No existen sistemas judiciales perfectos. Eso, que quede claro. Fuckerusername tiene razón, existe un código penal bastante antiguo (1874) y esto choca con las nuevas normas del nuevo proceso penal (2000). Bajo el gobierno de Lagos, se redactó un proyecto de Código Penal. Adivinen: está durmiendo en el Congreso.
En realidad, deberían saber que antes era peor. La antigua justicia era muchísimo peor, era escrita, lenta, no daba suficientes garantías tanto para víctimas y procesados. Había que esperar años y años para que se hiciera justicia. Con el antiguo sistema, quizás la señora estaría igualmente libre....luego de esperar dos años en la cárcel como "prisión preventiva".
A lo que voy, es que la nueva justicia penal es como un "Transantiago" jurídico. No es perfecta, pero fue y es inmensamente necesaria.
Eso sí, formulo dos críticas al sistema:
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Por el lado de las víctimas: la Fiscalía no representa a las víctimas, sino al Estado. En la antigua justicia el juez juzgaba e investigaba, eso podría ser problemático para una efectiva justicia porque sería juez y parte. Con la nueva justicia, las funciones de juzgar e investigar se separan: el Juez juzga y el Fiscal investiga (un poco redundante, pero es importante distinguir).
Por lo tanto, falta alguien que defienda a las víctimas. Por que si soy víctima, sea de un robo, homicidio frustrado, etc., si la posiciones de la Fiscalía no me ayudan mucho, tendría que contratar un abogado, y no todos tienen los medios para tener una adecuada defensa (tengo entendido que los abogados de la Corporación no tratan temas penales, corríjanme eso).
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Por el lado de los imputados. El sistema es, quizás, demasiado garantista. Es preocupante que el delincuente, sí tiene acceso a la justicia, tiene un abogado propio y la víctima no.
Además, tengo entendido que el sistema penal chileno está basado en el sistema alemán. Y éste, tiene medidas alternativas de privación de libertad, como regímenes cerrados, semicerrados, trabajos comunitarios, tienen un efectivo régimen carcelario. Y tienen menor tasa de reincidencia. Tienen otra mentalidad.
Acá, hay mínimas penas alternativas, y ni hablar del hacinamiento en las cárceles. Por eso dije, que es una reforma "a la chilena".
Porque...qué sacamos con tener un sistema garantista, si no hay reinserción del sujeto. Hay reinserción? Cómo podemos hablar de reinserción....si los flaites, por ejemplo, nunca han estado insertos en la sociedad.
Pero ojo!! Sostener que hay una puerta giratoria, es hacer un diagnóstico poco serio.
Digo esto, porque según datos del
Ministerio Público, de todos los juicios orales....un 80.7% de éstos son casos terminados por sentencia condenatoria y un 19.3% son sentencias absolutorias.
Cualquier error, avísenme.