no alcanza para exculpar al sujeto, sí sirve para rebajar considerablemente la pena a aplicar.

Lo anterior es algo que deberá probarse en Tribunales, pero, como te digo, de buenas a primeras, no existiría ninguna de las dos figuras de legítima defensa que la ley contempla.
Además, el numeral 6º del artículo 10 se refiere a la legítima defensa de extraños, que no dice relación con la legítima defensa personal, por lo que tampoco se podría aplicar a la situación en comento.

Off topic.
Qué gusto da cuando hay comentarios inteligentes en los temas del foro :sisi:
Saludos. :up:
 
ctmr. lamentablemente con la mierda de sistema judicial que hay en chile, creo que ese tipo de reacciones estan completamente JUSTIFICADAS.
 
Atsui dijo:
ctmr. lamentablemente con la mierda de sistema judicial que hay en chile, creo que ese tipo de reacciones estan completamente JUSTIFICADAS.

exacto, el sistema judicial chileno es una mierda, así lo dice la prensa y yo le creo a la prensa.

lichemos a los flaites, es más, una ronda de linchamientos para todos!!
 
fucktheusername dijo:
No se demoraron nada en aparecer!! Creo que fue un record mundial :lol2:

wena po adivino culiao defenzor de los delincuentes!!!. De seguro q si entra un flyte a tu casa a robarle y pegarle a tu mama vay a llamar a un Abogado pos weon!!

awante la tia culia...debio matar a los 6 weones. El saco wea de las noticias dijo q felizmente el flyte culiao se habia salvado en la posta.

ojala q el culiao no lo asalte dps....a ver si le va a der felicidad q el weon se haya recuperado.


ojala q la vieja nose vaya en cana es este pais dnd todo es al reves!
 
a la cresta, la vieja tuvo mala punteria, se lo ubiese pegao en la cabeza mejor..

legitima defensa.. Y NO HAY MAS!!!
 
fucktheusername dijo:
No se demoraron nada en aparecer!! Creo que fue un record mundial :lol2:

bueno... ya te van a robar en tu casa y de pasadita te van a sacar la chucha a voh y se van a culiar a tu mujer frente tuyo.

a ver si de ahi, sigues pensando igual.
 
fucktheusername dijo:
Si bien tu argumento es bastante sólido, lamentablemente se "cae" por el hecho de que no existiría una "Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla".
En la prensa no se indica si los sujetos estaban armados, ni que atacaron o amenazaron con armas de fuego a la mujer, requisito fundamental para sustentar la presencia de la circunstancia segunda del numeral cuarto del artículo décimo del Código Penal.
La doctrina y la jurisprudencia sostienen que debe existir una equivalencia entre el medio que usa el "delincuente" para amenazar o atacar a la víctima respecto al medio con el que ésta se defiende. Obviamente, si un sujeto ataca a otra a mano limpia, la otra no puede defenderse con un palo o un arma de fuego o cortopunzante.
Incluso, cuando se trata de menores de edad, se toma la "igualdad de fuerzas" entre los sujetos en cuestión. No es lo mismo que un sujeto de dos metros repela el ataque a golpes de un menor de 15 años y que mide un metro y medio que cuando se trata de sujetos de una altura y contextura similar.
Si no hay tal equivalencia, la figura no se completa, pudiéndose aplicar como incompleta, la cual si bien no alcanza para exculpar al sujeto, sí sirve para rebajar considerablemente la pena a aplicar.

Lo anterior es algo que deberá probarse en Tribunales, pero, como te digo, de buenas a primeras, no existiría ninguna de las dos figuras de legítima defensa que la ley contempla.
Además, el numeral 6º del artículo 10 se refiere a la legítima defensa de extraños, que no dice relación con la legítima defensa personal, por lo que tampoco se podría aplicar a la situación en comento.

Off topic.
Qué gusto da cuando hay comentarios inteligentes en los temas del foro :sisi:
Saludos. :up:

si en chile se usara un poco de criterio, la vieja no tendria pq ir a webiasra tribunales. 6 pendejos culiaos conta una pobre vieja q le habian robado 3 veces...decidio defenderse asutada y todo y le disparo al culiao.

si llegan 3 weones a robar a mi casa con cuchillos y yo tengo una pistola, le voy a decir q me espere pa buscar un cuchillo pa empezar a defender mi casa?????

ley culia esta mal deseñada..y como siempre echa pa defender al delincuente culiao!
 
pobre ninño, se paso a caer en casa de la señora, y ella mala como el diablo, le disparó :retard:

y bue, lo más probable es que los flaites ql queden libres y la señora tenga que pagar...
 
falta entrenamiento en el uso de la escopeta, debio haber sido headshot pa los 3 weones de mierda
hay que hacer promociones "si vas a comprar un arma pa matar flaites te incluimos 1 curso de punteria"
 
ASI HAY Q MATAR A UN DELINCUENTE

[ame="http://www.youtube.com/watch?v=xpPBc4ZUSlo&feature=player_embedded"]YouTube- APRENDE A MATAR UN LADRON SIN IR A LA CARCEL!!![/ame]
 
TheCrownn dijo:
porque en vez de usar esa ironia de niño de cuarto basico, no dices lo que realmente piensas segun tu enajeando pensamiento izquierdista.... que los delincuentes son personas muy valorables, que son unas pobres victimas del sistema, que no deberian ser castigados sino que deberian ser premiados por rebelarse en contra de este injusto sistema!!!


porque mejor no te vas a hacer fraternidad con tus amigos delincuentes a la carcel? :flaite:

weon que hablay weas, llega a dar risa que seas tan ignorante :nonono:

en mayoria siempre los delincuentes y flaytes qls seran victimas de la sociedad, por sectorizaciones de las ciudades (los llamados ghetos), por familia y otros factores, acaso un niño de clase alta al ser expuesto constantemente en su diario vivir a niños de esos barrios no se influenciaria por ellos? esto se incrementa durante la adolescencia donde los weones caen en robo y cosas asi.

hay que pararlos antes que se expandan. luego reformar el vivir de tales familias, llevaria decadas lograrlo pero seria un buen regalo para nuestros hijos.

y soy de villa alemana! historicamente las familias de esas parcelas han sido violentas y medias "redneck" pero esta bien lo que hizo la señora, el problema es que el arma era ilegal.
 
Bowen dijo:
wena po adivino culiao defenzor de los delincuentes!!!. De seguro q si entra un flyte a tu casa a robarle y pegarle a tu mama vay a llamar a un Abogado pos weon!!
awante la tia culia...debio matar a los 6 weones. El saco wea de las noticias dijo q felizmente el flyte culiao se habia salvado en la posta.
ojala q el culiao no lo asalte dps....a ver si le va a der felicidad q el weon se haya recuperado.
ojala q la vieja nose vaya en cana es este pais dnd todo es al reves!
Culpa mía que los usuarios de este foro sean incivilizados? No, no lo es :gafas:

Por otro lado, No. Llamaría a la autoridad competente y/o trataría de razonar con los delincuentes -la mayoría de las personas que son atacadas o asesinadas en un robo lo son por dárselas de héroes, sin tener la capacidad de repeler un eventual ataque- o trataría de repeler el ataque con medios idóneos que sirvan para completar la figura de legítima defensa.

Si ser civilizado y creyente del debido proceso y el Estado de Derecho y no ser un mandril que todo resuelve a los golpes es ser "defenSor" - de los delincuentes, sí, lo soy :rolleyes:
 
asi como estan las cosas hoy en dia todos vamos a terminar en las mismas con escopetas y haciendo turnos para vigilar que el lumpen no entre a nuestros hogares
 
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